Cobrar el paro y trabajar en negro será castigado con carcel

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César Fornés Berlanga
#16 por César Fornés Berlanga el 11/01/2013
Y en mi caso que tengo el alma negra y hace tiempo que no PARO de buscar trabajo en bares de carretera, ¿Que tendría que haber pagado de haber tenido dinero para hacerlo? :fumeta:
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Xenux
#17 por Xenux el 13/01/2013
O sea, que si tienes un trabajo legal y otro trabajo en negro, y un día te echan de tu trabajo legal, no sólo te quedas sin tu trabajo legal sino que además tienes que abandonar tu trabajo en negro.
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el desmayao
#18 por el desmayao el 13/01/2013
Hai escribió:
los ricos
Te refieres a los parasitos,no ?
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Max
#19 por Max el 13/01/2013
...me gustaría matizar y aclarar la noticia que es algo ambigua y confusa (además de amenazadora para el trabajador) en su explicación:

...cobrar el paro y trabajar legalmente, se puede (mi caso). (te quitan el 10% del paro)
...cobrar el paro y trabajar sin estar dado de alta, es un fraude.

...eso está claro. Ahora viene la segunda parte: LA RESPONSABILIDAD DEL EMPRESARIO Y DEL TRABAJADOR:
...el único responsable es EL EMPRESARIO. En cualquier caso. Y aunque hayan cambiado el código penal, prevalece la Constitución y habrá mucha movida al respecto y se denunciará al Constitucional seguramente. El ET (Estatuto de los Trabajadores) protege al trabajador en éste sentido, al recaer TODA la responsabilidad al empresario que es el que realiza la contratación, sea verbal, escrita, declarada o no declarada.

...también hay una diferencia clara entre cobrar "en negro" y cobrar sin estar asegurado, pero declarando los salarios (mi caso durante 8 años y denunciado y con Jurisprudencia reciente del TSJ de Madrid): si trabajas e ingresas el dinero en una cuenta bancaria en concepto de salario (salario es una cosa y sueldo es otra) no trabajas "en negro", trabajas sin estar asegurado QUE ES DIFERENTE AUNQUE PAREZCA LO MISMO (mi caso actual y reciente con 2 años de juicios y me quedan más cosas).

...si trabajas sin estar asegurado y el dinero te lo guardas bajo el colchón o te lo gastas sin "conceptos de procedencia", entonces SI trabajas en negro y si no pasas de una cantidad (justificativa por el organismo denunciante) NO TE PASA NADA. (sanción administrativa y multa leve), pero sí cometes un fraude le ley si no declaras el trabajo, bien a través de la denuncia ante la Inspección de Trabajo o como manera de "legalizar el salario", ingresando y declarando en cuenta la cantidad del mismo.

...ahora quieren hacerlo penal y LA CONSTITUCION (bendita ella) ya dice que NO. Es un tema de los Juzgados de Lo Social y las sanciones serán siempre administrativas, con multas...si, pero a quien sancionan es únicamente AL EMPRESARIO.

...sobre la declaración de la renta y las retenciones no satisfechas en plazo, lo mismo: es el EMPRESARIO el responsable directo. Le prescriben a los 4 años y los 4 últimos debe pagar las cotizaciones con el 20% de recargo + multa dependiendo de la gravedad del fraude, bien por omisión "puntual" o "reincidente" (en mi caso por infracotización en los últimos 4 años y multa por los 8 anteriores sin dar de alta) (Aquí además se da el doble-fraude: uno por estar 8 años sin asegurar y otro por infracotización al no corresponder las cantidades reflejadas en nómina (sueldo) con lo que se cobra (salario) )

...resumiendo: hay que diferenciar entre fraude a la TGSS (Tesorería de la Seguridad Social) por infracotización, por no cotización o por realizar una actividad no declarada, que todo es responsabilidad del empresario) y el fraude de aquellos trabajadores que cobrando el paro trabajen en otro sitio y no lo declaren en la oficina de empleo como trabajo, independientemente de que el Empresario le tenga o no asegurado. En éstos casos, dependiendo de la falta administrativa y cuantía, podrá ser "leve", "grave" o "muy grave" pudiendo perder la prestación.
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Max
#20 por Max el 13/01/2013
Inge escribió:
Pero lo de pena de carcel ya me parece el absurdo mas grande..

janfriboga escribió:
Cárcel es a partir de 50.000 euros ( los empresarios van a la cárcel a partir de los 120.000 euros)...

