#239 + 1000
Dedicado a los que no son músicos pero se lo hacen
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Una anécdota de mi etapa de oorquestero y las hojas de autores: tocábamos en una verbena en Murillo de Río Leza, La Rioja y allí un personaje peculiar, el tío Chito, organizó durante unos años una carrera internacional de Caracoles.
En el intermedio de la actuación nos vino un viejito vestido a la antigua usanza muy apueblao, con boina y chaleco, dijo que era músico y había compuesto una obrita: Himno al caracol", pasodoble bailable, interprétese en las plazas de los pueblos, rezaba el título de la partitura resumida en dos hojas. Nos la dio y nos pidió que se la incluyésemos en nuestra hoja de autores, que algíun dinerilo esperaba recoger. Desde entonces siempre incluímos en nuestra hoja de autores (que la solían hacer los representantes con una plantilla que les dábamos) la obrita de aquel vejete.
http://hemeroteca.abc.es/nav/Navigate.exe/hemeroteca/madrid/abc/1975/08/01/061.html
En el intermedio de la actuación nos vino un viejito vestido a la antigua usanza muy apueblao, con boina y chaleco, dijo que era músico y había compuesto una obrita: Himno al caracol", pasodoble bailable, interprétese en las plazas de los pueblos, rezaba el título de la partitura resumida en dos hojas. Nos la dio y nos pidió que se la incluyésemos en nuestra hoja de autores, que algíun dinerilo esperaba recoger. Desde entonces siempre incluímos en nuestra hoja de autores (que la solían hacer los representantes con una plantilla que les dábamos) la obrita de aquel vejete.
http://hemeroteca.abc.es/nav/Navigate.exe/hemeroteca/madrid/abc/1975/08/01/061.html
¿Ves? y no llevas más que 160 post, es que aquí estamos unos cuantos gallitos más extrovertidos (y más gallitos) y luego hay gente o más ocupada o más reservada o más perezosa o más sosa, o lo que sea (hay de todo) que no se la escucha tanto.
Yo abogo por que nso callemos un poco los bocas y hablen más los reservados...
Me callo, pues (por un rato, claro)
Yo abogo por que nso callemos un poco los bocas y hablen más los reservados...
Me callo, pues (por un rato, claro)
Bueno, rompo mi silencio para citar a mi amigo Miguel López, de aquí (bueno de Cádiz), que no está plagiando, está haciendo su versión de un clásico:
https://www.hispasonic.com/musica/body-and-soul/48608
https://www.hispasonic.com/musica/body-and-soul/48608
#239
Lleváis algo de razón, bueno, me desdigo un poco, si la SGAE apuntase bien lo de las orquestas, funcionaria algo mejor esto, y si, que cada uno haga las versiones que quiera, mientras se retribuya algo a los autores.
_____________-
“legalmente hay una diferencia entre interpretar una canción ajena y hacer una obra derivada. Si la cantas igual que la original, o con modificaciones menores en la instrumentación, simplemente hay que pagar los derechos correspondientes al autor o sus herederos legales. Pero si modificas el tema, es el caso de un cambio en la letra o una traducción, hay además que pedir permiso”.
Así, la dimensión de la modificación provocará que debamos solicitar el consentimiento del autor y/o pagar por los derechos correspondientes:
Si no hay modificación sustancial, no es necesaria autorización en tanto que se considera que no existe transformación de la obra y el autor original cobrará sus derechos (mantenimiento de la autoría).
Si hay una trasformación sustancial (se ve afectado el articulo 21: derecho a la transformación) sí que es necesario obtener el consentimiento del autor y pagarle los derechos correspondientes.
__________________
PARA grabar una versión y venderla, ahí si se necesita un permiso directo, me parece, igual había leído mal algunos datos, o simplemente es que estaban mal, creía que siempre había que pedir permiso, incluso para tocar en directo.
Lleváis algo de razón, bueno, me desdigo un poco, si la SGAE apuntase bien lo de las orquestas, funcionaria algo mejor esto, y si, que cada uno haga las versiones que quiera, mientras se retribuya algo a los autores.
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“legalmente hay una diferencia entre interpretar una canción ajena y hacer una obra derivada. Si la cantas igual que la original, o con modificaciones menores en la instrumentación, simplemente hay que pagar los derechos correspondientes al autor o sus herederos legales. Pero si modificas el tema, es el caso de un cambio en la letra o una traducción, hay además que pedir permiso”.
Así, la dimensión de la modificación provocará que debamos solicitar el consentimiento del autor y/o pagar por los derechos correspondientes:
Si no hay modificación sustancial, no es necesaria autorización en tanto que se considera que no existe transformación de la obra y el autor original cobrará sus derechos (mantenimiento de la autoría).
