DryWet escribió:Bueno, para centrar un poco el post, que creo que se ha ido bastante lejos de donde empezó, me gustaría que leyerais el artículo 20.5 de la Constitución Española:
Alguien escribió:Solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.
Y esto es precisamente lo que quieren saltarse, que el propio Ministerio, a petición de SGAE bloquee una web, y después decidir si es necesara la acción judidial, o no.
Ya no es cuestión de descargas si o descargas no, es que en democracia, el cómo es tan imporante como el qué
Eso digo yo desde hace tiempo, el cómo es tan importante como el qué. De todas formas ya han dado marcha atrás y han dicho que se necesitará una resolución judicial.
mikolopez escribió:¿Pero qué secuestro ni qué secuestro? ¿Y cómo que a petición de la SGAE? Será del autor en todo caso...
Lo de secuestro es una forma formal (valga la redundancia) de expresarlo jaja No le des más importancia
De todas formas, si es que es descarado. Eso que se ha dicho por aquí que se puede cerrar un local y hacer montón de cosas sin un juez... lo siento pero no es verdad. Para algo tan simple como cerrar la llave del agua de un piso para que el de abajo no se inunde, necesitas una orden judicial, sino la policia no te hace ni caso (os lo digo por experiencia propia). Hace falta orden judicial para millón de cosas, y para eso está el juzgado de guardia, si la policia o un ciudadano cree que algo es urgente y necesita una orden judicial, se va al juzgado de guardia, y si el juez así lo cree conveniente la expide.
Y es lo normal, porque estamos en una democracia, y si nos saltarnos las bases de la democracia cada vez que nos es cómodo, acabaremos perdiéndola. Y lo siento, pero esto es mucho más importante que cualquier autor que va a ganar 30 millones en vez de 300, por mucho que griten y pataleen.
De los comités "independientes" mejor ni hablamos, porque me entra la risa floja.
Saludos.