Las leyes y estas cosas

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Nox
#1 por Nox el 15/02/2011
Resulta que ultimamente he tenido en el trabajo dos experiencias curiosas, bueno, una curiosa, la otra subrealista, y quería compartir una reflexión que me ronda la cabeza.

Primero, el jueves de la semana pasada viene a la oficina una propietaria de un edificio que es, al mismo tiempo, comunidad de propietarios (sí, lo de aquí no hay quien viva y demás) y explotación turística. Es un pequeño edificio de apartamentos (44 en total) que en invierno se ceden al touroperador, que contrata su alquiler a noruegos, alemanes, ingleses, etc, y en verano los propietarios disfrutan los apartamentos.
Resulta que esta propietaria viene acompañada de su hija, que además de abogada también lleva unas cuantas comunidades, vamos, que se cree que se las sabe todas y con esa actitud se planta en mi despacho, a discutirme sobre los gastos del edificio y la forma en la que se han hecho ciertas cosas. Yo, que ya estoy avisado de quién viene y que llevo 6 años aguantando a propietarios pesados, tengo que repetirle una y otra vez que esto no es una comunidad normal con 3 gastos fijos y a correr, aquí hay que lavar miles de prendas (sabanas, fundas de almohada, paños, toallas, etc) al mes, hay que tener el edificio decente para que los turistas no quieran ir a otro lado, hay que tener la piscina funcionando todos los días, los apartamentos hay que limpiarlos y repasarlos cuando los abandona un turista antes de que entre el siguiente, hay que tener al personal relativamente contento para que no traten mal al turista, y un largo etcétera de gastos y cualidades que ni de coña tiene una comunidad normal.
Todo esto hace que sea del todo imposible que este edificio funcione como una comunidad cualquiera, es que es imposible. Lo que más destaca es que hay que tomar decisiones rápidas y efectivas, sólo contando con el presidente y si acaso la junta directiva, porque si se espera más puede pasar desde que te pongan una multa por overbooking porque algún propietario listillo ha alquilado su apartamento cuando no debería, hasta que el turista no vuelva y el touroperador te pegue una patada en el culo.
Pero claro, la niña es abogada y administradora, así que todo según marca la ley para las comunidades, y yo explicándole todo esto miéntras iba con pies de plomo para no dar a entender que hemos contravenido la ley (cosa por otro lado cierta, en mi oficina tenemos mucho cuidado en esto, aunque a veces no sé ni como lo conseguimos :-? ). La jodía niñata los cojones :evil: , como ya he dicho, se cree que se las sabe todas porque lleva 5 o 6 comunidades y un par de asesorías laborales para "redondear el sueldo", lo que no sabe es que en mi oficina llevamos 90 edificios con miles de propietarios sedientos de alguien a quien echarle la culpa de todo lo que les pasa :roll: , así que bueh, será todo lo abogada que quiera pero no ha estado en un juicio de una comunidad en su vida, y yo, economista por universidad y administrativo por trabajo, me sé mejor la ley de propiedad horizontal que ella (encima nada más verla me recordó a mi hermana, así que no pude obligarme a que me cayera mal la jodía penca :evil: ).

En fin, después de todo esto, esta semana, estoy preparando el papeleo para denunciar a unos morosos de otro edificio, este ya sí es una comunidad normal y corriente. Pues resulta, que en la ultima junta se liquida la deuda a estas personas, y seguidamente se nombra presidente a uno de los morosos que la comunidad quiere denunciar :lol: , que por cierto en este caso concreto no paga porque no le da la gana, no porque no tenga dinero.
Total, que me veo redactando un papelito que según ley tiene que ir firmado por el presidente (el moroso), donde dice entre otras cosas que "en la junta de tal fecha se acuerda por unanimidad dar poder al Sr. Presidente D. Periquito de los Palotes (el moroso) para ejecutar las acciones legales contra los liquidados, entre los cuales se encuentra D. Periquito de los Palotes (el Sr. Presidente)"..."Y para que sirva de notificacion a D. Periquito de los Palotes (el Sr. Presidente), firma con el visto bueno del Sr. Presidente D. Periquito de los Palotes (el moroso)".
Vamos, que la junta de propietarios ha dado al colega Periquito poderes legales para denunciarse a si mismo como moroso, y el colega Periquito tiene que firmar un papelito para poder denunciarse a si mismo...


