Duda SGAE

Augusto se
#1 por Augusto se el 16/04/2018
Buenos días a todos. Tengo una duda sobre si puedo llegar a tener problemas con la SGAE, el caso es que soy de Argentina y estoy viviendo hace medio año en España, me surgio una fecha para pinchar musica en una discoteca y tengo miedo por la procedencia de mi música. Generalmente las canciones que uso son remixs que descargo de internet de manera gratuita ya que los dj que los hacen los comparten simplemente por un like, una suscripcion a su canal de soundcloud o cosas por el estilo, muy pocas veces tuve que pagar por alguno de los remix que uso. Obviamente las canciones tienen derechos de autor ya que son canciones conocidas, pero mi intencion es usar los remix y no las originales.
En Argentina nunca tuve problemas por esto, pero se que en España la ley es un poco más dura y no quiero tener problemas.
En cuanto a la licencia del software la tengo de manera legal por lo cual eso no me preocupa.
Gracias a todos
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Australia mod
#2 por Australia el 16/04/2018
La discoteca que te contrata es la que tiene que preocuparse de tener las licencias pertinentes de la SGAE para usar derechos de autor de otros que han cedido su gestión a la SGAE o a otras sociedades equivalentes de otros países, pues éstas tienen acuerdos entre sí para hacer gestiones recíprocas.
Augusto se escribió:
las canciones que uso son remixs que descargo de internet de manera gratuita ya que los dj que los hacen los comparten simplemente por un like, una suscripcion a su canal de soundcloud o cosas por el estilo
Lo que pasa es que hay ciertos derechos de los autores a los que no podemos renunciar, aunque digamos que nos basta con un "me gusta" o similar. De la gestión de esos derechos se encargan obligatoriamente este tipo de sociedades de gestión (de otros derechos de autor se encargan sólo si nos hacemos socios de las mismas).
Augusto se escribió:
Obviamente las canciones tienen derechos de autor ya que son canciones conocidas, pero mi intencion es usar los remix y no las originales.
Hay dos posibilidades. Si esas remezclas no son realmente una versión con una diferencia tal respecto a la original por la que se tenga que considerar que tienen derechos de autor por sí mismas, entonces lo que legalmente estás usando al utilizar esas remezclas es directamente los derechos de autor de los originales. En el caso de que sí tengan suficiente originalidad respecto al original, tendrán derechos de autor por sí mismas (sobre la versión, lo que se llama "obra derivada"). Y tendrán que haber obtenido permiso de quienes gestionan los derechos de autor del original.
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