IRPF 2014.

ratio Baneado
#16 por ratio el 16/03/2015
Born® escribió:
Alguien escribió:
Deducción por alquiler de la vivienda habitual.
Se suprime la deducción por alquiler de la vivienda habitual, aunque de forma
transitoria se mantiene para algunos arrendatarios. Para ello resultará
necesario que el contribuyente hubiera tenido derecho a la deducción por
alquiler de la vivienda habitual en relación con las cantidades satisfechas por
dicho concepto, en un período impositivo devengado con anterioridad a 1 de
enero de 2015. Debiendo además mantener en vigor el contrato de
arrendamiento y seguir cumpliendo los requisitos de rentas máximas.
(Suprimido el artículo 68.7 y nueva Disposición Transitoria 15ª LIRPF)


Entiendo que a mi no me afecta,pero tendre que presentar el contrato o ya consta en acta ?

Gracias amoL
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Usura
#17 por Usura el 16/03/2015
Una pregunta Born. Si el partido que está en el gobierno tiene una contabilidad B y no paga a Hacienda, ¿el resto de ciudadanos podemos hacer lo mismo?

Mis dieses por el hilo. Está P.A.D.R.E.
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Born®
#18 por Born® el 16/03/2015
ratio escribió:


Entiendo que a mi no me afecta,pero tendre que presentar el contrato o ya consta en acta ?

Gracias amoL

Hola, yo entiendo que se refiere a alquileres realizados en 2015. Si tu tienes un contrato de alquiler, anterior a la fecha mencionada (1/Ene/2015), puedes seguir deduciendo de manera transitoria. Esto significa que tarde o temprano bye bye a la deducción. Si ya habías practicado deducciones, no hace falta que presentes nada, deduces igualmente y ya saltará el filtro en caso de que haya algún error o de que esté mal (no sería el caso).

Reverendo escribió:
Una pregunta Born. Si el partido que está en el gobierno tiene una contabilidad B y no paga a Hacienda, ¿el resto de ciudadanos podemos hacer lo mismo?


Por supuesto, es un precedente.... #-o :desdentado:
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Born®
#19 por Born® el 16/03/2015
Reverendo escribió:
Mis dieses por el hilo. Está P.A.D.R.E.


:satan:
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Born®
#20 por Born® el 07/04/2015
Bueno, pues ya tenéis abierta la campaña. Podéis mirar el borrador y los datos fiscales, si los tenéis disponibles. Suerte.

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Renta2014.shtml

También tenéis disponible el manual por si tenéis alguna duda que queráis consultar.

http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Informacion_institucional/Campanias/Renta/2014/Manual_Renta_2014.pdf
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kadeem
#21 por kadeem el 07/04/2015
Hola, yo tengo una duda,como no...jeje

En las retribuciones dinerarias, hay una empresa con las que trabajé, y me viene mucho menos dinero de lo que creo que tendria que reflejar...trabajé con ellos por unos 2000 euros y me viene reflejado 980, no se como se calcula esto, si es asi o esta equivocado.

No se si me he explicado medio bien...

Un cablecillo Born!
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Born®
#22 por Born® el 07/04/2015
#21

Hola, no te entiendo. ¿Cobraste 2000 Eur? Las cantidades que vienen en el certificado y que se tributan son sobre el bruto. En realidad debería aparecer algo más de lo que realmente has cobrado. ¿No será un error?
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kadeem
#23 por kadeem el 07/04/2015
#22 Aver si lo explico bien, sino te paso el borrador para que lo veas.

He trabajado en varias empresas en 2014. En la que mas he cobrado, en neto, lo que me ha llegado a la cuenta son unos 2000 euros mas o menos. Y en las retribuciones dinerarias que me marcan sobre esta empresa me ponen una cifra de 980 euros. Siendo en bruto supongo que me deberia aparecer mas de lo que he cobrado...Aver si esta empresa no ha pasado bien los datos.
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Ethenmar
#24 por Ethenmar el 07/04/2015
Chincheta puesta.

Suerte a todos.
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Born®
#25 por Born® el 08/04/2015
#23

Hola, pues es que realmente es extraño tanta diferencia. Piensa que la retención para esa cantidad son unos 50-60 Eur. Yo creo que se han equivocado, porque no me parece normal tanta diferencia.

#24


Gracias hamijo, luego si eso te invito a unas fantas.
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kadeem
#26 por kadeem el 08/04/2015
#25 Y donde tendria que asegurarme de que esta mal? En hacienda o en la seguridad social? Gracias por la respuesta!
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Born®
#27 por Born® el 08/04/2015
#26
Hombre, yo hablaría con el pagador. A ver si fue un error, o cuál es el motivo por el cual te pone ese concepto. Dudo mucho que haya ánimo de fraude.

En caso de que la intención sea fraude, te recomiendo ir a la Agencia Tributaria y comentarles que tu has cobrado una cosa y te han reflejado otra. Así te quitas las posibles inspecciones por parte de ellos, o la menos que vayan a por ti.
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kadeem
#28 por kadeem el 08/04/2015
#27 La cosa es que lo que doy por hecho de que esta mal, no se si esta mal o.es asi, pero la diferencia entre lo que cobré y lo que refleja son 1000 euros menos. Intentare hablar con ellos y aver que dicen. Sino tratare con la aeat.

Gracias!
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Born®
#29 por Born® el 08/04/2015
#28

Pero una diferencia de 1000 eur en la retribución, en ese intervalo, me parece una burrada. Mira, para que te hagas una idea; si cobras 2000 limpios, más o menos te ponen el Rendimiento Bruto unos 2150 (más o menos), y de IRPF unos 55-60 Eur. Con lo que si le quitas a esos 2150, los 55-60 de IRPF y la SS, más o menos se te queda en 2000. Como ves no hay una diferencia de 1000 Eur. Y esto que te cuento es un caso real, aproximado, pero real.
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ratio Baneado
#30 por ratio el 08/04/2015
A mi lo que me mosquea,es que cada año me dan 100 eur... este año pasado me han retenido mas,a ver que pasa...
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