Dudas sobre la propiedad intelectual

Svyadov
#1 por Svyadov el 25/09/2006
Wenass

Tengo las siguientes dudas: si yo compongo una canción, ¿es obligatorio inscribirla en el registro de la propiedad intelectual para tener todos los derechos de copia y que no pueda ser plagiada? ¿Qué es el (C) y como encaja en todo esto? Y en todo caso ¿cuáles son mis derechos y obligaciones para proteger mi canción de un supuesto plagio?

Un saludo.
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Paraab
#2 por Paraab el 25/09/2006
Svyadov @ 25 Sep 2006 - 02:27 PM escribió:
Wenass

Tengo las siguientes dudas: si yo compongo una canción, ¿es obligatorio inscribirla en el registro de la propiedad intelectual para tener todos los derechos de copia y que no pueda ser plagiada? ¿Qué es el (C) y como encaja en todo esto? Y en todo caso ¿cuáles son mis derechos y obligaciones para proteger mi canción de un supuesto plagio?

Un saludo.


La autoría de un tema musical, como de todo lo demás, nace desde el mismo momento de su creación. Es decir, para el "copyright" (la "C" que nombras) de tu canción, no tienes que hacer nada. La ley dice que tú eres el autor desde que la escribes y le pones tu nombre, sin poder renunciar después a su autoría. Lo de inscribirla en el registro de la propiedad intelectual te da una prueba tangible de que eres el autor.

Un saludo.
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zoolansky
#3 por zoolansky el 25/09/2006
Dicho de otro modo, si ningún organismo legal tiene constancia de que la composición es tuya, te será difícil (aunque no imposible) demostrarlo llegado el caso en que, por ejemplo, alguien haya oído tu tema y lo haya usado para anunciar patatas fritas, o para lanzarse al estrellato musical; especialmente si ese desaprensivo ha sido tan hábil como para (él sí) registrar ese tema como suyo. Tu palabra contra su registro legal. Llevas las de perder.

PS: Aprovecho para recordar que en el registro de la P.I. de Barcelona puedes registrar varios temas a la vez por menos de 5 euros, en un trámite que dura 5 minutos.
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El Rubio de Antiarte
#4 por El Rubio de Antiarte el 25/09/2006
Grabalo en un cd lo empaquetas y te lo mandas desde correos a tu casa haciendo que te lo sellen en el precinto, ahí tienes la prueba para un posible juicio si guardas el paquete sin abrirlo nunca. Pero ya que te mueves, ir a la P.I. es lo mismo pero un poco mas caro.
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Svyadov
#5 por Svyadov el 25/09/2006
Osea, que tengo que inscribirla en el registro de la PI o autoenviármela por correo en un paquete perfectamente sellado. Yo vivo en Madrid. ¿Qué hace falta para inscribir una o varias canciones en la PI? Supongo que la partitura ¿no? ¿Hay que seguir alguna norma en especial para escribir la partitura? Muchas gracias por vuestras respuestas.
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zoolansky
#6 por zoolansky el 25/09/2006
Había un hilo donde se detallaba todo esto; allí expliqué todo lo que preparé y los pasos que dí para registrar 10 temas en febrero pasado. Si lo encuentras por aquí te facilitará las cosas.

Lo que sí puedo decirte es que visites la página web del Registro de la P.I. donde aparece detallada la documentación a aportar (al menos en la web de la de Barcelona lo pone). Efectivamente uno de los requisitos es la partitura, que puedes generar sin problemas con cualquiera de los secuenciadores más usados, y de la que puedes extraer las partes más significativas para no generar páginas y páginas de pentagrama (pe. una estrofa y un estribillo). Si está cantada también debes adjuntar la letra.

Échale un vistazo también a este hilo, que se encuentra en el apartado de "Temas destacados":

https://www.hispasonic.com/foros/donde-registro-mis-temascuanto-vale/84945
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D0N
#7 por D0N el 26/09/2006
Bueno,

al menos en Barcelona, los del registro de la propiedad intelectual no te dejan enviar muestras exclusivamente en audio (lo que es bastante trágicvo si quieres registrar algo de electroacústica contemporánea), y te cobran 5 euros cada vez.

Lo que peudes hacer es hacerte socio de la SGAE (en este pais no hay alternativa) que no te cobraran más que cuando te das de alta. el registro de la sgae sirve para gestionar tus derechos en la obra (ehem, en teoría debería ser así) y como prueba para un posible caso de copia etc. Te srirve tanto un sitio como el otro, si queires tener doble protección puedes registrarlo en los dos. En la SGAE además, puedes entregar CDs con tu grabación.
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juanferlinks
#8 por juanferlinks el 26/09/2006
Lo de enviarselo a uno mismo, es una chorrada que apareció en una revista inglesa y que a efectos jurídicos no vale para nada, excepto para demostrar que te has mandado a ti mismo un paquete, ni mas ni menos.

La UNICA manera de demostrar la autoria de las canciones es inscribirlas en el Registro de la Propiedad Intelectual. Te acercas a la oficina de tu ciudad con las partituras encuadernadas, rellenas un formulario, si tienes dudas le preguntas al funcionario de turno, es fácil. Pagas no se si son unos 5 euros, te dan el resguardo y listo.

Y no necesitas a la sgae para nada para hacer esto.
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