...no. La cárcel la pisa quien comete 2 delitos en menos de 2 años. Según la sentencia y su gravedad, puede que en el mismo juicio se hayan cometido dos delitos y entonces sí se pisa....pero si no se tienen antecedentes, no. Se contabiliza como pena y si en dos años comete otro delito (una simple alcoholemia conduciendo un vehículo) o (una pelea condenatoria con muta/día que es igual a cárcel), entonces sí la pisas y se suman las condenas.

yimianders escribió:
De hecho, si solo sancionasen a los empresarios, igual se terminaría el problema, no es necesario ir a por los trabajadores, no en estos momentos.

...es que la responsabilidad es únicamente del empresario. El trabajador en ocasiones, se le sanciona por "connivencia" con el empresario, siempre que se demuestren las acciones de esa "connivencia" (suelen ser fraudes colectivos), pero no va más allá de una multa y sanción administrativa pudiendo perder cualquier tipo de prestación contributiva. (la prestación subsidiaria nunca se pierde en cualquier caso)

...el tema tiene muchos "recovecos legales" y una situación parecida puede llegar a ser completamente distinta por "detalles".


:cool:
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Xenux
#21 por Xenux el 13/01/2013
dudo que ciertas cosas se vayan a perseguir,
por ejemplo, si haces una actuación y al final de la actuación te pagan en metálico algo, ¿cómo se sabe siquiera que estabas trabajando, acaso no hay gente que actúa gratis solo por hobby?
obviamente si eres un músico conocido ya es distinto
y aún si el empresario a nivel particular te está ingresando dinero en tu cuenta, eso es una transferencia sin más que no implica que se esté cobrando por un trabajo, quiero decir, que una persona puede estar ingresándole dinero a otra como regalo o para ayudar, por ejemplo, un familiar ha vendido una casa y te quiere regalar a tí 10 000 euros
¿se va a investigar de donde proceden esos 10 000 euros? podría ser lo que te paga alguien por un trabajo que le has hecho o podría ser cualquier otra cosa, supongo que cuando llegan a ser cantidades muy elevadas, es cuando empiezan a investigar.
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Born®
#22 por Born® el 13/01/2013
rodrigo escribió:
y aún si el empresario a nivel particular te está ingresando dinero en tu cuenta, eso es una transferencia sin más que no implica que se esté cobrando por un trabajo, quiero decir, que una persona puede estar ingresándole dinero a otra como regalo o para ayudar,

De acuerdo, pero te olvidas una cosa. Esa es la interpretación que tu haces pero la ley no la aplicas tu. La ley no es objetiva, nunca lo es, y está sujeta a intepretaciones. Te garantizo que quien tenga que interpretar la ley, quiera o no, podrá algo de subjetividad de su parte y no te va a beneficiar.
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Max
#23 por Max el 13/01/2013
rodrigo escribió:
por ejemplo, si haces una actuación y al final de la actuación te pagan en metálico algo, ¿cómo se sabe siquiera que estabas trabajando, acaso no hay gente que actúa gratis solo por hobby?

...en el "argot jurídico" hay una cosa que se denomina "indicios". Demostrar las cosas es mucho más fácil de lo que la gente cree.

rodrigo escribió:
y aún si el empresario a nivel particular te está ingresando dinero en tu cuenta, eso es una transferencia sin más que no implica que se esté cobrando por un trabajo, quiero decir, que una persona puede estar ingresándole dinero a otra como regalo o para ayudar, por ejemplo, un familiar ha vendido una casa y te quiere regalar a tí 10 000 euros

...si el empresario te hace un ingreso periódico mensual, hay "indicios" de que es a cambio de "algo" (generalmente trabajo). Si coinciden esos indicios con la demanda del que recibe el dinero.....pues blanco y en botella. Sobre "pillar" a un trabajador sin dar de alta, al igual que hay ciertos "vacíos legales" que permiten "burlar" en cierta medida hasta llegado el momento de "la pillada", te puedo decir que es muy fácil que ocurra. En cualquier caso, el empresario, el único responsable.

