1) Partitura - Yo lo que hago mayoritariamente es pop-rock, es decir, canciones con música y una voz cantando encima (soy original, eh ?). Creo que les basta con la partitura con la base completa de acordes y la melodía principal de la voz. ¿ Es así ?
2) CD - He leído por ahí que se puede aportar un CD al registro. ¿ Sabéis si es así ? En caso de querer registrar 10 temas, cada uno individualmente, ¿ Hay que entregar 10 CD's con un tema en cada uno ? Si la partitura que se ha entregado en el punto 1 sólo tiene base y melodía, ¿ Es correcto entregar una versión en CD del tema completo, con baterías y demás ?
3) Plantilla Instrumental - He visto que es una de las cosas que piden que informes. Por lo que he leído se trata más o menos de enumerar los instrumentos que aparecen en el tema. ¿ Es correcto ? En tal caso, una cosa así: "1 batería, 1 bajo, 1 piano, 1 cuerda, 1 guitarra acústica, 1 guitarra eléctrica, 1 voz, 1 coros" , ¿ valdría ? ¿ ha de ser esta lista coherente con la partitura entregada (es decir, sólo enumerar "piano y voz", por ejemplo) ? Y cuando hablan de incluir también la de "Voz, si procede", ¿ A qué se refieren ?
En general, ¿ me estoy complicando mucho la vida y la cosa no es tan estricta ?
Si has llegado hasta aquí, ya mereces todo mi agradecimiento por tragarte semejante rollo...