#2125
Sigues mintiendo y desinformando a los aquí presentes, y eso me parece muy grave.
¿Puede salir mi padre diabético si el médico le recomienda pasear 45 minutos al día?"
Una de las preguntas la hacía el hijo de un hombre diabético que preguntaba si podía acudir a ayudar a su padre y que si este podía salir a la calle a pasear ya que por prescripción médica se lo aconsejan durante 45 minutos al día.
"Está contemplado que las personas puedan salir a trabajar y a ayudar a personas que así lo necesiten. Si por prescripción médica necesita salir, puede salir acompañado",
ha sido la respuesta de Simón.
https://www.ondacero.es/noticias/sociedad/coronavirus-fernando-simon-pasear-perro-dudas_202003175e70bd4b62aea30001b2cc84.html
No se multará por ir al huerto o pasear con permiso médico, pero sí por ir a la casa de la playa
ACTUALIZADA 20/3/2020 A LAS 11:10
Dichas instrucciones, que se resumen en un escrito de cuatro páginas al que ha tenido acceso HERALDO, dicen que se podrá usar el coche para ir a atender el huerto -siempre que se haga de forma excepcional y no regular- y
estarán autorizados los paseos al aire libre con prescripción médica
https://www.heraldo.es/noticias/aragon/zaragoza/2020/03/20/coronavirus-multas-euros-huerto-casa-playa-pasear-prescripcion-medica-1364811.html#
Y lo de poder llevar al médico a tu hijo con el coche, no le des más vueltas y no intentes embarrar la conversación que lo puedes llevar con total normalidad.
Eso sí, muy importante recordar que solo se puede salir de casa y coger el coche en los siguientes supuestos:
a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
c) Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
d) Retorno al lugar de residencia habitual.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
g) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
h) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza.
Igualmente, se permitirá la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades referidas en el apartado anterior o para el repostaje en gasolineras o estaciones de servicio.
https://www.abc.es/motor/reportajes/abci-excepciones-podras-viajar-acompanado-coche-durante-estado-alarma-202003191112_noticia.html?ref=https://www.google.com/