Accidente Laboral (¿Que pensais?)

Anhell
#16 por Anhell el 28/09/2018
#14
Bueno, eso depende, si no vas drogado o bebido.

Llevamos un vehículo con seguro básico que cubre la responsabilidad civil, va a 125 km/h por una autovía,que está prohibido pasar de 120, por empanamiento le da un golpe a uno por detrás.

El conductor ha sido temerario? Si, iba a más velocidad de la permitida. El conductor paga los daños a terceros? No, los paga su seguro.

Que me corrijan si no es cierto por favor.

Como bien dices las aseguradoras irán por ahí, mas que nada porque en el atestado debe figurar que dijeron que se durmieron. Ahora, si en el atestado no figura con decir que salió un bicho y por reacción nos fuimos al garete.
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Anhell
#17 por Anhell el 28/09/2018
#15
Ves, por lo visto depende del contrato de alquiler.
Ya te digo, yo las veces que he alquilado coche iba a todo riesgo, una furgo nunca la he alquilado.
Asunto peliagudo.
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vagar
#18 por vagar el 28/09/2018
francotraidor (shooter) escribió:

El conductor ha sido temerario? Si, iba a más velocidad de la permitida. El conductor paga los daños a terceros? No, los paga su seguro.


Yo no lo tengo claro, si el seguro puede demostrar la infracción del código de circulación. Seguro que hay jurisprudencia en casos de daños personales donde la compañía queda exenta de responsabilidad patrimonial por imprudencia del conductor.

francotraidor (shooter) escribió:
con decir que salió un bicho y por reacción nos fuimos al garete


Lo cual, al ser mentira, resulta ser un fraude.

Todos simpatizamos con el obrero, que maneja menos dinero que un empresario o que una compañía de seguros. Pero la menor capacidad financiera no es eximente automático de responsabilidad, hay que estudiar las circunstancias.

Un roto de 15.000 € puede llevar a la quiebra a una pequeña empresa, con los obreros que dependen de ella, y los fraudes en los seguros encarecen las primas al resto de asegurados, también obreros en su mayoría.
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Carmelopec
#19 por Carmelopec el 28/09/2018
vagar escribió:
Todos simpatizamos con el obrero,

Yo no por sistema, depende.
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rs-232_c
#20 por rs-232_c el 28/09/2018
Pues si dentro de sus funciones estaba lo de conducir y transportar el material entre bolo, pues estaban trabajando y es un accidente laboral. Luego si el trabajo era excesivo (las 16 horas que comentabais) la responsabilidad era del jefe, que deberia haber tenido 2 turnos o haberlo desmontado y montado en 2 jornadas. Luego sumale que en vez de buscar un hotel proximo a donde habian acabado de desmontar, se lo busco a 80 kms, lo cual implica que el jefe no penso demasiado en todo lo que podia haber pasado. El problema puede ser si en el contrato no ponia nada de que dentro de su trabajo estaba lo de conducir. Pero si se hablo y es algo normal en el gremio, pues eso deberia valer.
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vagar
#21 por vagar el 28/09/2018
Leopoldo M. Paneo escribió:

Yo no por sistema, depende.


Tú es que siempre has sido más de Mapfre. :desdentado:

Tened en cuenta que en este caso no ha habido daños personales, afortunadamente. La mujer o los hijos de cualquiera de nosotros se podrían haber cruzado con esa furgoneta. Os lo digo para que los que os veáis en la situación de jugaros vuestra vida y la de los demás por un jornal, os lo penséis dos veces al hacer el análisis de riesgo-beneficio.

Puede haber responsabilidad total o parcial del empresario, por presionar al trabajador, o por no obligar a cumplir algún tipo de protocolo de seguridad en el trabajo, no lo sé. Pero eso es algo que tiene que dilucidar alguien que conozca la legislación y la jurisprudencia.

Un seguro no lo puede cubrir todo, si el seguro de automóvil de cada conductor borracho tuviera que pagar las indemnizaciones a las víctimas de los accidentes, los conductores prudentes lo íbamos a notar en las primas.
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vagar
#22 por vagar el 28/09/2018
vagar escribió:
Un seguro no lo puede cubrir todo, si el seguro de automóvil de cada conductor borracho tuviera que pagar las indemnizaciones a las víctimas de los accidentes, los conductores prudentes lo íbamos a notar en las primas.



