Facturar sin ser autonomo...y otras movidas

oneneuron
#1 por oneneuron el 10/11/2011
Hola chicos.
Si ya lo se que aqui se discute de Pa,ajuste, cacharritos, formulas y freakadas variadas.
Peró lo de controlar un poco el mundo facturas/contratitosfreelance etc. ya es parte de el trabajo, y seguro que alguien le ha pasado algo parecido alguna que otra vez.

Bueno total voy a intentar ser breve.
Para un par de dia de bolitos que tengo que hacer, para poder ganar mas y tambien es la forma mas rapida y facil en este caso.
En lugar de hacerme contractar por empresa me conviene facturar por mi cuenta sin ser autonomo.

Que yo sepa cada trabajador puede facturar al año unos 3000€, sin darse de alta a autonomo, o por fuera de una nomina.
Eso se hace por ejemplo en caso de que tengo una nomina como yo que se, camarero o dependiente de una tienda, y por ejemplo, un domingo voy a casa de alguien a pintarle el dormitorio.

Mi preguta es que si lo ago, me estoy contemporaneamente poniendo de alta en la seguridad social o no. O como funziona la cosa en el especifico.

Sabeis algo al respecto?
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yuanx
#2 por yuanx el 11/11/2011
"Que yo sepa cada trabajador puede facturar al año unos 3000€,"

FALSO



Podrías decirlo de esta otra manera:
- "Puedo ganar hasta 3000 euros anuales sin necesidad de declararlos"


Nada que ver con hacer facturas sin ser autonomo/empresa.
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RSendra
#3 por RSendra el 11/11/2011
No, no puedes factruar ni un solo euro si no eres autónomo... aunque Hacienda "acepta" el fraude hasta 3.000 euros.
Legalmente, tu única opción es mantener el contrato que tienes y hacerte autónomo para la facturación de esos servicios, lo que además impulsará enormemente tu capacidad de aportación al estado (pagarás muchos más impuestos... total, el que trabaja en dos sitios es pq quiere ganar mucha pasta sin neceisdad). Otra opción es haceerte autónomo, prescindir del contrato laboral que tengas (y cambiarlo por uno mercantil o facturando tus servicios)... con lo que conlleva.

Jodido tema.

Un saludo
R. Sendra
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Max
#4 por Max el 11/11/2011
...bueno, discrepo un poco porque cada caso es un mundo y cada trato por parte de las administraciones, es otro.

...aquí tienes una información más sobre el largo y ancho mundo de "facturaciones sin ser autónomo".


http://www.linux-party.com/modules.php?name=News&file=article&sid=4519
http://www.linux-party.com/modules.php?name=News&file=article&sid=4526

...es verdad que hay muchas teorías, mitos, bulos, etc., sobre el tema. Esta es una información más.



:cool:
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vagar
#5 por vagar el 11/11/2011
Lo primero hay que distinguir entre Hacienda y Seguridad Social.

En Hacienda no hay distingos: si realizas una actividad remunerada tienes que hacer factura, con IVA y retención. Cada tres meses tienes que declarar el IVA y cuando hagas la declaración de la renta tienes que declarar lo que has facturado como parte de tus ingresos. Cualquier otra cosa es ilegal y sancionable, además de insolidaria.

Respecto a la SS, la ley es ambigua al respecto. Estás obligado a darte de alta si realizas una actividad remunerada "de forma habitual". Qué es "habitual" o no, no está legislado. En caso de conflicto lo tiene que decidir un juez.

En este enlace lo explica muy bien, y he leído análisis parecidos en la revista de la OCU:

http://noticias.juridicas.com/articulos/40-Derecho%20Laboral/200710-21987457635124.html

Básicamente, si es un trabajo claramente esporádico y no ganas con ello más del SMI, tienes bastantes posibilidades (pero, ojo, nunca garantías) de que la SS no te denuncie.

Si quieres asegurarte 100% de que todo es legal, puedes asociarte a una cooperativa de trabajo asociado, como freelance.es, que te llevan todo el papeleo pero que se comen alrededor del 30% de comisión.

