El acceso a Internet se podrá cortar "en defensa de los derechos de autor"
La disposición final primera de la ley modifica las dos leyes citadas "para proteger la propiedad intelectual frente a la piratería en Internet". La modificación más relevante es la introducción en la LSSI de la "salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual" como uno de los cinco motivos por los que se puede restringir y, en su caso, interrumpir la prestación del servicio, aunque siempre por la autoridad judicial competente.
Las restricciones "solo podrán adoptarse respetando el principio de presunción de inocencia y el derecho a la vida privada", garantizando el derecho a una efectiva tutela judicial. Además, se introduce un nuevo apartado en ese mismo artículo en el que se otorga a los "órganos competentes" la capacidad para requerir a los operadores los datos -y la obligación de éstos a facilitarlos- que permitan la identificación de quien esté realizando la conducta vulneradora.
Con esta modificación legislativa se prepara el terreno para un amplio conjunto de medidas que serán presentadas a mediados de este mes para el control de las descargas de archivos, y que no incluirán en ningún caso la desconexión de los internautas particulares, centrándose en la persecución de las web de enlaces.
Más información en el diario El País.