Aclaro que, por lo que tengo entendido, cuando es responsabilidad civil ante terceros las aseguradoras pagan las indemnizaciones, pero luego reclaman al conductor borracho la indemnización (derecho de repetición). Evidentemente, habrá casos en los que el culpable fallezca o sea insolvente, y eso al final nos toca pagarlo a todos los demás asegurados.
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Alexmx03
#23 por Alexmx03 el 28/09/2018
Yo lo que veo son dos cosas:
El empresario al ser el que contrata el servicio de alquiles de la furgoneta es el que tiene que pagar.
Tu amigo ha reconocido en el parte de atestados que se ha dormido, por lo tanto ha sido culpa suya.
Que se busque un buen abogado porque le va ha hacer mucha falta.
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MaaBo
#24 por MaaBo el 28/09/2018
Es un caso complicado.
Habría que establecer si la fatiga y cansancio ha sido provocado por las condiciones laborales establecidas por el empresario o por negligencia del trabajador pero aún así, creo que en este caso el trabajador está exento de culpa aunque se lo hayan advertido.
Un caso de abogados y que juez establezca las responsabilidades pero creo que salvo que el conductor cometiera alguna infracción como dar positivo en drogas o alcohol, no creo que un juez obligue a un trabajador contratado a pagar los daños materiales en un accidente in itinere (supongo que se calificará así si terminaron de trabajar y fueron directos al lugar de descanso).
Por otro lado. el estar cansados de terminar de desmontar todo no es lo mismo que si son conductores y no han cumplido las horas mínimas de descanso al volante.
Se hacen muchas burradas y temeridades por parte de empresarios y trabajadores y cuando sucede algo grave te das cuenta has de considerar la posibilidad de que esto ocurra.
No soy abogado, pero tengo cierta experiencia con las mutuas de accidentes de trabajo y cuando desarrolléis cualquier actividad laboral, es conveniente que consideréis previamente qué podría suceder en caso de accidente, muchas veces se contratan seguros adicionales para todas estas eventualidades.
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Anhell
#25 por Anhell el 29/09/2018
vagar escribió:

Yo no lo tengo claro, si el seguro puede demostrar la infracción del código de circulación.


Tu mismo estás diciendo que el seguro tiene que demostrarlo. Y como demuestra el seguro que se durmió? Pues de ninguna manera, puede haber indicios, pero hay que demostrarlo, y de ser así le quitarán 6 puntos y multa por infracción grave.

Como bien decía Udog si la franquicia era de 10000 pues los 5000 restantes alguien se hará cargo, pero ya lo decidirá el juez en base a las pruebas.

vagar escribió:
Seguro que hay jurisprudencia en casos de daños personales donde la compañía queda exenta de responsabilidad patrimonial por imprudencia del conductor.

Claro que debe haberla, si vas hasta arriba de todo y la lías conduciendo, pero ha de quedar demostrado. El juez quiere pruebas y si no las ve claras......

vagar escribió:
Lo cual, al ser mentira, resulta ser un fraude.

Pon todo el contexto, sino la gente creerá que estaba promoviendo el engaño. ;-)

Un fraude es que te hagan un contrato de 40 horas semanales, te hagan currar una jornada de 16 horas en veranito, no te dejen dormir en el sitio y te hagan desplazarte al siguiente evento para que estés a tiempo, y que encima no te enseñen tu contrato y no estén indicadas tus funciones en el mismo.

No creeras que en los juicios no se miente, verdad?
vagar escribió:
la menor capacidad financiera no es eximente automático de responsabilidad, hay que estudiar las circunstancias.

Totalmente de acuerdo. El desconocer la ley no te exime de no cumplirla.

vagar escribió:
Un roto de 15.000 € puede llevar a la quiebra a una pequeña empresa, con los obreros que dependen de ella, y los fraudes en los seguros encarecen las primas al resto de asegurados, también obreros en su mayoría.


Y hay empresarios que si se enteran que estás con el agua al cuello se aprovechan de ti. Jornada de 16 horas????? Dos días de trabajo en una jornada? Pasote.

Por cierto, en cualquier seguro ya pagamos todos una cantidad para cubrir parte de esos fraudes, lo mismo sucede con la facturita de la luz.

