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https://www.elmundo.es/espana/2021/06/30/60db49a7e4d4d837298b4650.html
Vaya, no se si esto quiere decir que cuando una pareja (o un individuo, supongo que no se trata solo de parejas) del tipo que sea va a alquilar un piso ha de anunciar su condición sexual y por escrito. Si no, no me queda claro porqué el dueño de la vivienda tiene por que saberlo. ¿O habrá un aguia de identificación para caseros y jueces?
Se me hace dificil entender como se demuestra (legalmente) algo así si no se ha explicitado de alguna forma.
Por otro lado, si a un casero no le gusta el candidatoae por otros motivos (que no le de confianza) y resulta que ese individuo es gay, ¿como queda claro el motivo?.
Y por último ¿como se demuestra legalmente que se es gay?. ¿Con fotos?.
En el árticulo:
Alguien escribió:
El Ministerio afirma que se trata de una cuestión "fundamental en el derecho antidiscriminatorio", que se contempla ya en otras leyes vigentes vigentes y que su origen está en la normativa europea.
Pues estaría bien conocer esas leyes y como están funcionando para entenderlo mejor.
Alguien escribió:
Eludir una sanción por una denuncia como la de ese casero que discrimina puede no ser tan sencillo. Según el Ministerio de Igualdad, la ley establecerá un régimen "que se basa en la inversión de las normas relativas a la carga de la prueba". Es decir, que será el denunciado el que deba probar que no ha discriminado.
No entiendo como se hace eso legalmente tampoco, ni donde queda eso de que no hay que demostrar la inocencia sino la culpabilidad.
Habrá que ver en que queda, aunque está hecho en colaboración con el ministerio de justicia, supongo que estará todo bien atado aun siendo un anteproyecto.