Safe Creative... ¿qué opináis?

dreamtopia
#1 por dreamtopia el 09/10/2007
Repasando las noticias me he encontrado con esto:

http://www.elpais.com/articulo/internet ... unet_2/Tes

"Safe Creative, un registro de la propiedad intelectual del siglo XXI
Es gratuito y permite registrar obras en cualquier formato bajo cualquier tipo de licencia "


"Somos un registro gratuito, donde se puede registrar obras con cualquier tipo de licencia ya sea Creative Commons, como GNU o bajo Copyright, en cualquier idioma y en cualquier formato", explica Juan Palacio, uno de los fundadores de Safe Creative, al tratar de definir su proyecto. "En las licencias libres, faltaba un punto neutro, un tercero que diese una prueba de autoría", añade este emprendedor, quien cree que los sistemas de propiedad intelectual tradicionales no se han sabido adaptar a los tiempos donde los autores quieren que sus obras se difundan sin limitaciones o incluso donde pueden ser modificadas, como es el caso del software libre."

Para los que no quieran perder tiempo pasando su música a partitura:

"El usuario se registra, envía copia de su obra, dice que tipo de licencia está utilizando y tiene un plazo de 24 horas hasta que se emita su certificado digital para hacer cualquier tipo de cambio. El autor recibe el código que puede adjuntar a su obra, ya esté grabado en MIDI o sea disco Wap. "No les vamos a pedir la partitura, como sucede con los registros actuales", puntualiza."

¿Qué opináis?
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serchy
#2 por serchy el 09/10/2007
Suena muy bien!!!!

Tendremos que investigar más, pero suena muy bien, porque sí que es cierto que había un pequeño vacío.
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dreamtopia
#3 por dreamtopia el 19/10/2007
Ha aparecido una noticia en Hispa sobre este tema:

https:/www.hispasonic.com/noticias/safe ... ital-obras

¿Pensáis que puede ser una buena alternativa?
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N0RSK
#4 por N0RSK el 19/10/2007
A mi me parece buena la idea, pero luego habrá que ver si registrar ahí sirve legalmente. Porque sinó...... es papel mojado.
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1
undercore
#5 por undercore el 19/10/2007
el quid de la cuestion es lo que se plantea en la noticia de hispa

¿si una obra se iscribe primero en safecreative y luego en el RPI (por una persona distinta), a quien se le dara la autoria?
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Xagutxo
#6 por Xagutxo el 20/10/2007
Alguien escribió:

¿si una obra se iscribe primero en safecreative y luego en el RPI (por una persona distinta), a quien se le dara la autoria?

Te respondo con otra pregunta
¿cual de las dos ha sido creada por el estado?
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undercore
#7 por undercore el 20/10/2007
Xagutxo escribió:
Alguien escribió:

¿si una obra se iscribe primero en safecreative y luego en el RPI (por una persona distinta), a quien se le dara la autoria?

Te respondo con otra pregunta
¿cual de las dos ha sido creada por el estado?


eso que tiene que ver?? se le puede dar la misma validez legal...yo lo que pregunto es si ya la tiene
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monarca
#8 por monarca el 20/10/2007
yo supongo que si uno inscribe por ej en safe creative antes, y ademas publica etc... por mas que despues otro inscriba en el rpi te siguen reconociendo la autoria. la inscripcion en el rpi otorga una presuncion (aunque estimo que es relativa) de autoria, pero perfectamente rebatible mediante medios de prueba idoneos (safe creative, publicacion, actuacion notarial, o lo que fuere). algun hispa-abogado podra aclararnos algo...
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undercore
#9 por undercore el 20/10/2007
es que esa misma pregunta se hacia un hispa-abogado...esto mismo esta en la seccion de noticias de hispa, creo que la redacto soyuz (que es abogado)

y lo de safe.creative + editar no se hasta que punto puede servir....porque en ese caso tal vez lo que te salve es el haber editado mas que inscribir en safe-creative
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Xagutxo
#10 por Xagutxo el 21/10/2007
La rpi... pues es un registro publico... igual que el registro de la propiedad donde uno inscribe bienes inmuenles... ¿inscribir un bien inmueble en un registro te confiere la propiedad del mismo?... no
Igual que en la Rpi... no por inscribir una obra te confiere la propiedad... pero vamos... la carga de la prueba... es decir el demostrar lo contrario sera para la persona que no tenga la obra registrada... y si esa otra persona lo tiene en un save creative... aunque sea un registro en fecha anterior... va a tener que demostrar algo mas... creo yo... ya que la ley reconoce como prueba lo inscrito en la propiedad intelectual...

Para que Save creative sea valido... (que para algo es una iniciativa privada.. vamos de un tercero que da fe de algo) creo que vamos a tener que esperar como se lo toman los tribunales....

