Hola amando, primero, siento lo ocurrido.
Sobre el tema que planteas, algo sé (pero tampoco demasiado). Tienes que ir a la Comunidad de Madrid y allí te informarán. Como el piso (supongo) pasará a pertenecer a todos los herederos a partes iguales, todos los herederos tendrán que pagar los impuestos correspondientes. Allí tienes que rellenar un impreso para liquidar. Te harán ir al Registro de Últimas Voluntades o algo así a por el testamento (si existe). Luego también tendrás que pasar por Hacienda (creo) y al final ir al Notario a cambiar la propiedad del piso, de tu suegra a sus herederos. Este personaje que te lee un documento y mira el DNI también cobra. Que tu cuñado se queda viviendo en piso es meramente circunstancial y acordado libremente por todas las partes y no afecta en nada al reparto ni al pago.
Para la declaración de la renta, tendrás un incremento de patrimonio por valor de x/4 (siendo x el valor ¿catastral? de la vivienda), así que si con tu anterior patrimonio y el nuevo x/4 tendrás que ver si sobrepasas el límite, que creo andaba por los 25.000.000 ptas.
Espero haberte ayudado.
Saludos.
Tendrás que pagar el Impuesto de donaciones y sucesiones. Y con respecto al IRPF, no tienes que hacer nada a no ser que hagáis una venta. Es decir, si vendéis, tenéis que declarar la ganancia patrimonial. Esto es la diferencia entre venta y compra, con las deducciones de los gastos de la adquisión (la vuestra, no la de vuestros padres). Eso sí, a partes proporcionales ya que sois varios hermanos. De todas formas, tu no preocupes por eso. Te aconsejo que pases por Hacienda o por la Agencia Tributaria (al principio de la campaña mejor, para que os de tiempo a preparar todo el papeleo que os haga falta). Allí os hacen la declaración gratis y os dirán lo que tenéis que hacer sin ningún problema. Te lo digo porque yo trabajo en esas campañas y vienen muchos casos como el tuyo.
Por cierto, lamento lo de tu suegra.
Ánimos y un abrazo.
Muchas gracias por el apoyo y por contestar tan rápidamente.
Si entiendo bien, no hay que declarar el incremento de patrimonio hasta la venta y reparto, cosa que no se va a producir ya que el hermano de mi mujer vivirá en la casa, como los demás este aspecto lo tenemos resuelto, pues no hay problema. Supongo que con pagar el impuesto de donaciones y sucesiones quedara resuelto aunque no creo que sea poco.
Queda un poco por pagar de hipoteca, pero con los ahorros se salda prácticamente toda la deuda y supongo que tendremos que escriturar. Me pasaré por hacienda que me pilla a dos minutos de casa para que me informen, aunque con vuestra ayuda ahora lo tengo más claro.
Gracias born por las aclaraciones.
Correcto, bien difereciado y sin juntarlos:
-Impuesto de donaciones y sucesiones. Ahora mismo en Madrid y la mayoria de CC es practicamente ridiculo lo que se paga comparado con antes. Entre reducción por parentesco, reducción por adquisición de vivienda habitual y la bonificación del 99% en la cuota tributaria, pagareis muy poquito.
En lo que se suele pagar mas, y no se ha dicho nada es en el impusto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, si el piso fue adquirido hace muchos años.
-Impuesto sobre el Patrimonio depende de tu patrimoino el pago o no..
-Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. no tiene nada que ver con sucesiones y donaciones... como te han comentado antes.
De todas formas, una vez hecha la escritura de partición en el notario, te pasas por hacienda de la comunidad, sección sucesiones y donaciones, les llevas todos los papeles y ellos te informan y te hacen el impuesto.
saludos.
Gracias de nuevo.
Mi patrimonio se limita a lo típico, el piso el coche y de ahorros lo justo para un mileurista, Nada de parcela, casa en la playa o en el pueblo.
Lo que yo me temía es que en la declaración de hacienda suelo salir lo comido por lo servido, vamos, que un año pago 100€ y al siguiente me tienen que devolver 100, y pensaba que me sacarían 3 o 4 mil € por la cara.