Como saber si se puede versionar un tema y no tener problema con los derechos de autor?
He buscado info y en una web se habla de obras de 1978 en adelante, pero este tema es anterior..gracias y saludos
vieuxtemps escribió:Gracias por responder...el caso es que había leído que una obra,pasados 75 años pasaba a ser de dominio público y esta en principio cumple con esa norma...
vieuxtemps escribió:Yo me refiero a coger ese tema y hacer una versión nueva de arriba a abajo,haciéndolo yo todo....
areyouready escribió:Evidentemente, si hay dinero de por medio, hay más riesgo de que alguien se moleste y reclame sus derechos. Pero dejemos claro que la LPI aplica igual si hay dinero de por medio o no. Si hay a quien no le hace gracia que versionen su obra en un estilo musical dado y no quiera permitirlo, podría impedirlo, haya dinero de por medio o no.Siempre que no se cobre un duro no me preocuparía.
Libertizer escribió:El artista o intérprete tiene también sus derechos de PI, pues la LPI reconoce "Derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes". No necesita echar mano de ninguna otra norma y no creo que la de competencia desleal aplicara a esta situación.la autorización del titular de los derechos sobre la interpretación a imitar, ya que, frente a usos no autorizados (...) puede emplear los medios ofrecidos por la normativa en materia de competencia desleal.
Libertizer escribió:Esto lo veo muy complicado. Veo que sólo aplicaría si ese grupo o artista hubiera protegido activamente una marca y si mi grupo o yo pretendiéramos ser dicho grupo o artista. Las marcas son títulos de propiedad industrial (no intelectual) y, al contrario que los derechos de propiedad intelectual, hay que registrarlas para que existan. Si no, no existen. Hay algunos casos en los que, aunque no la registrara, una "marca" se considera de una empresa que haya logrado un prestigio tal que haya una asociación clara. Imaginad que "The Beatles" no hubiera registrado su marca (está registrada por la empresa que crearon los Beatles, Apple Corps Ltd.). Daría igual, a día de hoy no podríamos hacer un grupo y llamarle "The Beatles" para tocar por ahí, nos arriesgaríamos a una demanda.derecho de marca del grupo o artista cuyas interpretaciones se pretenden imitar
Alguien escribió:
13. ¿Qué obras están en dominio público?
De manera general, cualquier obra después de 80 años desde la muerte de su autor (70 años para los autores fallecidos después del 7 de diciembre de 1987) (Art. 26 de la TRLPI).
Las leyes, sentencias y otros documentos de organismos públicos no están sujetas a derechos de autor. (Art. 13 de la TRLPI).
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16. ¿Qué ocurre con las obras anónimas?
Se entiende obra anónima, la que aparece publicada sin ninguna referencia que pueda llevar a conocer al autor (no es lo mismo que una obra publicada bajo pseudónimo). En el caso de las obras anónimas se entiende que pasan a dominio público después de 80 o 70 años de la publicación de la obra, siempre que el autor no haya revelado su condición de titular durante estos años. (FESABID-BPI).
TabuPlaytime escribió:Un fotógrafo que murió hace mucho, hay fotos suyas de 1900 en wikicommos libres de derechos, aunque hay libros con sus obras publicados en los 80, muy caros algunos, ¿ Supongo que podría escanear esos libros y compartir las fotos, usarlas en proyectos, su autor lleva muerto mas de 80 años , dominio público, .. o habría que esperar 70 años desde la publicación de ese libro para ...?
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