SGAE - Registro Online "En tramite" ¿cuanto tarda?

ReyDeLosBandidos
#1 por ReyDeLosBandidos el 24/11/2016
Hola.

Acabo de registrar unas canciones con la sgae, subo la letra, el fichero mp3 y observo que no aparecen inmediatamente como registradas. Luego voy a "Estado de tus registros" y observo que están como "EN TRAMITE".

¿Tardan mucho en pasar a registradas?

¿Alguien lo sabe?

Muchas gracias
Subir
OFERTASVer todas
  • -29%
    Sinte analógico de bajos Donner B1
    99 €
    Ver oferta
  • -6%
    Elektron Digitakt II (B-Stock)
    939 €
    Ver oferta
  • -13%
    Roland Juno-D6
    839 €
    Ver oferta
kamikase ♕ ♫
#2 por kamikase ♕ ♫ el 24/11/2016
En el caso de España no lo sé, pero cuando registro canciones "online" en SCD Chile, el tramite demora no mas de 10 o 15 días en aparecer como "registradas".
Imagino que en España debería demorar mas o menos lo mismo. además teniendo en cuenta que es un trámite gratuito (por lo menos en mi caso), no hay mucho mas que reclamar...

Edito: Veo que en tu caso subes para registrar un MP3.
Supongo que ese MP3 tendrá que ser transcrito a partitura, así que el trámite en tu caso debería ser mucho mas largo.

Aquí (en SCD) solo subo la partitura y la letra.
Subir
ReyDeLosBandidos
#3 por ReyDeLosBandidos el 24/11/2016
No creo que lo transcriba nadie gratuitamente en la SGAE, no me lo imagino jejeje.

:-)

A ver si alguien lo ha hecho y me dice...

Gracias!
Subir
Inxu
#4 por Inxu el 24/11/2016
Si ya tienes cuenta de socio sgae, necesitas al archivo de audio , la letra y el documento de registro escaneado con las firmas de los autores si los hubiera y reparto de porcentajes.
Tardan bastante , creo que lo último que registre tardo un mes aprox.
Subir
ReyDeLosBandidos
#5 por ReyDeLosBandidos el 24/11/2016
Si, ya tengo cuenta, ya he subido el MP3, solo queria saber cuanto tarda de "EN TRAMITE" a registrada.

¿Un mes? Joppp. :-(

Graciassss
Subir
1
Australia mod
#6 por Australia el 25/11/2016
Sí, la SGAE acepta MP3. Pero el registro de la SGAE no es el registro de propiedad intelectual (RPI), no es donde se registra si se es el autor de la obra. Es nada más, y nada menos, que un registro donde quien declara tener los derechos patrimoniales (de comunicación/difusión y explotación, por simplificar) declara ceder la gestión de esos derechos a la SGAE. SGAE antes sí exigía partitura, pero no se encargaba de registrar la obra en el RPI, había que pedírselo específicamente y pagarlo aparte, claro. Mi hipótesis es que, como pedir partitura dificultaba que la gente se hiciera socio y/o que tuviera actualizado el registro de cesión de todas sus obras pasadas, presentes y futuras (obligatorio cuando te haces socio), se han planteado que, en realidad, para esa cesión la legislación no dice nada de que haya que tener un registro con partitura.
Pero estamos en lo de siempre: si alguien que tenga "tu" obra registrada con el RPI, aunque sea posteriormente a tu registro con SGAE te demanda por plagio, te toca a tí demostrar que en realidad no plagiaste porque ese alguien no tenía derecho a registrarla en el RPI en esa fecha, porque era tuya. Tienes que tirar de un MP3 y entonces lo mismo entramos en si el fichero registrado tiene marca informática que un juez considere como prueba válida de la fecha de registro, o que necesita que un técnico transcriba tu MP3 a partitura para compararla con la registrada en el RPI por el demandante, o...
En definitiva, el registro SGAE no es que no sirva para demostrar autoría y no es que el registro en RPI sea incontestable, es que la ley establece que el RPI es una prueba que se tiene que aceptar de partida en un juicio y todas las otras tienen que demostrar y convencer al juez que son más fiables a la hora de establecer la autoría / propiedad, tanto como para invalidar dicho registro en el RPI.
Subir
ReyDeLosBandidos
#7 por ReyDeLosBandidos el 25/11/2016
Si, Australia, si eso lo tengo claro. Solo quería saber en la SGAE cuanto tarda de "EN TRÁMITE" a registrado. (Independientemente de que sirva más o menos, en este caso no me preocupaba lo de los juicios). Pero muchas gracias como siempre a todos, sois de gran ayuda. Me encanta hispasonic. Llevo aqui 11 años y me da que seguiré mucho tiempo más. :-)
Subir
kamikase ♕ ♫
#8 por kamikase ♕ ♫ el 25/11/2016
Estas seguro que el registro en SGAE no es simultaneo también en RPI¿?

Aquí al registrar en SCD el registro en RPI es automático y simultaneo, no se podría gestionar una obra no declarada legalmente en PI.
Subir
1
Inxu
#9 por Inxu el 25/11/2016
#6 bueno lo de la partitura no es del todo asi ,, si no eres socio y vas a presentar tu primera obra si te piden partitura, pero hay una puerta de atras que usa muchísima gente , registrar algo a medias con algun autor que sí es socio Sgae,,, a posteriori cuando ya esta aprovado el registro y va uno a hacerse socio y le piden la partitura , el sujeto solo tiene que decir,, " no , si yo ya tengo "X" registrado como autor junto con el socio X" entonces se habre la posibilidad de hacerte socio y una vez teniendo la cuenta on line ,, blablablablablabla
Subir
udog
#10 por udog el 25/11/2016
ReyDeLosBandidos escribió:
¿Un mes? Joppp. :-(

Por lo menos, o ese ha sido mi caso tambien.
Subir
Australia mod
#11 por Australia el 25/11/2016
kamikase ♕ ♫ escribió:
Estas seguro que el registro en SGAE no es simultaneo también en RPI¿?

