Derechos de autor duda con música experimental.
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shelton22 escribió:Nada de eso impide que puedas registrarla. En cuanto a las conversaciones y ruidos, siempre puedes indicar con anotaciones en la partitura qué conversaciones y ruidos quieres incluir. Ten también en cuenta que, para registrar, tampoco es necesario que la partitura contenga absolutamente todos los detalles. Lo importante es que contenga aquello que "define", que "distingue" la obra. Por ejemplo, te puedes encontrar partituras que te indican que en un fragmento de X compases va un "solo".música con ritmos raros, con armonías raras, instrumentos poco usuales,
Por otra parte, parece que en Argentina, el registro de la propiedad intelectual (DNDA) acepta grabaciones. Según http://www.jus.gob.ar/tramites-y-servicios/derecho-de-autor/obras-ineditas/letra-o-musica.aspx#requisitos se puede registrar con "Una copia de la obra -en cualquier soporte" Lo que me sorprende es que indican que la duración es de 3 años, aunque se puede renovar (¿ya de forma definitiva por todo el plazo de duración de los derechos de PI - 70 años tras la muerte del autor?).
El trámite no es gratuito, son $ 25. Si quieres algo totalmente gratuito, mira Safecreative. No es un registro de PI oficial, pero en caso de proceso judicial por plagio, puede servir de prueba de autoría (la diferencia es que el registro en DNDA tiene que aceptarse como prueba en un juicio, otras cosas, como el registro en Safecreative, depende del juez).
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