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:tasmal:

A ver ¿De verdad alguien se cree que este señor va a firmar un papel donde dice que debe una pasta y que le van a denunciar por moroso? Como si no fuera suficientemente subrealista que aparezca en el papelito que se le dan poderes a él para denunciarse a él mismo, y que él firma el visto bueno a la certificación para denunciarle a él mismo, encima tenemos que creernos que efectivamente va a ser tan rematadamente gilipollas como para firmarlo :roll:
Pues hijo, así es según la ley O_o

Si habeis llegado hasta aquí, primero enhorabuena por leer el tocho :mrgreen: , y segundo yo quiero plantear algo a ver qué os parece: ¿No sería mejor, dejar las leyes para el último remedio, cuando ya han fracasado el resto de posibilidades posibles, es decir, usarlas como un marco que defina los extremos, sin la necesidad de ceñirse a ellas hasta la última consecuencia en el resto de los casos?
Es que esto son sólo dos ejemplos de 6 años que llevo trabajando en esa oficina, y la verdad es que lo del tigre saliendome de la boca... esto, perdón, lo del presidente moroso :mrgreen: no me había pasado nunca, pero situaciones parecidas de darle una vuelta de tuerca a la ley y resultar en cuadros de Dalí, a montones, y vamos, uno no se parte los cuernos intentando resolver situaciones insostenibles al mismo tiempo que lleva la ley a rajatabla, para que después pasen estas cosas :loco: . Que pasen estas cosas debería ser prueba suficiente para saber que una ley, NO PUEDE recoger todos y cada uno de los casos que pueden darse, y que un juez NO PUEDE resolver todos y cada uno de los casos que se salen de la ley, y si esto es correcto, aquí hay algo que está muy mal: no sé si es un tema conceptual, sistémico, o qué coño es, pero algo no furula.
Encima a estas alturas esto se está convirtiendo en crear nuevas leyes encima las unas de las otras, rellenando cada uno de esos huecos que hoy en día rellenan el sentido común o los jueces (los jueces... sin sentido, porque si os contara con los jueces que me he encontrado yo por ahí :roll: :susto: es pa mear y no echar gota vamos ](*,) , que diría mi viejo), osea, que para sustituir al contrato de Rosseau en unos años darán un manual como de aquí a Pekin de largo, con una ristra infinita de leyes que dictarán la forma de proceder ante cada uno de los problemas que podamos encontrarnos en esta vida #-o

En fin ¿Qué pensais? :-k

Saludos.
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Born®
#2 por Born® el 15/02/2011
Tu relato me ha parecido interesante. Lo que más me llama la atención es esto.

noxLP escribió:
encima nada más verla me recordó a mi hermana, así que no pude obligarme a que me cayera mal la jodía penca


¿Te llevas mal con tu hermana? Haz las paces hombre de dios.

Con respecto al hilo. Nosotros tenemos unos morosos en la comunidad (bueno, en realidad lo que nos une es el garaje, que es comunitario, porque si no, al ser adosados no habría comunidad, supongo). Uno de ellos es mi vecino de al lado. Sinceramente, intentar razonar con ellos es imposible. Se les explica que es necesario tener las cuentas al día, que hay que pagar la luz del garaje, la depuradora de aguas que tenemos, que en breve (dos o tres años) habrá que pintar fachadas, etc, para poder afrontar los gastos y que no salgan derramas bestiales.

Pero no, no pagan. Total, que hay que recurrir a la ley. Ya se les ha denunciado, y están en proceso para ir a juicio.

En definitiva, que la gente es muy burra, tío.
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Nox
#3 por Nox el 15/02/2011
Born escribió:
¿Te llevas mal con tu hermana? Haz las paces hombre de dios.

:lol: No hombre, es lo contrario, que si no me hubiera recordado a mi hermana me habría caido como una patada en los H, pero como me recordaba a mi hermana no me cayó mal del todo, es sólo que no sabe de la misa la mitad... es que me jode que no pueda caerme mal :lol: , porque desde el principio la tia se colocó en posición defensiva-agresiva y se atascó en el discurso que traía preparado.