Será que los seguros no se aprovechan, sobre todo los del hogar, que siempre que pasa algo la póliza no lo cubre. :satan:

Buen abogado y que nos cuenten.

saludos.
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vagar
#26 por vagar el 29/09/2018
francotraidor (shooter) escribió:
Y como demuestra el seguro que se durmió? Pues de ninguna manera


Pues eso ya depende de lo que un juez acepte como evidencia. Testigos de la jornada laboral, el historial de presencia de animales en la zona del accidente, si hay o no marcas de frenado previas al impacto...

francotraidor (shooter) escribió:

Un fraude es que te hagan un contrato de 40 horas semanales


Hay muchos fraudes, el "y tú más" raramente llega a ser una justificación. Cada uno tendrá que asumir la parte de responsabilidad que le toque por sus decisiones.

francotraidor (shooter) escribió:
No creeras que en los juicios no se miente, verdad?


Sí, también hay gente que atropella alguien y sale huyendo, que se pone una máscara para robar... No quita que fuera deseable vivir en una sociedad en la que cada cual asumiera las responsabilidades de sus actos que en justicia le corresponden, en lugar de intentar ser el más pícaro y depredador de todos.

francotraidor (shooter) escribió:
Por cierto, en cualquier seguro ya pagamos todos una cantidad para cubrir parte de esos fraudes, lo mismo sucede con la facturita de la luz.


Así es. Por eso, cuantos menos fraudes haya, más baratas nos saldrán a todos las irresponsabilidades de los demás.

francotraidor (shooter) escribió:
Será que los seguros no se aprovechan


Otro "y tú más".

Los seguros están sujetos a la ley. Si les corresponde, acaban pagando, aunque sea con juez por medio en los casos más complicados. En muchos casos en los que el seguro no cubre algo, lo que sucede es que la gente no entiende qué es un seguro ni qué está asegurando, y se cree que por 200 € al año de prima le van a cubrir los daños provocados por una instalación de fontanería de tiempos de la dictadura.

En mi caso, por lo menos, siempre han cumplido mis expectativas.

Una cosa que admiro de países con cultura influida por la religión protestante es su alto concepto de la propia responsabilidad (excepto cuando llega a un fanatismo darwinista, como en ciertos sectores de población de EEUU).
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MaaBo
#27 por MaaBo el 29/09/2018
En en una relación laboral el empresario salvo que se demuestre negligencia grave por parte del trabajador es el responsable incluso en caso de imprudencia por parte del trabajador aunque creo recordar que se tendría que valorar si es imprudencia temeraria o imprudencia profesional; en este último caso sería accidente de trabajo e incluirían los casos de exceso de confianza del trabajador o por ejemplo descuidos de debido a una disminución del control que tiene por ejemplo por asumir el riesgo en trabajos repetitivos o habituales como puede ser la conducción. Este es un tema que da trabajo a muchos profesionales del Derecho y que de forma motivo de un enorme número de litigios cada año.

Creo que se está mezclando aquí un tema de seguros que afectará al empresario exclusivamente y cuestiones laborales. Incluso si el vehículo hubiera sido del trabajador, en una relación laboral y calificado de accidente de trabajo, sería el empresario el responsable.

Otra cuestión es lo que comenta el compañero de la responsabilidad del trabajador y es de sentido común; es propio de la cultura latina descuidar cuestiones elementales y como en cualquier otra actividad, en las relaciones laborales hay que cuidar hasta el último detalle; incluso una persona en un despacho con un ordenador tiene riesgos laborales; por ejemplo, hay obligación de hacer cursos de prevención de riesgos laborales incluso a trabajadores administrativos que están trabajando con ordenadores (visualización de pantallas y otros asuntos).
Si un compañero está trabajando de músico y desmonta equipos y conduce, está expuesto a una cantidad enorme de riesgos; en una empresa seria le obligarían a formarse en prevención de riesgos laborales con mil cuestiones derivadas de todas las actividades que realiza pero creo que todos somos conscientes de que debemos llevar cuidado en todas las actividades que realizamos con independencia de quien pueda ser responsable de lo que pueda suceder.
Ni os imagináis las imprudencias que se cometen en profesiones tan sensibles a este tema como, por ejemplo, la de peones de carreteras o trabajadores que utilizan maquinaria pesada y los estudios de prevención de riesgos que deben realizarse y aunque la empresa lleve un control riguroso sin la responsabilidad del trabajador (que el el mayor interesado en no sufrir un accidente) no hay nada que hacer. Eso de estar agotado y forzar la conducción sin un motivo de fuerza mayor es una estupidez (no digo que este haya sido el caso).
El tema de los fraudes ya nos ocuparía una tesis o un máster (de los de verdad)
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Carmelopec
#28 por Carmelopec el 29/09/2018
vagar escribió:
Una cosa que admiro de países con cultura influida por la religión protestante es su alto concepto de la propia responsabilidad (excepto cuando llega a un fanatismo darwinista, como en ciertos sectores de población de EEUU).

