En una sentencia del pasado día 3 de octubre, publicada hace unas horas por el diario El Mundo, el Tribunal Supremo ha dado carpetazo a un recurso de casación presentado por Promusicae —la asociación que defiende los intereses de la industria discográfica— con el que pretendía luchar por su derecho a recabar la IP de los usuarios de redes P2P que infringían las leyes de propiedad intelectual.
El organismo judicial confirma así la sentencia de la Audiencia Nacional del año 2011, que consideraba que esa información era privada y estaba sujeta a la Ley Orgánica de Protección de Datos. Se trata del último capítulo de una batalla legal que se inició hace más de cinco años, cuando la patronal discográfica contrató los servicios de la empresa DtecNet Software para barrer internet, y pidió amparo a la Agencia Española de Protección de Datos.
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