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La UE se pronuncia contra el canon español, pero admite que puede cobrarse a los particulares

21/10/2010 por Soyuz

El cobro del canon digital en España, tal como está planteado, no cumple la directiva comunitaria de los derechos de autor. Así lo acaba de dictaminar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (en la imagen), que ha sentenciado que la tasa sólo puede cobrarse a los particulares, pero no a personas jurídicas, por lo que empresas y administraciones deben quedar exentas.

"La aplicación del canon por [grabación de una] copia privada a los soportes de reproducción adquiridos por empresas y profesionales para fines distintos de la copia privada no es conforme con el Derecho de la Unión", reza la resolución, que no es vinculante. Es la respuesta a una petición de la Audiencia de Barcelona para decidir en el litigio entre Padawan y SGAE.

Tras conocer la sentencia, la ministra de Cultura de España, Ángeles González-Sinde, ha anunciado que buscará "una alternativa" junto a "los otros países europeos que se van a ver afectados" por el fallo judicial. Actualmente, 22 de los 27 países de la Unión Europea -todos menos Irlanda, Reino Unido, Malta, Chipre y Luxemburgo- aplican también un canon.

Lee la noticia completa en el diario El País y El Mundo.

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