Yo también, creo que has querido escribir creacionista cuando has escrito darwinista.
No obstante, como imagino que sabes, tanto el concepto de libre albedrío católico como la concepción determinista del calvinismo, como el papel de contratante responsable del luteranismo tienen sus luces y sus sombras.

Creo, sin embargo, que el estigma de caraduras o de hacer trampa siempre que se pueda de los españoles y los que penden de esta cultura más o menos, es más eso, español, no tanto católico.
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Carmelopec
#29 por Carmelopec el 29/09/2018
MaaBo escribió:
Incluso si el vehículo hubiera sido del trabajador, en una relación laboral y calificado de accidente de trabajo, sería el empresario el responsable.

Depende de cuál sea el contrato mercantil o de prestación de servicios entre las partes, si el que aporta la furgoneta es consciente de los riesgos (incluso si el contratante lo es).
El problema en la práctica es que casi nadie suscribe contratos detallados, incluso ni suscribe contratos (hasta si me apuran ni suscribe ni escribe), en este país, que es de lo que estamos hablando, se hace todo a estima, a ojo, voluntarismo y cojón, ¿contratos?l, eso es de remilgados..., ¿abogados?, para cuando no queda otra, ¿atavíos y una cierta formación jurídica para conocer lo que a uno le interesa?, ya lo miro en un foro en la actualidad y, desde siempre, para qué gastar., y, sobre todo, para qué saber un poco, mejor el Marca.

Para casi todo existen suplementos en los seguros; pero como preferimos lo barato, zas...
Y, luego, en la línea de lo que viene defendiendo Luis, hay poca cultura del seguro, como si fuera algo relativo al vasallaje opresor feudal o estatal o nos fueran a timar, con reminiscencias de las pólizas de decesos de Ocaso o Santa Lucía que cobraba casa por casa un señor durante toda su vida. Y en realidad el sector de seguros se renovó mucho ya para los años 80 y está firmemente supervisado, se rige por el cálculo actuarial y por un articulado que no suele tener pega.

En el caso que nos ocupa hay un suplemento de responsabilidad del contratante porque nuestro sistema jurídico es garantista y providencialista y atribuye esa mayor responsabilidad al que contrata, al que pide, al que toma la iniciativa; pero la propia experiencia y transcurso de las cosas revela que muchos contratantes no son unos aviesos adinerados que pretenden chupar la sangre a los pobres incautos que contrata (que los habrá; pero tan como está el percal cada vez menos); me temo que lo que hay es un conjunto de irresponsables en la parte que cada uno esté, triunfa el caos y el imprevisto (y la chapuza) y nos acordamos de Santa Bárbara cuando truena. En esta experiencia posterior al principio jurídico, aparecen los conflictos y es un caso en el que la jurisprudencia va a marcar el dictamen del juez.

Porque en casos como este va a ser muy difícil que haya un acuerdo previo a un tribunal.
Así que, igual mejor que en Hispasonic ( o a Foroconflictoslaborales) suscribirse al Aranzadi o, casi mejor, consultar con un abogado laboralista que tenga experiencia.
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Carmelopec
#30 por Carmelopec el 29/09/2018
MaaBo escribió:
Ni os imagináis las imprudencias que se cometen en profesiones tan sensibles a este tema como, por ejemplo, la de peones de carreteras o trabajadores que utilizan maquinaria pesada


Yo he visto rayas de farlopa y petacas y luego coger carretillas elevadoras en naves de doce o cince metros de altura.
Y a muchos todavía fumar sus porritos güenos y sus copas y después conducir. (cada vez menos porque la Dgt está endureciendo el control)
Y, sin ir a casos tan irresponsables, el caso de cansancio me parece un tema muy jodido y aquí sí que suelen ser los que organizan el cotarro los que desprecian el tiempo y el aguante de los que tienen que realizar el trabajo, incluso muchas veces no se contesta porque, si otros lo hacen, no voy a ser yo el moñas que me queje...

Malo, cojón, imprevisión.
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