The Beatles pertenecen a BlueBeat.com
—Al menos, The Beatles en MP3—
Ya te había contado que el sitio de descargas musicales norteamericano BlueBeat.com había incluido en su catálogo a los mismísimos The Beatles, a pesar de los esfuerzos de la EMI para que la música de la banda británica sea inaccesible en cualquiera de los sitios de venta online más populares.
He aquí que, en el pie de página del sitio web, BlueBeat se arroga todos los derechos sobre las grabaciones que vende. Es decir, que todos sospechábamos que estaba pasando algo extraño.
Pero lo que no imaginábamos era cómo de extraño era lo que está pasando.
¿Pertenece a BlueBeat.com el copyright de ABBA, de AC/DC, de The Beatles y del resto de bandas que aparecen en su catálogo? La EMI y la RIAA desde luego no están de acuerdo y ya han lanzado la correspondiente demanda.
La respuesta de BlueBeat.com, a cargo de su responsable en temas de copyright Ben Sheffner sólo puede ser calificada de magistral.
«Las discográficas no van a tener éxito en sus demandas, dado que estamos vendiendo una grabación completamente distinta a aquella de la que poseen el copyright.»
«Hemos desarrollado independientemente nuestros propios sonidos originales. Se trata de grabaciones completamente distintas gracias a un proceso que llamamos simulación psico acústica». En BlueBeat.com afirman incluso haber registrado el copyright de esas nuevas grabaciones. Aunque se trate de las mismas canciones que en las grabaciones originales.
Por algún mágico proceso, resulta que esas nuevas grabaciones suenan igual que las originales. Resulta que a todo eso en otros sitios lo llamamos «codificar en MP3».
En BlueBeat.com afirman estar protegidos por el artículo 17 de la Constitución norteamericana.
«El derecho exclusivo del propietario del copyright de una grabación sonora bajo la cláusula (1) de la sección 106 está limitado al derecho a duplicar la grabación sonora de cualquier firma que directamente o indirectamente capture los sonidos reales de la grabación original. El derecho exclusivo del propietario del copyright de una grabación sonora bajo la cláusula (2) de la sección 106 está limitado al derecho a preparar una obra derivada en la cual los sonidos reales de la grabación original son arreglados, remezclados o de otra forma alterados en secuencia o calidad. El derecho exclusivo del propietario del copyright de una grabación sonora bajo las cláusulas (1) y (2) de la sección 106 no se extienden a la duplicación de otra grabación sonora que consista enteramente en la fijación independiente de otros sonidos, aún si esos sonodos imitan o simulan aquellos de la grabación sonora protegida original.»
Así que sólo hay una cosa que está clara. En alguna parte alguien se está partiendo el culo de todo esto.