EDITADO: lo que cuentan los enlaces que pone Max coinciden exactamente con otras informaciones que yo he leído al respecto.
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2
RSendra
#6 por RSendra el 11/11/2011
Los dos enlaces son tremendamente esclarecedores, lo que hace mi entrada inútil. Gracias por la aportación.
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Max
#7 por Max el 11/11/2011
...aún así, si emites una factura "ocasional", con tus datos, domicilio, DNI, ect., con "iva incluído", NO PASA ABSOLUTAMENTE NADA:

...me explico y desde mi experiencia personal:

...hago bolos y fiestas privadas. Pero lo que antes eran fiestas fijas-anuales, ahora con la crisis se ha convertido en ocasionales.

...tengo un amigo en hacienda que me informó en su momento sobre "los peligros" e "ilegalidades" a nivel fiscal y sus multas (que es lo que nos preocupa a todos).
...pues bien, he emitido facturas con mis datos y sin ningún problema. La factura más elevada fué de 2.500 €, otras de 700 €, 500€...etc. Pero como digo, de manera "ocasional". En muchas otras ocasiones, reconozco que he cobrado sin facturar. Lo llamado "en negro" o "en B".

...al igual que la ley establece sanciones para los infractores, también la misma ley marca los plazos y la manera de hacerlo. Y si te pillan, debes saber que te pueden sancionar y deberás pagar la multa correspondiente.

...si haces facturas continuamente, ten por seguro que es más fácil que te "pillen" y te manden una carta para que declares aquello que a ellos les figura como "facturado".

...vamos, que aunque hayas facturado 30.000 € en bolos al año a diferentes empresas y clientes. Hacienda al comprobar las facturas pagadas y declaradas (que esa es otra) por los pagadores, pues es cuando comprueba la veracidad de esas facturas. Y si "dan el cante", al final te requerirán confirmación personal y en su caso, ponerte al corriente de unos pagos que no has hecho (por listillo) y con su correspondiente recargo legal o sanción.

...como digo, si vas a facturar un bolo al mes, y con cantidades irrisorias, no te va a ocurrir nada ni tampoco hacienda te va a perseguir. Los inspectores de hacienda no son tontos y entienden y comprenden (en estos tiempos más si cabe) que es ilógico darte de alta con todos los gastos que conlleva para una "facturación ridícula" y puntual.

...otra cosa es que actúes como empresa pirata, a gran escala y con un fraude desproporcionado.

...hay que tener una cosa en cuenta. Yo soy como dice la canción "si te ha pillado la vaca..jódete, jódete" , pero si la vaca no te pilla, lo demás es cosa tuya.

...yo en tu caso, emitiría una factura, con un número, fecha, dni, cantidad y con iva incluído (lo cobras, por supuesto) y espera a que hacienda te llame (si es que lo hace)

...si en 4 años no te llama. La vaca no te ha pillado. Pero es un riesgo que debes correr.


....que nadie interprete ésto como una "apología" del fraude. Pero quede claro que fuí durante tiempo autónomo y por facturar por módulo (mal aconsejado), estuve haciendo "el primo" y pagué dinero hasta cuando no debería. Hacienda lo comprendió y me dijo que era la ley. Y que es lo que hay (había). Entonces seguí los consejos de la persona que me atendió y ahora actúo igual que ellos. Con la ley.



:cool:
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1
Gracias a todos
#8 por Gracias a todos el 11/11/2011
También puedes hacer notas blancas, notas de avión, en fin , papel mojado, lo que es la B de toda la vida, mira las putas, ¿te han dado factura aguna vez?
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Max
#9 por Max el 11/11/2011
Carmelo Pezuña escribió:
mira las putas, ¿te han dado factura aguna vez?


...a mi es que nunca me han cobrado :juas:








:cool:
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joanfornes
#10 por joanfornes el 11/11/2011
Max escribió:
a mi es que nunca me han cobrado


Y yo solo voy con "negras".....
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Gracias a todos
#11 por Gracias a todos el 11/11/2011
Yo con corcheas, que tocan a más; a veces con puntillo.
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musicacho
#12 por musicacho el 11/11/2011
Realmente no pasa nada por que no se sulele investigar pero es cierto que sin una licencia Fiscal y alta de autonomo te puedes buscar un marron por un lado y por otro si te llega una inspeccion de trabajo ye te coge en el sitio la sancion va de 3000€ para arriva pero ya es cosa de cada uno cuando se puede trabajar en B por que no pero hay que saber que si te enganchan la leche no suele ser pekeña.

Saludos musicacho.

