La Audiencia Nacional española acaba de anular las tarifas del canon digital [La sentencia está aquí disponible]. La sala de lo Contencioso entiende que la orden ministerial que lo regula es un reglamento y por tanto su aprobación requería determinados trámites relativos a memoria justificativa y económica y dictamen del Consejo de Estado, que no se hicieron. Por tanto está afectada de vicio radical. Una orden ministerial no requiere una memoria económica, pero un reglamento sí.
Por otra parte, la sentencia -que es recurrible- rechaza la pretensión de que se devuelva lo recaudado por el canon, por falta de competencia.
La SGAE dice que "vuelven a estar vigentes las tarifas del 2006" porque el fallo "no cuestiona la legalidad del vigente sistema de copia privada". La Asociación de Internautas, que presentó el recurso ante la Audiencia, dice que el canon digital "establece un abuso injustificado sobre los consumidores y un privilegio financiero discriminatorio a favor del sector privado".
La noticia completa, en el diario El País.