Hola, en primer lugar comentar que soy director de desarrollo de negocio de Safe Creative, por lo que lo que aquí comento lo hago en nombre de ésta y no soy objetivo, aunque lo intento. Planteas varias cuestiones y voy a intentar tratar todas de la mejor manera posible:
Lo primero es señalar la validez jurídica de Safe Creative que está explicado en varios artículos según varias legislaciones en nuestra sección oficial del blog en la categoría de jurídicos:
http://es.safecreative.net/category/juridicos/ y sobre España aquí:
http://es.safecreative.net/2009/02/24/eficacia-juridica-y-probatoria-de-las-inscripciones-en-el-registro-de-safe-creative/
Los artículos han sido escritos por abogados y como se puede leer, como pruebas iuris tantum, los registros tienen su utilidad. Además la prueba se ha usado en algún juicio con buenos resultados, si bien todavía no podemos hacer públicos los detalles ya que la sentencia todavía está por salir.
Sobre las preguntas concretas, el soporte legal no es gratuito, si bien lo ofrecemos a un precio muy competitivo, y como servicio beta no sustituye tampoco a un abogado. Sí que sirve en cualquier caso para obtener una buena visión de cualquier problema relativo a los derechos de autor que podamos plantear y como paso previo a pasar ya a contratar un abogado según el caso al que nos enfrentemos.
Sobre si Safe Creative cierra, lo primero es precisar que tus obras están protegidas por ley, registres o no, registres en Safe Creative y/o en el RPI o no lo hagas. La protección está ahí, y las pruebas de autoría sirven en todo caso demostrar la autoría en caso de dificultad si bien seguimos pensando que el factor informativo y disuasorio son mayores ventajas hoy en día.
En el caso de que Safe Creative cierre, siempre podrás descargar previamente todos los certificados de registro y existirá una vinculación de la existencia de la empresa ante notario, si bien trabajamos para conseguir que los registros se puedan, llegado el fatal caso, pasar a otros servicios de registro, incluyendo la posibilidad de usar registros oficiales. En ese sentido y en primicia, os podemos comentar que a partir de ahora se puede, si se desea, realizar registros de las obras previamente registradas en Safe Creative en el US Copyright Office, el registro oficial de Estados Unidos, que es muy útil, ya que permite solicitar hasta $150.000 por infracción de nuestros derechos. Este registro en USCO tiene un coste, pero lo hemos ajustado lo máximo posible.
Sobre las partituras en nuestro caso opinamos que hoy en día es un anacronismo exigir tal cosa. De ahí que nos inspire el hecho de que lo ideal para identificar la obra es tener la misma, ya sea en pentagrama o interpretada, pues es bien fácil, si es necesario, peritar para observar si realmente ha habido un plagio, gracias a la canción tocada, o similar.
En cualquier caso te animamos a seguir registrando en Safe Creative, pero sin dejar de usar otros sistemas oficiales si así vas a estar más tranquilo, pues es indudable la utilidad de lo oficial, y dicho esto, creemos que el poder registrar en USCO ofrece grandes ventajas.
Cualquier cosa no dudes en contactarnos directamente por "contacto" a pie de nuestra home o escribirme a mpena (at) safecreative.org. Puedo tardar en contestar porque estoy de baja por paternidad hasta primeros de Junio.