¿tienen copyright las progresiones armónicas?

jazztabien
#31 por jazztabien el 01/09/2008
Barbol escribió:
mann escribió:
Pues eso es lo que he dicho yo: cuando registras en SGAE una obra, el SGAE sobreentiende que tu eres el autor, es decir, acepta que tu eres el autor (mientras no se demuestre lo contrario). No necesitas ningún resguardo de la Prop. Int. para registrar nada en el SGAE... Es más, una obra es tuya por el hecho de haberla compuesto, no por el hecho de haberla registrado. El Registro de la Propiedad Intelectual hace lo que tu muy bien has dicho: hace de testigo y reconoce ese derecho de autoría. Una obra es tuya aunque no la hayas registrado en el Reg. P. Int., lo que pasa es que si no lo haces estás desprotegido...


Ok, pero sigo sin saber con seguridad si hay alguna ventaja por tener los temas en la SGAE sin que tus temas se emitan en ningún medio audiovisual. Un saludo.


Además registrar las obras en la SGAE es gratis, con lo cual tampoco vas a perder nada.
Saludos.
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jazztabien
#32 por jazztabien el 01/09/2008
mann escribió:
Cuando digo armonía me refiero a cifrado armónico... por lo tanto un cifrado armónico y una melodía es el mínimo imprescindible. Si en vez de escribir un cifrado escribes los acordes con notas, también se puede, pero es más laborioso.

EL SGAE es una sociedad de gestión de derechos de autor. No tiene nada que ver con el Registro de la Propiedad Intelectual, que es un organismo público que depende del Ministerio de Cultura (creo) y que donde se realmente se registra una obra y donde el estado te adjudica la autoría de dicha obra. El SGAE no tiene autoridad para ello.

Un consejo a quien le pueda interesar: nunca registréis una obra en el SGAE antes de haberlo hecho en el Registro de la Propiedad Intelectual.


El cifrado armónico tampoco es obligatorio. Repito que tengo alguna obra registrada sin él. Lo único OBLIGATORIO es la melodía. Es mejor registrarlas con el cifrado, pero no obligatorio.
Saludos.
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Jorgegestruch
#33 por Jorgegestruch el 15/12/2009
En primer lugar, más que "progresión" creo que deberíamos utilizar la palabra "rueda" para referirnos a una secuencia o serie de acordes que se repite. En tal caso, el hecho de componer algo con una rueda ya inventada no es plagio alguno. No podemos inventar algo tonal que no se haya hecho, por que si no, ya no sería tonal. El plagio está en la melodía, que por cierto se plagia con mucha frecuencia por "compositores" que se tienen ellos mismos por "genios", y lo que es peor; nosotros también los consideramos grandes creadores.
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mikrokosmiko
#34 por mikrokosmiko el 18/12/2009
Barbol escribió:
Sí, conozco el modo de "colección" en la Pro.Intelectual para ahorrarte dinero. Pero sigo dudando sobre la SGAE. Si solo se encargan de cobrar los derechos o regalías que te corresponden cada vez que se emite un tema tuyo por la radio, tv o cine y tus temas resultan que no están en ningún medio, ¿para qué registrarlos allí? En mi caso sería regalarles el dinero por si acaso alguna vez se emiten temas míos, cosa difícil. ¿No es más recomendable registrarlos en la SGAE una vez que sepas con seguridad que tus temas se van a emitir en los medios audiovisuales?


El tema también, según tengo entendido, es que no podrías registrar en SGAE solamente los temas que luego tuvieran difusión, sino que cuando pasas a ser socio tienes la obligación de registrar con ellos todas tus obras. Es decir, que ya no podrías poner nada en copyleft, por ejemplo, y además creo que es con carácter retroactivo
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