El organizador del evento, pero tu eres responsable de lo que lleves por tu parte en caso de inspección y algo no sea "legal" si el equipo y música son tuyos.
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Hombre, si el equipo es robado... apaga y vámonos!!!!! xDDDDDDDDDDDDD
Si, no está de mas que lleves un comprobante de compra de los temas que lleves... como hoy en día casi todo se hace online tampoco cuesta tanto. Pero eso es para situaciones un poco extremas en las que las cosas se pongan muy feas con una inspección de la sgae de la cual no quieras que dure mas que el rato que estén contigo ahí.
Nadie te va a pedir facturas de tu equipo, pero sí podría pasar sobre la música que lleves, como digo, en casos un poco extremos...
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Lo del equipo es por que algún accesorio del equipo es d segunda mano, por eso la duda.
Gracias por la información, muy importante. Un saludo
Las cosas de segunda mano también se pueden demostrar, mensajes, correos, etc... no hay problema... pero no será el caso, tranqui.
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mod
Hola.
Lo del equipo no es competencia de la SGAE ni de otra sociedad de gestión colectiva de derechos de propiedad intelectual. No lo van a mirar. Sólo si la policía sospechara o tuviera una denuncia podrá ir ella a hacer averiguaciones.
Lo de la propiedad de los temas, creo que, como ya apunta Nelumb, sería sólo en el caso extremo de que vean que el organizador no tiene la licencia correspondiente por parte de la SGAE que le permite que se pinchen temas en el evento del que es responsable y entonces quieran tirar de toda la manta.
Si lo tienes todo legal, y lo puedes llevar en una memoria USB, pues no está de más, pero si no tienes tiempo ahora de ponerte a buscar esas pruebas, no tiene mayor importancia. En caso de problemas, evidentemente se puede demostrar a posteriori.
Sí es conveniente tener un listado de lo que se va a pinchar. Aunque si a última hora cambias un par de temas por otros, tampoco va a pasar nada.
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Perfecto, gracias por las aportaciones .
Todavia no puedo decir nada , en cuanto me digan si o no, supongo que ya podré decirlo.
Aún no me han contratado, me han pedido una propuesta, y supongo que la discutirán entre otras
muchas . Prometo decirlo mas adelante .
El contratante es quien debe pagar el valor de los derechos de autor.
No debe el promotor, de cualquier tipo de evento, solicitar o recabar de cada uno de los artistas o intervinientes, la correspondiente lista de canciones u obras, y presentar la correspondiente declaración a la SGAE?
No debe existir y pagarse la correspondiente licencia a la sociedad de gestión pertinente atendiendo al tipo de espectáculo?
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Gracias.
Surgen mil preguntas:
- Si soy yo mismo autor-intérprete/ejecutante-promotor, qué debo hacer? Pensando en un bolo que tú mismo organizas en un pub. Declaro sin más a la SGAE o al dueño del local, que ya estará pagando su licencia SGAE para música en directo?
- Debemos ser legales y exigir en todos y cada uno de los bolos que damos, que se declaren nuestros temas a la SGAE? Sería lo suyo no?
- Y si organiza una asociación civil, ONG, etc, fuera de un establecimiento y es un espacio público?
bla bla bla...