¿Quién se queda con esos derechos, tú o los del concurso? Porque por mi experiencia, básicamente los organizadores se quedan con los derechos, o sea, que es un robo a mano armada. Pueden hacer lo que quieran con ese tema, y tú muy poco ibas a ver. Pero respondiendo concretamente a tu pregunta, creo que radios, etc., entran dentro de esos derechos de explotación.
Si cedes los derechos de explotación, cada vez que el tema fuera pinchado tu seguirías cobrando derechos de autor, porque los derechos de autor son irrenunciables. Pero eso sí, si se edita un disco con el tema de eso sí que no verás un puto duro.
He encontrado otro concurso donde también se habla de la cesión gratuita de los derechos de explotación.....
11. "CONSIDERACIÓN JURÍDICA DEL PREMIO" y "NORMAS DE PROPIEDAD INTELECTUAL"
El envío de los proyectos al concurso Nestor Festival implica la cesión gratuita por sus autores al departamento audiovisual del I.E.S Nestor Almendros, de los derechos de explotación de sobre los mismos, que comprenderán entre otros, los derechos de reproducción, distribución, comunicación y transformación, autorizándole para difundir libremente el contenido del proyecto en cualquier formato tanto en internet a través de sus páginas web, como a través de cualquier otro medio de comunicación y difusión en cualquier territorio del mundo con la finalidad de promocionar tanto el evento Nestor Festival como otros eventos similares que en el futuro pudiera organizar, promover o patrocinar IES Nestor Almendros. La cesión de los derechos de autor de los autores socios de entidades de gestión se regirá por lo dispuesto en las oportunos contratos-licencias suscritos con los usuarios para la utilización de las obras de su repertorio.
Es evidente que es simplemente para promocionar el evento. ¿Pero que significa a efectos legales? La "cesión gratuita de los derechos de explotación", quiere decir que... si en un futuro queremos editar un CD comercialmente con los temas presentados ¿tenemos que pedirle permiso para readquirir los derechos?
"autorizándole para difundir libremente el contenido del proyecto en cualquier formato tanto en internet a través de sus páginas web, como a través de cualquier otro medio de comunicación y difusión en cualquier territorio del mundo con la finalidad de promocionar tanto el evento Nestor Festival como otros eventos similares que en el futuro pudiera organizar, promover o patrocinar IES Nestor Almendros"
Lo que yo entiendo es que con el fin de promorcionar su evento (u otros posteriores), pueden hacer con tu música lo que quieran si que tú veas un céntimo de euro por ello. O sea, lo contrario de lo que dice altcala, así que no sé, la verdad, qué es lo real.
Los derechos de autor son inalienables y se deben pagar, lo que no se cobra en estos casos son los royalties o derechos de explotación cómo la venta del tema para un recopilatorio.
TONi
¿Entonces cómo es la cosa?, ¿que por la difusión de tu tema la SGAE te paga esos derechos, pero la empresa que pincha tu canción no? Joer, qué lio...
yo me abstengode participar en casi todo por eso,la mayor parte te obliga o a contrato con ellos o a ceder derechos...y si no quieres, al final el premio les sale rentable vamos :/