P.D:De echo en Valencia en un Salon de Bodas hace cosa de 6 meses entro una inspeccion y los camatas saltaban la valla como si vinieran de Marruecos pero al de la disco se lo follaron y siempre es lo mismo denuncia el que han echado del Salon por meterse otro mas barato que efectivamente ni paga autonomos, ni altas ocasionales de trabajadores ,ni hace trimestres, ni paga gestoria en fin os podria hacer llorar con el asunto.
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oneneuron
#13 por oneneuron el 11/11/2011
Ah vamo que al final lo de la famosa cosa de los 3k euros es que hacienda cierra un ojo.

Lo de hacerme autonomo, con lo que questa y en noviempre de plena crisis, solo para un par de dia de bolos a 200€ por dia, onestamente como que no lo veo.

Es que habia piensado de facturar yo, porque la empresa que me da de alta estos 2 dias, se chupa unos 80€ por dia, justificandolo como "gastos de gestion"
Quiero decir que el presupuesto final que el cliente va a pagar solo por mi son 560 por 2 dias en lugar de 400, mas iva y tasas, que ahora no he calculado pero no creo que llegue a los 500 vamos.
Ya lo se que es "normal" en la mayoria de las empresas que hacen contractos de freelance.
pero como que este bolo es un caso un poquito particular, justo estaba piensando, "si teneis que cobrar 160€ por hacer una factura, total la voy a hacer yo, me pago yo mis cosas y lo que queda me lo cobro yo".

Solo que creia que hacer esta cosa era totalmente legal, y no que era medio trampilla pero con sumas bajas hacienda "cierra un ojo".
Mas que si me pillan o no, es que quiero pagar lo que me toca, cotizaciones ecc..
y lo de el B nunca me ha molado.

De toda forma muchas grazias por las aclaraciones
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Marqués de Rabotieso Baneado
#14 por Marqués de Rabotieso el 01/12/2011
Yo tuve que ir en julio a una gestoría a informarme ya que un ayuntamiento me pedía una factura para un bolo. Al cobrar menos de 3000€, me dijeron que directamente hiciese una factura con mi nombre y DNI, sin más, porque los ayuntamientos no declaran las facturas inferiores a esa cantidad. Presenté la factura en cuestión y sin novedad hasta hoy. Casualmente el día 10 de este mes repito la operación con una asociación vecinal a la que después el ayuntamiento tiene que soltarle la gallina por el bolo.

Sobre el tema de una posible inspección de la seguridad social, al menos en Galicia la ley dice que a los músicos que no estén constituídos como empresa les tiene que dar de alta quien los contrate, ya sean asociaciones vecinales, comisiones de fiestas, salas de fiestas, etc., así que si el día 10 se presentan los inspectores pidiendo cuentas será a la parte contratante a quien se le caiga el pelo por no dar de alta a los trabajadores (no me han pedido documentos así que doy por hecho que no lo van a hacer). Puede sonar raro pero la ley funciona así en Galicia. Supongo que las competencias de estas cosas las lleva cada comunidad a su manera.

Yo duermo tranquilo.
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Marqués de Rabotieso Baneado
#15 por Marqués de Rabotieso el 01/12/2011
Cito:

"Si los Ayuntamientos, Juntas Vecinales o Comisiones de Fiestas proceden a la contratación directa de una orquesta que no es propiedad de una persona física, jurídica o comunidad de bienes, es decir, si la orquesta está formada por un grupo de músicos que se constituyen en una unión de hecho cuyo único vínculo es el rótulo comercial, nombre de la orquesta, los Ayuntamientos, Juntas Vecinales o Comisiones de Fiestas deben ser considerados organizadores de espectáculos públicos y, por lo tanto, empresarios de los artistas y músicos debiendo lógicamente instar su alta y baja en el Régimen General de la Seguridad Social e ingresar, en tiempo y forma, las cuotas correspondientes que por todos los conceptos recauda el sistema de la Seguridad Social, puesto que realmente lo que se ha producido es la contratación acumulada y simultánea de un numero determinado de músicos (Real Decreto 84/96, de 26 de enero, Reglamento General sobre Inscripción de Empresas y Afiliación, Altas, Bajas y Variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social y Reglamento General sobre cotización y liquidación de otros derechos de la Seguridad Social, Real Decreto 2.064/95, de 22 de diciembre)."
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