SGAE?
OFERTASVer todas
-
-25%Behringer K-2 (MK1)
-
-11%Focusrite Scarlett 8i6 3rd Gen
-
-7%Modal Argon8 (B-Stock)
SI tienes el tema redistrado en el Registro de la Propiedad Intelectual, no tienes por que hacerlo en la SGAE. Por eso puedes estar tranquilo ya que todos los derechos sobre ese tema son totalmente tuyos y puedes moverlo por donde quieras, que tienes las espaldas cubiertas.
Además me han comentado que si lo registras en la SGAE les cedes los derechos de explotación, ya te digo que me han comentado, no estoy seguro aunque no me extrañaría nada visto lo visto.
Además me han comentado que si lo registras en la SGAE les cedes los derechos de explotación, ya te digo que me han comentado, no estoy seguro aunque no me extrañaría nada visto lo visto.
maritos @ 18 Jul 2007 - 01:32 PM escribió:
Además me han comentado que si lo registras en la SGAE les cedes los derechos de explotación, ya te digo que me han comentado, no estoy seguro aunque no me extrañaría nada visto lo visto.
http://www.sgae.es/tipology/glos/list/e ... _1073.html
PLAN B
Entra aquí despues de registrar tus temas en PI evidentemente.
Léete toda la información y concluye por ti mismo lo que mas te conviene.
Saludos scorpianos
A la SGAE no cedes ningun derecho de explotación. SGAE se encarga de gestionar tus derechos de explotación. Si quieres cobrar derechos de autor en el futuro no le pongas el cuño del Copyleft porque renunciaras a esos derechos . Si no quieres cobrar derechos de autor entonces adelante... Como te ha dicho ScorpMusic lee toda la información y piensa que puede interesarte más a ti.
Si quieres cobrar derechos de autor en el futuro entonces si que tienes que pasar por la SGAE. Para ello tienes que demostrar que has divulgado una obra susceptible de generar derechos de autor. Por ejemplo, si ha sonado en una radio pues que la emisora te haga un papelito en el que te certifique que ha sido emititida, o si la han puesto en un pub lo mismo.
Si quieres ir en serio en la música es importante que tengas estos temas muy claros
Un saludo.
Si quieres cobrar derechos de autor en el futuro entonces si que tienes que pasar por la SGAE. Para ello tienes que demostrar que has divulgado una obra susceptible de generar derechos de autor. Por ejemplo, si ha sonado en una radio pues que la emisora te haga un papelito en el que te certifique que ha sido emititida, o si la han puesto en un pub lo mismo.
Si quieres ir en serio en la música es importante que tengas estos temas muy claros
Un saludo.
Es justo lo que dice Tron. Me llama la atención que mucha gente confunda el trámite del Registro de la Propiedad Intelectual con el "registro" del tema en SGAE. Simplemente el primero es para demostrar tu autoría y el segundo es para tratar de sacar dinerillo. No hay más.
No le cedes ningún tipo de derecho a SGAE sobre tu pista cuando la introduces en su base de datos.
No le cedes ningún tipo de derecho a SGAE sobre tu pista cuando la introduces en su base de datos.
Hilos similares
Nuevo post
Regístrate o identifícate para poder postear en este hilo