erva escribió:
Hola:
Discúlpen que me meta en este barrio. Según tengo entendido el registro sobre música escrita, lo básico es la linea melódica y la armonía. Si compones ambientes sonoros (pad gaseosos y elementos extraterrestres) dentro de un tema, esta parte no hace falta registrarla, pues será parte del arreglo, y los arreglos no tienen, a estos efectos, propiedad intelectual, ya que no hay manera de definirlos. Si compones para un documental cualquier tipo de efecto sonoro, entonces se registra como banda sonora en un simple CD-Rom. Los arreglos (contrapuntos, modulaciones, efectos) no interesan para nada a la hora de un plagio, aunque jode que te roben un invento de este tipo.
Un saludo
Erva
Pues los arreglos sí que tienen importancia a la hora de plagiar,porque estás tocando notas,modulaciones acordes o líneas melódicas y éso sí se registra;quien no quiera registrar arreglos ,allá él/ella,pero sí que se registran como arreglos.
De hecho yo puedo no componer una canción y sólo hacer los arreglos de la misma,y el compositor de la obra,registrará su línea melódica y los acordes de la canción como armonía de la misma,pero yo puedo (y debo) registrar todos y cada uno de los arreglos que hago.
Otra cosa es hablar de presets utilizados o de efectos sonoros,por supuesto que de éso no se trata el plagio;estoy hablando de las notas que se te ocurran tocar con cualquier preset gaseoso-líquido-sólido que estén DEFINIDAS con altura y duración dentro de una clave.
Hay algunos presets que no tienen definición clara sónicamente,pero igual a la hora de ejecutar el arreglo,estoy tocando alguna nota para que éste suene,con lo que puedo definir de ésa manera el arreglo,y así registrarlo.
Saludox.