Si hay una trasformación sustancial (se ve afectado el articulo 21: derecho a la transformación) sí que es necesario obtener el consentimiento del autor y pagarle los derechos correspondientes.
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PARA grabar una versión y venderla, ahí si se necesita un permiso directo, me parece, igual había leído mal algunos datos, o simplemente es que estaban mal, creía que siempre había que pedir permiso, incluso para tocar en directo.
El acto de interpretar públicamente una canción es una comunicación pública de obra intelectual, con lo cual se necesita obtener la autorización del titular de la obra para poder cantarla (excepto en el caso de que haga más de setenta años que el autor de la misma haya muerto, situación en que la obra pasa a ser de dominio público. Es por ello que los músicos contemporáneos pueden interpretar música clásica sin problemas).
http://www.lavanguardia.com/economia/fiscalidad-empresa/20110301/54116155016/versionar-canciones-derechos-de-autor.html
Algo como eso es lo que yo había leído, ... para que veáis que no invento, jjj
Y nada, tenéis razón, a la mierda los permisos, leyes, que cada uno toque versiones, pero eso, colaborando algo con los artistas.
Leyendo las contestaciones en ese post, ya me queda mas claro, se necesitan permisos siempre, pero la Sgae los da directamente.
la Ley de Propiedad Intelectual, en las obras de “Gran Derecho” la autorización para su explotación y sus condiciones queda en manos de sus titulares, limitándose la SGAE a gestionar estas autorizaciones. En cambio, para las obras de “Pequeño Derecho” la SGAE otorga las licencias de uso sin necesidad de consultar previamente al autor, y conforme a sus tarifas. Consecuentemente, la respuesta a la consulta no está equivocada, puesto que sí es obligatorio el pago de tarifas a la SGAE, aunque las obras sean consideradas de “Pequeño Derecho”.
Por ejemplo, para incluir música en un anuncio de TV, se necesita "Gran derecho" y debe pedirse permiso directamente al autor.
Y Sobre los que hagan playback, sean poperos o punks, eso debía estar prohibido por ley.
http://www.lavanguardia.com/economia/fiscalidad-empresa/20110301/54116155016/versionar-canciones-derechos-de-autor.html
Algo como eso es lo que yo había leído, ... para que veáis que no invento, jjj
Y nada, tenéis razón, a la mierda los permisos, leyes, que cada uno toque versiones, pero eso, colaborando algo con los artistas.
Leyendo las contestaciones en ese post, ya me queda mas claro, se necesitan permisos siempre, pero la Sgae los da directamente.
la Ley de Propiedad Intelectual, en las obras de “Gran Derecho” la autorización para su explotación y sus condiciones queda en manos de sus titulares, limitándose la SGAE a gestionar estas autorizaciones. En cambio, para las obras de “Pequeño Derecho” la SGAE otorga las licencias de uso sin necesidad de consultar previamente al autor, y conforme a sus tarifas. Consecuentemente, la respuesta a la consulta no está equivocada, puesto que sí es obligatorio el pago de tarifas a la SGAE, aunque las obras sean consideradas de “Pequeño Derecho”.
Por ejemplo, para incluir música en un anuncio de TV, se necesita "Gran derecho" y debe pedirse permiso directamente al autor.
Y Sobre los que hagan playback, sean poperos o punks, eso debía estar prohibido por ley.
#244
Ja,ja.... si soy mas reservado, y la verdad que no dispongo de mucho tiempo,entre la escuela, la orquesta, los arreglos y partituras para la orquesta, alguna grabacion para algún amigo, estudiar los manuales de mis equipos..... pero se aprende mucho esta comunidad y me paso casi todos los días.
Seguro que por aquí hay mas bastantes músicos de orquestas, y por suerte, en la zona que vivo yo, se puede vivir de esto.
Un saludo..
Ja,ja.... si soy mas reservado, y la verdad que no dispongo de mucho tiempo,entre la escuela, la orquesta, los arreglos y partituras para la orquesta, alguna grabacion para algún amigo, estudiar los manuales de mis equipos..... pero se aprende mucho esta comunidad y me paso casi todos los días.
Seguro que por aquí hay mas bastantes músicos de orquestas, y por suerte, en la zona que vivo yo, se puede vivir de esto.
Un saludo..
Baneado
supercoco_loco escribió:Muja, tenias razón, es totalmente legal, la SGAE debería tener esos impresos con los temas, y retribuir a los autores, aunque esos autores no estén en la Sgae, lo cual es un poco complejo, perdón y un saludo.
Para la SGAE es más cómodo cobrar las tasas al ayuntamiento o comisión de fiestas y retribuir a Alejandro Sanz, Ana Belén y Victor Manuel, Miguel Ríos y Caco Senante aunque las orquestas luego no toquen ni una puta canción suya.
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