#987 El caso de Ángel Hernández, el delirio de una ley en todo su esplendor.
Según la ley, este hombre estaba en una condición de superioridad sobre la mujer. Por lo tanto ha sido un asesinato machista. Lo dice la ley: hombre que mata a mujer es violencia machista. Siempre. Sin matices. Sin estudiar caso por caso.
Se ampara en la Ley de Violencia de Género y en la doctrina del Tribunal Supremo, que determina que cualquier delito tipificado dentro de los relacionados con el homicidio que se hayan cometido contra quien sea o haya sido la esposa del autor o haya tenido una relación de afectividad análoga deben ser investigados por juzgados específicos.
articulo 44.1 a) de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
La jueza se ha amparado para hacerlo en la Ley de Violencia de Género de 2004 y en la doctrina del Tribunal Supremo, que en una reciente sentencia dictó que no es necesario probar "una específica intención machista" para considerar que una agresión es violencia de género.
Recientemente en el famoso caso de la pelea de una pareja en la que ella empezó a darle puñetazos y patadas y el se defendió con una ostia a mano abierta, el tribunal supremo dictaminó que su ostia tenía carácter de violencia machista y la de ella de violencia doméstica por lo que él recibió un sanción agravada. Desde entonces no es necesario que haya intención machista para que cualquier gesto violento de un hombre sea condenado como violencia machista.
Y aunque la eutanasia fuera legal seguiría siendo un caso de violencia de género, porque la LIVG así lo dicta y así lo ha ratificado el TS. Para la próxima legislatura se pretende ampliarla a fuera de la pareja, de manera que si también se legalizase la eutanasia seguiría siendo violencia de género cuando el médico sea un hombre y la paciente una mujer."A las mujeres las matan por ser mujeres, sin más causas ni matices."
Aquí simplemente se ha seguido la ley: Hay una mujer muerta. Hay un hombre que confiesa haberla ayudado a morir. De acuerdo con la doctrina del supremo es un caso de violencia de género de manual.
Por supuesto, si una mujer hubiera ayudado a un hombre a morir, como en el caso de Ramón Sampedro, no sería considerado violencia de género. Pero es que la ley de violencia de género es así.
El año pasado ya se contabilizaron dos casos similares como violencia de género, no es nada nuevo, pero ahora ha sido más mediático por haber sido en el caso que había puesto la eutanasia en el punto de mira pero ha habido infinidad de casos donde abuelos han ayudado a morir a sus mujeres estando estas enfermas al verse incapaces de darles los mínimos cuidados, y a pesar de no tener ninguna denuncia, de que sus familiares y vecinos digan que la pareja se llevaba perfectamente, han acabado enjuiciados por violencia de género y teniendo que aguantar la humillación de ver como la gente se reunía en los ayuntamientos en "actos de repulsa" hacia ellos.
Lo siento por este pobre hombre, pero también el anciano de 80 años que mató a su mujer con Alzheimer en Asturias y luego se suicidó fue considerado agresor machista cuando estaba claro que quería terminar con el sufrimiento de su compañera. Hubo manifestaciones y difamaciones en su contra. Nadie lo defendió. Descanse en paz.
Pero no acaba aquí, el delirio continúa:
La fiscalía recurre la decisión del juzgado 1ª instancia, CONTRADICIENDO LA DOCTRINA DEL TRIBUNAL SUPREMO. Esto es lo nunca visto en un estado democrático. No conformes con haberse cargado la igualdad ante la ley y la presunción de inocencia, ahora también se cargan la separación de poderes.
Dice la Fiscal: "concurren circunstancias y elementos que excluyen la violencia de género", nos ahorramos el juicio entonces.Añade la fiscal que la jueza "ha hecho una interpretación sesgada" de este fallo. Lo que viene a decir la sentencia es que no es necesario un móvil, pero eso no significa que baste con la relación entre las partes" (hombre agresor y mujer víctima). "No supone que la cuestión sea automática, sino que es necesario un contexto de discriminación y humillación". MENTIRA. SI ES automática. No es necesario ese contexto, es irrelevante. LO DIJO HACE 3 MESES EL TRIBUNAL SUPREMO.
La declaración del fiscal, en el último párrafo, entra en CONTRADICCIÓN DIRECTA con la doctrina que estableció el Tribunal Supremo hace 3 meses, a raíz del recurso anteriormente citado sobre el caso de la pareja de Zaragoza que se agredió mutuamente (habiendo empezado ella).
https://www.elmundo.es/espana/2019/01/08/5c34c8d9fc6c83eb128b467b.html
https://elpais.com/sociedad/2019/01/08/actualidad/1546959665_854962.html
http://www.rtve.es/alacarta/videos/telediario/supremo-fija-cualquier-agresion-mujer-violencia-genero-si-hombre-sido-pareja-ella/4930740/
¿Es una barbaridad juzgar a ese hombre por algo que no ha hecho? Bien. ¿Y acaso no se ha hecho lo mismo con MILES de hombres denunciados (en éstas y otras circunstancias) sin haber hecho nada? Dicen que se manda un mensaje "distorsionado" a la sociedad. ¿Y acaso no se manda el mensaje distorsionado cuando dicen que TODA agresión de un hombre a una mujer es violencia machista? ¿O que si un hombre agrede a su pareja, lo hace "por el hecho de ser mujer"? ¿O que cuando una mujer denuncia hay que creer sus palabras "sí o sí"?
Esa reciente sentencia del supremo así lo corrobora, es decir, no hace falta ninguna intención, actitud o contexto machista en la agresión o maltrato, sino que, que basta el mero hecho de ser hombre.