...En mi caso, me pagaban 849 € en un cheque y el resto hasta completar 2.435 €, en metálico. Después de cobrar el cheque de la nómina, ingresaba en mi banco, en mi cuenta, la cantidad total y en concepto "nómina".
...puede pensarse que no es justificación suficiente, pues cualquiera puede ingresarse en su cuenta cualquier cantidad y por el concepto "nómina", pero ocurre que cuando se lleva muchos años, mes tras mes, cuando el director del banco ha comprobado certificados de la empresa para conceder hipotecas y créditos y se ha confirmado dichas cantidades...pues todos los indicios indican que si, que es por trabajar. El Juez así sentenció y el TSJ confirmó la sentencia y desestimó el recurso de la empresa.

...la empresa basó su defensa en querer explicar que los 849 € era por pinchar y el resto por las fiestas que hacía y "otros trabajos extras", pero quedó claramente demostrado que la actividad es la misma, pues siempre hacía lo mismo y cobraba por todo, con lo que el sueldo de la nómina no es el mismo que el salario cobrado y existe una infracotización. Una vez más, responsabiidad del empresario.

...en este país de pandereta, donde hay empresarios de todo tipo y pagan los justos por pecadores (al igual que hay trabajadores "hijosdeputa" y también paga los unos por los otros), resulta que es muy habitual que el salario no corresponda con el sueldo de la nómina. Y claro, cuando viene el día que abandonas la empresa, bien por finalización del contrato, por despido o por marcharte a otro sitio, pues lo que cuenta, es lo cotizado. Eso si, si no puedes demostrar lo contrario. La sarten por el mango la tienen los empresarios, pero con el riesgo que corren sabiendo que son los responsables en caso de "pillada" del fraude.

...casi todo el mundo que trabaja en la noche y en otros muchos trabajos, la mayoría (un 90%) de los trabajadores no cobra la cantidad que refleja su nómina.
...los empresarios hacen las nominas en base a las tablas salariales, para ahorrarse dinero en las cotizaciones. Eso perjudica claramente al trabajador, pero claro, si no "tragas", otro tragará....y de eso es de lo que se benefician. Por eso tenemos un salario mínimo interprofesional muy bajo en comparación a otros países europeos.....y ahora resulta que con la nueva reforma laboral desde julio del año pasado, se admiten ERES aún con beneficios !!!, cosa que antes no se podía hacer.

...hasta que no hagamos como en Islandia......seguiremos tragando.....y la gran putada es que no nos ponemos de acuerdo todos por culpa del egoísmo de todos en cada parte de España. Cada uno va a lo suyo por libre.....y así no conseguimos nunca nada.
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Marqués de Rabotieso Baneado
#24 por Marqués de Rabotieso el 13/01/2013
rodrigo escribió:
dudo que ciertas cosas se vayan a perseguir,
por ejemplo, si haces una actuación y al final de la actuación te pagan en metálico algo, ¿cómo se sabe siquiera que estabas trabajando, acaso no hay gente que actúa gratis solo por hobby?


Ay amigo, es que hay algo que el 99% de los músicos desconocen: de cara a la administración un músico está trabajando desde el momento en el que se pone a tocar. Si te cazan en un garito dando un bolo gratis porque el dueño es tu amigo, reza porque no caiga una inspección de trabajo que las hostias salen repartidas en ambas direcciones (sanción económica para empresario y músicos). Que estemos mal acostumbrados porque este gremio siempre ha sido una casa de putas es una cosa pero la ley dice que tocas = trabajas. Es que de otra manera el dueño del garito podría decir también que tal o cual camarero que no tiene dado de alta es amigo suyo y está ahí "haciendo un bolo de hostelería". Es obligación del dueño del garito, promotor de conciertos, o la figura que cuadre, dar de alta a los músicos, pues legalmente somos trabajadores por cuenta ajena. Lo cierto es que en la puta vida he visto una inspección de trabajo en un bolo pero las cosas están cambiando y los inspectores están haciendo verdaderas barridas por todo tipo de escenarios: cafeterías, salas de fiestas, restaurantes, bodas, verbenas............ Quizás sea la única forma de poner esto un poco en orden.