Lo de los morosos que cuentas, es tipiquísimo eso. La verdad es que te encuentras de todo, desde gente rica que no le da la gana pagar, hasta gente que realmente no puede, pero si algo tienen en común al 90% de ellos son las excusas: que vaya burrada de gastos, que se me estropeó la tubería y no me la han arreglado, que está enfadado con el presidente porque hace 20 años le dijo nosequé y que no está deacuerdo con lo que se dijo en la junta.

La coña es que cuando no hay más remedio, perfecto, para eso debería estar la ley, pero es que llegamos a un punto en el que antes de llegar al extremo hay que hacerlo todo como dicta la ley, a rajatabla y sin miramientos :-|
Te digo una cosa, yo he cobrado un montón de pasta para las comunidades, y la mayoría ha sido a base de llamar, mano izquierda (baselina que digo yo), explicar, volver a llamar, volver a explicar y otro poquito de baselina.
El problema es que esto quema muchísimo, en realidad quieres mandarles a tomar por, pero te callas y das mano izquierda... y aguantártelo quema, por eso la gente prefiere ir al juzgado a la primera y no pasar por ello.

Saludos.
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Born®
#4 por Born® el 15/02/2011
#3

Más o menos lo que cuentas es lo que debe pensar de nosotros la administradora que nos lleva comunidad. Lo que más rabia me da, es que estos morosos, tienen poder adquisitivo, es decir, dónde vivimos hay un poder adquisitivo medio, casi tirando a un poco alto (hay de todo, supuesto, que a mi me contrata ZP :mrgreen: ) y nuestra cuota son 30 míseros Euros/mes.

Yo creo que la comunidad tiene las de ganar. Además, hay algunas cosillas que arreglar, y lo de la pintura, buff, como pille a más de uno en bragas se va a cagar con la derrama.


En fin, que te voy contar que no sepas por tu profesión. :wink:
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involucrado
#5 por involucrado el 16/02/2011
Si, es muy curioso el mundo de las leyes. Es que imagino es una tarea titánica llegar a tener supuestas o previstas infinidad de circunstancias específicas. Y a ésto habría que agregar cierta ineptitud e intereses en que la cosa no sea del todo justa. En Argentina no hace más de 60 años que las mujeres pueden votar.

Así como hay leyes (físicas) newtoneanas que rigen ciertos aspectos del universo, hay un cúmulo de manifestaciones o fenómenos de orden cuántico que parecen no encajar. Creo que se trata de algo así, confuso, surrealista, según tus palabras, jejjeee....

Un saludo.

PD: ¿esa abogada no será usuaria de Hispasonic?
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Nox
#6 por Nox el 17/02/2011
#4
Dejando a parte los errores de forma y los abusos de poder, la comunidad siempre tiene las de ganar en una demanda por morosidad, gana la mayoría de las veces, y es que la ley de propiedad horizontal se basa en un principio parecido al de la de propiedad intelectual (salvando las diferencias): igual que un tema es tuyo por el mero hecho de crearlo, tu eres miembro de la comunidad por el mero hecho de ser propietario de la vivienda.
En general la gente se cree que la comunidad es como el electricista: si no estoy satisfecho con el servicio no le pago. Es todo lo contrario, como propietario de una vivienda tienes que pagar lo que se decide en junta, punto, si la comunidad no ha cumplido sus deberes para contigo tú también tienes tus derechos y también está recogido en la ley la forma en la que puedes obligar a la comunidad, pero son dos cosas distintas. Es más, siempre tendrás más posibilidades de hacer valer tus derechos si ya has pagado: legalmente demuestras ausencia de mala fé y puedes votar en las juntas, y en la práctica te puedes ganar al resto de los propietarios más fácilmente.

Bueno que me lío :lol: , cualquier duda/preocupación específica a MP :wink:

#5
:mrgreen: No, la abogada no era de hispasonic... si lo fuera ya le habría echado una buena bronca por MP :twisted:

Más que titánica, en la práctica es una tarea imposible. Hay demasiada gente, demasiado diferente y con circunstancias demasiado diferentes.

