He estado leyendo recientemente acerca de los requisitos legales para producir y vender un CD de música y tengo algunas dudas acerca de la compatilidad de utilizar plataformas como CDBaby o similares siendo, a su vez, socio de la SGAE.
En la web de CDBaby no he encontrado mención alguna al tema y, en SGAE, casi que mejor no preguntar...
Así que accedo directamente a vosotros ya que estoy planteándome publicar el año que viene algún álbum propio (algo sencillo, de temas para piano) pero a su vez, por temas de música en producciones audiovisuales que pasarán por televisión y demás, me conviene ser socio de la SGAE.
Las conclusiones a las que he llegado ahora, por lo que he leído en otros temas del foro, son:
1) Cuando se quiere producir un CD para su venta física, siempre, OBLIGATORIAMENTE, se debe contar con una licencia de la SGAE para demostrar a la empresa que fabrique los CDs y realice las copias que se han pagado los derechos correspondientes por la música utilizada, se sea o no socio.
2) Si no se es el autor de la música en cuestión, hay que pagar por anticipado los derechos correspondientes a la SGAE, que se calculan a partir de las tarifas de la propia SGAE según la cantidad de CDs a fabricar y su precio de venta al público.
3) Si por el contrario se es el autor de la música (y a su vez se es socio de la SGAE), parece que existe la posibilidad de solicitar un contrato de Autoproducción con la SGAE que permite a su autor autoproducir y vender su propia música evitando el pago por adelantado de los derechos de autor (porque le corresponden a él mismo), aunque se le descontarán después de lo que tenga que percibir por derechos generados.
4) Según parece en el caso de las ventas en plataformas digitales (iTunes, Spotify, etc.) todo esto no es necesario si se afirma que se es el propio compositor de los temas. No sé qué requisitos solicitarán en el caso de utilizar música de otros autores.
Ahora bien, esta empresa en concreto (CDBaby, aunque imagino que otras similares también), además de ofrecer distribución mundial en plataformas digitales, también permiten crear CDs para su venta física.
En ese punto, yo me pregunto: ¿solicita también CDBaby el mencionado contrato de Autoproducción con SGAE para proceder a realizar las copias?
Luego existe otra cuestión y es que veo que CDBaby también gestiona y recauda para sus usuarios el dinero correspondiente tanto por las ventas y descargas, como por los derechos generados por su uso en vídeos y plataformas como YouTube, etc. ¿No será eso incompatible con ser socio de la SGAE? ¿No se supone que esa recaudación y pago debería hacerlo SGAE para sus socios?
Si alguien tiene algo de experiencia en el tema, a ver si aporta algo de luz, que lo veo todo muy confuso... Mientras seguiré indagando.
¡Gracias!