Derecho de fijación - ¿Qué significa?

the_can_opener
#1 por the_can_opener el 28/08/2011
Artículo 106. Fijación

1. Corresponde al artista intérprete o ejecutante el derecho exclusivo de autorizar la fijación de sus actuaciones.

2. Dicha autorización deberá otorgarse por escrito.

¿Alguien sabe que significa este derecho de la Ley de Propiedad Intelectual?

Gracias.
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the_can_opener
#2 por the_can_opener el 28/08/2011
Vale.... grabación.
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Yoberog
#3 por Yoberog el 28/08/2011
Pues que en tus actuaciones tienes derecho a que el público te mire fijamente sin menearse del sitio. Sólo podrán moverse para ir al baño, fumarse un porro o aplaudir.
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cucio
#4 por cucio el 28/08/2011
Depende del estilo. La música minimal o el trance tienen más fijación que el free jazz, por ejemplo.
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distante
#5 por distante el 28/08/2011
Yoberog escribió:
Pues que en tus actuaciones tienes derecho a que el público te mire fijamente sin menearse del sitio. Sólo podrán moverse para ir al baño, fumarse un porro o aplaudir.


Juaz! :trompeta:

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#1

Si estás hablando de derechos fonográficos. Quiere decir que para publicar un tema (o disco) donde Fulano toco el triangulo, Fulano debe darte el permiso de utilizar su interpretación, sino, contratas a Mengano que toca mejor.

(Ojo que suena a broma pero no lo es)
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the_can_opener
#6 por the_can_opener el 29/08/2011
#5 ... no, ojalá todo fuera broma en esa ley.. sobre todo el artículo 25...
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distante
#7 por distante el 29/08/2011
Por eso, haciendo comparaciones a las leyes de aquí, lo que te dije sería el equivalente en "simple" de lo que quiere decir esa ley
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