Webs "piratas": se podrán cerrar en un mes, con orden judicial
Además, se asegura que las páginas web que voluntariamente retiren los contenidos protegidos por derechos de autor que hayan colgado en Internet sin autorización no serán penalizadas con ninguna sanción.
Si bien el procedimiento definitivo se sancionará el próximo viernes 8, trascendió que el proceso para el bloqueo de una web se iniciará cuando los propietarios de derechos -una productora cinematográfica, una discográfica o el mismo autor de una canción- denuncien ante la Comisión de Propiedad Intelectual a la página que presuntamente está comercializando, almacenando o enlazando sin autorización un archivo suyo, ya sea una película, un álbum musical o un videojuego. La Comisión entonces estudiará el caso y comprobará si se están infringiendo esos derechos, para luego notificar a la web la denuncia y abrir un periodo de alegaciones para los responsables de la página. Si la Comisión entiende que las alegaciones no son suficientes, notificará oficialmente a la web que desaloje los archivos de los que está haciendo un uso ilícito y le dará un plazo para ello, dando por finalizado el proceso administrativo.
Joan Navarro, portavoz de la Coalición de Creadores, que agrupa a la industria cultural y audiovisual, dijo a El Pais que “la Coalición no tiene confirmación de ese procedimiento, pero va en la línea del diálogo que mantuvimos con el Gobierno. Lo que nosotros pretendemos es que haya un proceso muy garantista para con las páginas web y nos parece óptimo que exista esa garantía judicial. Respecto a los plazos, lo que no puede ser es lo que pasa ahora: crear una página web ilegal cuesta un día y cerrarla, por la vía administrativa o judicial ordinaria, seis años”.
Por su parte, Víctor Domingo, presidente de la Asociación de Internautas, se ha mostrado más crítico señalando que “el Gobierno quiere hacer un requiebro para saltarse las garantías judiciales porque lo que busca, en realidad, es hacer ilegal algo que ahora mismo no lo es, como son las descargas. Cualquier regulación sobre un derecho fundamental como el del acceso a Internet o de publicación de contenidos en la Red debe requerir la aprobación previa del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo de Estado. No basta un reglamento: es preciso retirar la disposición final de la ley de Economía Sostenible”.