Propiedad Intelectual 2018

blkr
#1 por blkr el 21/08/2018
Hola:
Hablo este hilo para hacer acopio de información sobre el registro de la autoría de obras musicales, con todas las alternativas posibles existentes a día de hoy (año 2018 d.C.). Expongo mi caso concreto: tenemos varias canciones grabadas en estos últimos meses y queremos colgarlas en soundcloud y enviarlas a algunos sellos; sin embargo previamente nos gustaría tenerlas bien registaradas para que no empiecen a circular por ahí sin que esté todo bien hecho.
Haciendo un poco de búsqueda y preguntando a amigos que han registrado obras, como principales alternativas sugeridas han salido: registro de la propiedad intelectual, http://www.safecreative.org y Creative Commons. Ya sé que la finalidad no es la misma, pero algunos sugieren registrarlos en la SGAE.
Por lo que he podido ir leyendo, Safe Creative parece ser que era una alternativa interesante y gratis, pero desde hace unos años han empezado a cobrar a partir del año después de haber registrado una obra.
No sé si alguien con experiencia en alguno de los tres servicios puede aportar su granito de arena. También sería interesante saber si alguien ha descubierto algún otro servicio.
Saludos y gracias de antemano a todo el que se anime a participar en el hilo.
Subir
OFERTASVer todas
  • -11%
    Focusrite Scarlett 8i6 3rd Gen
    177 €
    Ver oferta
  • -40%
    Roland SPD-20 Pro BK Octapad
    398 €
    Ver oferta
  • -48%
    Behringer Powerplay P16-M Personal Mixer
    129 €
    Ver oferta
AGK
#2 por AGK el 21/08/2018
Yo lo hago con la SGAE y todo bien. Se que no tienen buena prensa pero la verdad es que a mi me va bien. Hay que hacerse socio (no se si cuesta algo la primera cuota) y luego las sucesivas obras se pueden registrar online sin coste adicional. Creo que, siendo pragmáticos, es la alternativa más eficaz.

Que yo sepa solo la SGAE (no se si alguna otra entidad también) tiene legalmente la capacidad de recaudar los derechos de autor. Las que menciona #1 creo que no tienen esa capacidad. Creo que solo servirían para acreditar la autoría pero no para recaudar los derechos.

Saludos
Subir
blkr
#3 por blkr el 21/08/2018
Hola:
Gracias por la aportación. Tengo entendido que la primera obra piden partitura escrita y luego el resto ya las puedes ir subiendo desde tu cuenta online, ¿no?
De todos modos, por lo que he entendido de lo que he leído, aparte del registro en SGAE para cobrar los derechos de autor habría que hacerlo también en el registro de la propiedad intelectual, ¿puede ser?
Subir
Australia mod
Nuevo post
El topic está cerrado y no se admiten respuestas