Yo tuve una comunidad que estuvo años esperando un juicio, porque cuando el funcionario del juzgado iba a citar al moroso a su casa, el mismo tio decía a través de la puerta "aquí no vive esa persona" :shock: , el funcionario volvía al juzgado y otra vez vuelta a empezar, hasta que el juez se cansó y se dió cuenta de que le estaban tomando el pelo, entonces puso un papelito en los tablones de anuncios del edificio y el juzgado diciendo que se le daba por notificado, y el juicio pudo seguir su curso... pero claro, será que el juez se chupaba el dedo, porque joder, años mandando al funcionario a la misma casa y años el funcionario viniendo con la misma respuesta... :roll: sin comentarios.
Claro, es que el tio no vivía en el edificio, vivia en otro sitio y allí no abría la puerta, pero después iba todos los meses al edificio a cobrar el alquiler de las 4 viviendas que tenía allí :neutral: ... el tio cobraba 4 alquileres y los sigue cobrando según me consta, y además tiene un negocio de autobuses con un ayuntamiento de no se donde en las islas, pero no es capaz de pagar la cuota :neutral: y no se le puede cobrar porque al tio van a citarle y él mismo dice que él no está allí :loco:

Intenta recoger eso en una ley. En España nadie puede citarte para un juicio excepto el funcionario del juzgado (que el puesto tiene su nombre pero ahora no lo recuerdo), lógicamente para evitar engaños y manipulaciones múltiples en casos de citaciones erroneas/mal intencionadas, pero que sólo pueda citarte un tio provoca situaciones como esa... pues lo mismo pasa con todo.

Saludos.
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Monza
#7 por Monza el 17/02/2011
Pero es que este tio que cuentas, seguro que tiene a un abogado o gestor trabajando para el y contandole todos estos secretillos...

El funcionario del juzgado tendria que ir acompañado de una pareja de policias, primero que hable el funcionario, y en cuanto el tio diga que no vive alli, que le pidan la documentacion los policias (que creo que no puedes negarte)... y una vez quede demostrado que ese es esta persona, que el funcionario le de la citacion...

Hablamos de bares vs comunidades, noxLP???
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Nox
#8 por Nox el 17/02/2011
#7
Hablamos de cualquier propietario contra comunidades, no necesariamente bares pero también.

La coña del funcionario es que es lo establecido por la ley, creo que era en el código civil, en su momento ya me enteré yo por el abogado de cualquier otra posibilidad que tuvieramos, porque claro, como ya dije yo habría tardado como mucho una semana en encontrarle y citarle :lol: , es tan fácil como lo que tú dices, ir con la policía y un notario que den fé... pero no habría servido de nada porque la ley no lo permite :-?

En fin, si es que es normal, como digo es imposible que las leyes recojan todas y cada una de las circunstancias que pueden darse, es que podríamos estar hablando semanas de circunstancias raras de este tipo, y ni siquiera soy abogado, imaginate un abogado que esté todos los días con estos temas.

Saludos.
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Monza
#9 por Monza el 17/02/2011
Es que estamos en un sistema legal que permite la corrupcion... estoy seguro que en otros paises mas avanzados, algo asi es imposible que pase...


Con las comunidades contra bares la cosa es mas peliaguda... al final, quien pringa, es el propietario, pero del piso, no del bar... se de casos que la solucion ha sido, irse a vivir a otro lado...

Pero ya te digo, que esto pasa porque las leyes permiten que pase, y tambien el funcionamiento de los ayuntamientos que prevalecen mas las licencias de los bares que los impuestos que paga cada miembro de la comunidad...
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Yeims
#10 por Yeims el 17/02/2011
Por supuesto que algo no furula bien. Es imposible que una sociedad como la nuestra actue con armonía si esta dependiente de leyes hasta para ir a comprar el pan.
Si es que es lo que está pasando. Hay quien desconoce lo que és el sentido común o simplemente no lo entiende y le suena a Chino.
Tu bien lo dices. Las leyes se van amontonando unas encimas de otras que al final lo que pasa en un juicio por ejemplo, es que el abogado más avispado es el que resuelve la situación o según como haya dormido el señor Juez esa noche y según donde tenga su sentido común ese día habrá una solución u otra, porque leyes hay de sobra y habrán más.