Pero vamos.. es mi opinion.... y puedo estar totalmente equivocado... (o parcialmente :mrgreen: )
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zoolansky
#11 por zoolansky el 26/03/2008
Resucito este hilo porque gracias a un comentario de Fermata en otro hilo, he sabido de la existencia de SafeCreative. Resulta que yo tengo la presuntuosa manía de querer registrar la música que hago antes de "sacarla a la luz". La única vez que hasta ahora lo había hecho, opté por lo que me pareció más fácil y barato: el Registro de la Propiedad Intelectual (de Barcelona, en mi caso). No obstante tiene varias "pegas":

1) Tienes que pasar todo a partitura

2) Tienes que desplazarte a Barcelona (y quizás hacer cola)

3) Tienes que pagar (no es mucho; en mi caso unos 15 euros por todo un CD con 10 temas, creo recordar; pero pagas)

4) Como te sale por el mismo precio registrar un solo tema que registrar un CD entero, normalmente esperas a tener el CD completo (y os aseguro que tener "en las manos" un tema terminado desde hace meses, y no poderlo "mostrar al mundo" por esa causa, provoca ansiedad galopante...)

Por todo ello, lo de SafeCreative ha sido para mí todo un descubrimiento, aunque comparto las dudas que se han comentado por aquí sobre la validez ante un juicio en caso de plagio por parte de cualquier caradura.

Así que, ¿ alguna noticia nueva al respecto ? ¿ sabéis si han tenido algún juicio hasta ahora (y su resultado) ? ¿ algún abogado en la sala ? :mrgreen:
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walerandei mod
#12 por walerandei el 26/03/2008
otro q se apunta a la duda ...

Supongo que la pregunta seria: - Si tuviera que ir a un juicio por usurpacion de mi obra (por un tercero) ... me valdria a efecto legal un registro en SafeCreative para justificar mi persona como autor??? :|
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Endre
#13 por Endre el 26/03/2008
La propiedad intelectual pertenece al autor de la obra aunque esta no haya sido registrada formalmente. Esta sentencia no es mia, sino de la web del registro de la propiedad intelectual.

Si aparece un caso de plagio y se lleva ante la justicia, hay que demostrar quien es el autor, y tanto esta empresa como el registro de la propiedad intelectual (o los otros innombrables) ayudan, pero pueden no tener valor si aportamos pruebas sólidas de la autoría de una composición.

Para ello igual nos convendría hacer copias de seguridad de nuestras canciones por pistas para poder presentar la composición desde el mismo secuenciador. Sólo es una idea, pero a mi me parece bastante aceptable que un autor demuestre todo su trabajo frente a una pista estéreo registrada a vuelapluma. Y ahora los discos duros tienen capacidad como para guardar un rinoceronte descuartizado.
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Soyuz mod
#14 por Soyuz el 26/03/2008
No creo que presentar un proyecto por pistas determine mucho, porque puede haberse hecho a posteriori. La clave es temporal: hay que aclarar CUÁNDO se creó esa obra, y el RPI es un registro público y por tanto lleno de fuerza en nuestro sistema legal. Cualquier otro medio de prueba es inferior.
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Victor
#15 por Victor el 27/03/2008
En el hipotético caso de que alguno de los presentes se viera o viese implicado en un pleito por plagio (cosa laaaaaarga y caaaaaara) tanto el registro de la propiedad como safecreative no son más que un testigo de que recibieron el día tal a la hora cual una copia de una obra (del tipo y formato que sea) con nombre de autor fulanito de copas y bastos.

Las comprobaciones de los presuntos plagios pasan por manos de peritos que juzgan qué fué primero, si el huevo o la gallina.

Todos los registros de obras se basan en la buena práctica del registrante y se fundamentan en que todo aquel que inscribe una creación es realmente el autor.

No veo por qué legalmente habría de tener mayor validez la partitura, el libro, el Cd, etc. archivado en el registro "oficial" que en cualquier otro. Como si no se quiere registrar en ningun lado, solo que poder tener un testigo que certifique que le diste un ejemplar que él conserva siempre facilitaría las cosas.

No harían falta registros alternativos si el registro de la propiedad marchara con los tiempos y permitiera el registro on line, gratuito y en cualquier formato de los que hoy se utilizan. Como ha dicho alguien antes, el que no vive en las capitales lo tiene complicado para registrar, además de tener que pagar.

Eso es como lo que se habla de las entidades de gestión: si hubiera más, seguro que la gente no se asociaría a una que todos conocemos y en ese caso no creo que nadie se planteara dudas sobre la capacidad de las nuevas frente a la "predominante".

Saludos a todos.
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