Hay más opciones para regularizar el bolo: que te dé de alta un colega repre o de una orquesta, hacerte de una cooperativa de músicos y que cursen ese trámite ellos, etc. Te costará algo de dinero por bolo pero más duele que llegue la inspección y a ti, que eres el trabajador, te metan 3000 euritos de multa. Y ahora con la nueva ley que nos ocupa, encima con riesgo de ir a la cárcel y tener que devolver lo cobrado del paro multiplicado por seis (en caso de estar cobrándolo).

Se está poniendo la cosa jodida pero.... YA ERA HORA. Lo de los grupos y cantautores tocando en pubs tiene que pasar obligatoriamente por la Seguridad Social. Se van a acabar los bolos de "te toco unas canciones con la guitarra por 30€", más que nada porque suponiendo que te den de alta bajo la base de cotización mínima -que seguramente te descontarán del bolo- tienes ya un mínimo de gastos de 10,98€ + gestoría. A mí me cobran un total de 18€ por componente y bolo, pero voy con las espaldas cubiertas y además cotizo. Aparte, se ha iniciado una verdadera guerra de músicos VS. músicos y locales VS. locales con el tema este. Hoy en día las inspecciones de trabajo enviadas intencionadamente están a la orden del día. De momento hay que dar la jeta y figura tu nombre en el expediente en caso de que decidas denunciar que tal o cual músico/local va en negro, y eso corta un poco a la peña porque puede haber hostias, pero como al gobierno le dé por hacer anónimas las denuncias y poder presentarlas vía web esto va a ser una auténtica masacre. Una masacre necesaria que se da en cualquier sector. A un fontanero no le tiembla el pulso a la hora de denunciarte en caso de enterarse de que seas también fontanero y no estés dado de alta. ¿Por qué tendría que temblarnos a los músicos? Ni buen rollo ni pollas en vinagre: esto es un trabajo y hay que defender el pan propio.
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Marqués de Rabotieso Baneado
#25 por Marqués de Rabotieso el 13/01/2013
Max escribió:
...cobrar el paro y trabajar legalmente, se puede (mi caso). (te quitan el 10% del paro)


En el caso de los músicos nos quitan unos 10€ por día trabajado, siempre y cuando coticemos por la base de cotización mínima, que es lo normal (si tienes una base mayor, el sablazo también lo es). Hace unos meses me contaba un colega baterista de orquestas que estaba la cosa jodida. En la orquesta habían llegado al trato de repartir la facturación entre todos en vista del poco trabajo que había y lo poquísimo que podían pedir de caché. Digamos que a los jefes les era ya imposible decir "pago 100€ por fecha", pues para ello tendrían que pedir un precio mínimo por bolo que ya se volvía imposible debido a varias circunstancias, así que la idea era coger cualquier cosa y repartir. El día que hablé con él me dice que salen esa noche a 40€ por cabeza pero que como está cobrando el subsidio por desempleo -ya agotó el paro- le descuentan 10€ a los que hay que sumar otros 10€ que se iba a gastar en gasoil. Total, que esa noche iba a currar por 20€. Para colgar una soga de un árbol y meter el pescuezo.
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40db
#26 por 40db el 12/11/2013
Pero estos gilipollas creen que se puede vivir del paro? ( ya se que saben que no) como siempre de donde pueden nivelar la balanza no les interesa meter mano porque ellos está incluidos, las multinacionales tendrian que dar la cara más que nadie y no me vale eso de que se lo han ganado porque todos sabemos como "se lo han ganado" espero que esta panda de mafiosos, corruptos ,terroristas, sinverguenzas e incultos se vayan a la mierda lo antes posible.

AMEN!!

Saludos!!!
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