Un ejemplo de esto esta ahora en pleno apogeo: La forma de conducción. Si una autopista el límite de velocidad es de 120 y uno va a 120 y tiene que adelantar, pues no mira detrás al ocupar el otro carril si esta cumpliendo la ley(porque va a 120 máximo). A más de uno se lo e oído decir y lo hace. Cuando el sentido común es: mira, observa y utiliza los sentidos para conducir, muy importante antes que estar pendiente de si cumple o no las normas o leyes cada vez más estrictas.
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Endre
#11 por Endre el 17/02/2011
Ya lo decía Pío Baroja: Las leyes son como los perros: sólo ladran al que va mal vestido.

Me recordó la cita el director Mario Camus en la entrega de los premios Goya del pasado fin de semana.
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Nox
#12 por Nox el 17/02/2011
yimianders escribió:
Tu bien lo dices. Las leyes se van amontonando unas encimas de otras que al final lo que pasa en un juicio por ejemplo, es que el abogado más avispado es el que resuelve la situación o según como haya dormido el señor Juez esa noche y según donde tenga su sentido común ese día habrá una solución u otra, porque leyes hay de sobra y habrán más.


Este es el problema, incluso cumpliendo las leyes a rajatabla lo que más cuenta al final es cómo de bueno sea tu abogado y con qué pata se haya levantado esa mañana el juez de turno, y pasa precisamente por querer abarcar demasiado.

Los jueces... mira, paso jajaja, es que lo de los jueces a mí personalmente me deprime mogollón, con el poder que tienen y los casos que te encuentras, en la oficina nos reimos que da gusto con las ocurrencias que tienen, pero la verdad es que al final me deprime :-?

Endre escribió:
Ya lo decía Pío Baroja: Las leyes son como los perros: sólo ladran al que va mal vestido.


Como poco les ladran mucho más fuerte, sí.

Saludos.
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faelitox
#13 por faelitox el 17/02/2011
noxLP escribió:
Yo tuve una comunidad que estuvo años esperando un juicio, porque cuando el funcionario del juzgado iba a citar al moroso a su casa, el mismo tio decía a través de la puerta "aquí no vive esa persona" :shock: , el funcionario volvía al juzgado y otra vez vuelta a empezar, hasta que el juez se cansó y se dió cuenta de que le estaban tomando el pelo, entonces puso un papelito en los tablones de anuncios del edificio y el juzgado diciendo que se le daba por notificado, y el juicio pudo seguir su curso... pero claro, será que el juez se chupaba el dedo, porque joder, años mandando al funcionario a la misma casa y años el funcionario viniendo con la misma respuesta... :roll: sin comentarios.
Claro, es que el tio no vivía en el edificio, vivia en otro sitio y allí no abría la puerta, pero después iba todos los meses al edificio a cobrar el alquiler de las 4 viviendas que tenía allí :neutral: ... el tio cobraba 4 alquileres y los sigue cobrando según me consta, y además tiene un negocio de autobuses con un ayuntamiento de no se donde en las islas, pero no es capaz de pagar la cuota :neutral: y no se le puede cobrar porque al tio van a citarle y él mismo dice que él no está allí


Eso que cuentas se lo cree el que no sabe como funciona el sistema de emplazamientos y citaciones... El Juez no hace ninguno de estos actos de oficio, sino a instancia de parte, así que a primera vista parece una mala gestión del abogado, porque el emplazamiento o citación por edictos (el papelito en el tablón de anuncios del Juzgado) lo tiene que solicitar la parte interesada, y antes de poder pedirlo se tienen que cumplir unos requisitos.

Dependiendo del tipo de procedimiento, y el tipo de resolución a notificar, sigue unos tramites u otros, por ejemplo en la reforma de arrendamientos urbanos ha cambiado para agilizar los desahucios por impago de rentas tanto la citación como la notificación de la sentencia al demandado.

