Alguien escribió:Penas de hasta 3 años por modificar consolas, 'rootear' móviles o incluso reproducir DVD en Linux
Además de penalizar las páginas de enlaces, el nuevo Código Penal trae algunas sorpresas impactantes relacionadas con las nuevas tecnologías. Una vez se apruebe, en España quedará prohibida cualquier herramienta que permita romper sistemas de seguridad concebidos para proteger la propiedad intelectual. Esto implica el fin de la modificación de consolas, el rooteo de móviles o incluso la reproducción de DVD's en Linux.
A penas de entre seis meses y tres años de prisión se expondrá no solo quien diseñe o programe una herramienta de este tipo, sino también quien la importe o la distribuya. El artículo del nuevo Código Penal que penaliza estas prácticas, llega incluso a mencionar la mera tenencia, lo que significa que se prohibe incluso poseer estas herramientas aunque no se lleguen a emplear para romper sistemas de seguridad. Algo así como la penalización de la tenencia de un cuchillo porque puede ser usado para matar.
Será castigado también con una pena de prisión de seis meses a tres años quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga cualquier medio principalmente concebido, producido, adaptado o realizado para facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas de ordenador o cualquiera de las otras obras, interpretaciones o ejecuciones.
Son muchas las actividades encajan con esta definición. Por ejemplo, la venta de modchips o la modificación de videoconsolas. El rooteo de un móvil iPhone queda prohibido, puesto que neutraliza las medidas técnicas puestas por el fabricante para proteger su software. Incluso la reproducción de una película comercial en DVD sobre Linux, que emplea la biblioteca libdvdcss para superar la protección CSS con la que están encriptados. Son solo algunos ejemplos de las miles de actividades cotidianas que se penalizan con esta reforma.
Estas penas están diseñadas para quién tenga "ánimo de obtener un beneficio directo o indirecto" con su actividad, pero también para quien al emplearlas perjudique "a un tercero", por lo que incluso aunque no haya ánimo de lucro podría ser penalizado si perjudica económicamente a una empresa.
visto en: http://bandaancha.eu/articulos/penas-hasta-3-anos-modificar-consolas-8798