Os expongo mi duda. Resulta que hace un par de días un amigo mio que trabaja en una empresa que está empezando me pidió el favor de que le hiciera una musica para la imagen corporativa de la empresa. Según me dijo sería una grabación de un minuto aprox. Y como estoy pegado en el tema de las sintonias de publicidad (ya que esto lo tengo como hobby), por eso os pregunto a los que teneis mas experiencia. ¿Una música de un minuto aprox es obligatorio registrarla?, lo digo porque es visto y no visto. Mas que por mi (que lo haré por amor al arte) es por si no quieren que llegue otra empresa y utilize la misma música. O sea, que no se como van esas cuestiones legales. Si hay que registrarla, ¿quien la registraría? ¿ellos como propietarios o yo por componerla?. Joer, que follón pa una chuminada de un minuto....
Quizas me he equivocado de foro para esta duda, pero ya está hecho....