Los actos de comunicación Judicial se regulan en el Capitulo V (art. 149 y sig) de la Ley de Enjuiciamiento Civil, si te interesa el tema de emplazamientos o citaciones a las partes aún no personadas, te recomiendo los art. 155, 156 y 164 :D

Un saludo!
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Nox
#14 por Nox el 17/02/2011
faelitox escribió:
Los actos de comunicación Judicial se regulan en el Capitulo V (art. 149 y sig) de la Ley de Enjuiciamiento Civil, si te interesa el tema de emplazamientos o citaciones a las partes aún no personadas, te recomiendo los art. 155, 156 y 164


Eso es, gracias, no me acordaba ;-) , ahora puedo buscarla en internet :mrgreen:
A ver, el tema es que este señor tenía dos domicilios, su casa y la vivienda de la comunidad. Según la LPH se le mandaron sendos burofaxes a ambos domicilios, que estaban incluidos en la demanda como sus domicilios (valga la redundancia). Eran 4 apartamentos, lógicamente los inquilinos no recogían la citación del juzgado para el juicio monitorio, y en su vivienda pasaba lo que he contado, él decía que allí no vivía nadie con ese nombre, que estaba equivocado.
Efectivamente se solicitó al juzgado por la parte demandante (la comunidad) que el juzgado averiguase otros domicilios, como dice el artículo 161 creo que era, y según el artículo 156 que tú bien has nombrado tiene que solicitarlo la parte demandante... pero es que el juzgado no consiguió nunca ningún otro domicilio (de hecho, el piso donde él vivía estaba en el registro de la propiedad a nombre de una entidad financiera que el BBVA compró allá sobre los 90, entidad a la que se lo compró el susodicho moroso), y según el artículo 156 otra vez, "4. Si estas averiguaciones resultaren infructuosas, el Secretario judicial ordenará que la comunicación se lleve a cabo mediante edictos". Pero el jodío juez seguía ordenando que intentasen notificarlo a su vivienda una y otra vez, y así pasaron años.

Yo no soy abogado, si tú lo eres que es lo que parece ;-) podrás hablar con más propiedad que yo puesto que en estas cosas sólo tengo mi experiencia laboral, y entiendo que a mucha gente puede costarle creerselo, pero te aseguro que así fue... y no es lo más raro que he visto. Una vez un juez me pidió que demostrara una relación contractual entre el moroso y la comunidad para poder reclamarle la deuda :-| :susto: No me preguntes como acabó la cosa porque ya ni me acuerdo, si tuviera que memorizar todos los monitorios que han pasado por mis manos acabaría loco :lol:
En fin, también es verdad que pasó sobre el 2008, así que puedo estar olvidándome de algo, pero también te digo que el abogado que llevó el caso lleva más de 10 años sacando monitorios para comunidades, conmigo 6 años en los que no ha perdido ningún monitorio. También es verdad que los monitorios por morosidad de las comunidades, siempre que no haya un defecto de forma ni nada del estilo de abuso de poder, es facilísimo ganarlos.

Saludos.
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faelitox
#15 por faelitox el 17/02/2011
El art. 156.4 fue modificado por la Ley 13/2009 de noviembre, porque antes no decía nada de que se ordenaría por el secretario, y si te digo la verdad todavía no conozco ningún Juzgado que haya hecho esto de oficio si tu no lo pides desde que fue modificada... Bajo mi experiencia cada Juzgado es un mundo a parte, puedes tener suerte y tocarte uno que funcione bien o no...

No confundas la comunicación previa que exige la LPH, con las citaciones-emplazamientos del Juzgado de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Como bien sabrás si no cogen el burofax comunicándoles la Junta, basta con poner la comunicación durante tres días consecutivos en el tablón del edificio (art 9-h LPH). Y que el administrador expida un certificado de constancia sobre ello. De hecho yo siempre hago las dos cosas para curarme en salud.

Un monitorio no se pierde nunca, porque o se gana porque no se oponen a él, o se transforma en el procedimiento correspondiente (verbal u ordinario) si se oponen :D

Estos juicios la única dificultad que tiene es lo que comentas de las notificaciones, deberían de modificar la Ley para asemejarla a la nueva reforma de arrendamientos, para agilizar los tramites, ya que yo considero muy parecidas las obligaciones de pago de una cosa y otra.


Es un tema complicado, porque siempre hay que velar por la seguridad del trafico jurídico, pero vamos, que en estos casos concretos de comunidades, tendrían que hacer como han hecho en los arrendamientos.

un saludo!
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