Esto es lo que dice la SGAE en esta página de su web (http://www.sgae.es/es-ES/SitePages/corp-registratusobras-musica.aspx): "Si lo que buscas es la protección legal de tu obra, te aconsejamos que también la registres en el Registro de la Propiedad Intelectual. No obstante, nuestra entidad también proporciona este servicio a través de Secretaría General por un importe equivalente a las tasas propias de dicho Registro". Por tanto, no parece que lo hagan automáticamente.
Inxu escribió:
si no eres socio y vas a presentar tu primera obra si te piden partitura

Tienes razón: sólo cuando eres socio (para lo que tienes que haber declarado tu cesión de los derechos de al menos una primera obra) te dan la posibilidad de usar el procedimiento telemático. Y es cierto que, para la primera obra piden partitura, por lo que te ofrecen que "Si no puedes aportar partituras, ponemos a tu disposición un servicio de transcripción de tus obras musicales a partituras".
Inxu escribió:
hay una puerta de atras que usa muchísima gente, registrar algo a medias con algun autor que sí es socio Sgae

No entiendo a esa gente. Seguro que habrá entre ellos los de indignación continua y llena de aspavientos con la situación laboral de los músicos y luego hacen el pino con las orejas para no pagar a nuestros colegas músicos que son capaces de transcribir una obra a partitura (conocidos como copistas). Que, por lo que he visto alguna vez de los precios, lo que piden son miserias. Y espero que por lo menos registren con uno que sí es co-autor junto con ellos de esa primera obra. Si no, es que, vamos... :machaca:
Subir
1
ReyDeLosBandidos
#12 por ReyDeLosBandidos el 30/11/2016
Jejeje, aqui sigo esperando a ver si pasa de "EN TRÁMITE".

Respecto a lo que comenta #8 y algunos comentarios anteriores...

Se supone que uno es autor de la obra por el hecho de serlo.

No tenemos más que ver el caso Kiko Rivera. Que después de hacer la canción publicarla etc le ha tocado pagar.

Si uno registra una canción en mayo, pero otro puede probar que la hizo en enero... me da a mi que aunque no tenga RPI, ni SGAE ni nada... si lo puede probar... tiene todas las de ganar. Pero hablo desde la casi total ignorancia.
Subir
Australia mod
#13 por Australia el 30/11/2016
ReyDeLosBandidos escribió:
Si uno registra una canción en mayo, pero otro puede probar que la hizo en enero... me da a mi que aunque no tenga RPI, ni SGAE ni nada... si lo puede probar... tiene todas las de ganar.

Sí. Pero fíjate, que le toca a él probar que la canción no es del otro que la registró más tarde y que tendrá que elaborar más las pruebas, primero para que se acepten en el procedimiento jurídico y segundo para que se consideren más válidas que las del registro. Al que la tiene registrada le basta con decir "aquí tiene la prueba de lo que registré el día tal".
No tengo nada claro que se ganara el pleito contra KR basándose en demostrar una autoría sin tener la misma registrada, como sugieres. Más bien, parece que el autor (GF) "registró" su tema con la SGAE (lo de las comillas es porque - lo sabéis los que leéis mis comentarios - insisto en que no se confunda el registro de la cesión de la gestión de los derechos patrimoniales con la SGAE con lo que es un registro de la autoría, que se hace en el Registro de la Propiedad Intelectual) y posteriormente KR hizo lo mismo de su versión, sin informar de que era una versión, sin indicar por tanto la obra original y sin aportar la licencia para hacer dicha versión. La defensa de KR fue que los dos (GF y KR) tenían sus tratos previos, que de hecho habían hecho la versión juntos y que el registro "incompleto" por KR era temporal hasta que GF aclarara sus líos con su propia discográfica y poder entonces reconocerlo como autor... En fin, no veo por ahí el emoticono de "vómito" que es lo que me produce escribir de esta gente. Así que a lo que voy: es bastante probable que el juicio lo ganara GF por tener un registro anterior y no poder KR demostrar que su versión estaba autorizada, con lo que se considera plagio del tema de GF.
Subir
iglú
#14 por iglú el 30/11/2016
Mi último registro tardó casi dos meses, paciencia
Subir
ReyDeLosBandidos
#15 por ReyDeLosBandidos el 01/12/2016
#13 Australia

No lo tengo muy estudiado el caso pero en la tele una de las pruebas que salia era que la canción estaba registrada en 200X y el otro aportó videos de conciertos del año (200X - algo) cantándola él. Si yo la canto tres años antes de que tú la compongas... una de dos o tú no lo has compuesto cuando dices que la has compuesto o yo la he compuesto antes que tú.

Por cierto... una cosa es que esté claro que ganes el juicio (que yo claro en el momento que hay abogados por medio no tengo nada en esta vida) y otra que puedas ganar. En cualquier caso si... lo más seguro por este orden: 1.- haz tus canciones 2.- RPI 3.- Otros si quieres 4.- distribuye.
No seré yo quien le quite su legitimidad a la RPI.

:-)
Subir
Hilos similares
Nuevo post

Regístrate o para poder postear en este hilo