bgavina escribió:
he producido un tema musical para el anuncio de una empresa
La empresa ¿te pagaba para esa producción o has hecho primero la producción de forma independiente y ahora quiere llegar al acuerdo para su uso?
bgavina escribió:
siempre y cuando conserve un porcentaje de la obra.
¿Quieres decir siempre y cuando cobres un % de los ingresos / ganancias como regalías? En cualquier caso, por supuesto, conservas tu autoría completa (eso no se puede vender aunque tú quieras) y el resto de derechos patrimoniales (por ejemplo uso para conciertos). Respecto al derecho patrimonial que permite usarla para el anuncio, ya que eres socio de la SGAE, llámales. Pero si te quieres ir orientando, mira
http://www.sgae.es/es-ES/SitePages/corp-ventaLicenciaP3.aspx?l=63&s=26&c=9 Ahí aparece un correo-e y, si le das a Contacto, se abre un formulario y al final aparece el nombre y teléfono de una persona en la SGAE.
Como ves hay una primera fase en la que tú licencias a la empresa anunciante el derecho de usar tu obra para la "sincronización" con el anuncio. Luego, la empresa anunciante pagará a quien quiera que lo emita y supongo que será esa empresa emisora (televisión, por ejemplo) quien pagará a la SGAE por usar tu obra sincronizada al anuncio (es de suponer que cuando calculen lo que tienen que pagarles los anunciantes, incluirán esas tarifas) y la SGAE te pagará a tí lo que corresponda. Esto viene a partir de la página 189 del documento de Tarifas
https://s3-eu-west-1.amazonaws.com/documentos-sgae/Tarifas_SGAE/SGAE_Tarifas2016.pdf#page=18. Aunque quizá sea un poco lioso; sólo lo he mirado por encima.
Si quieres comenta luego aquí lo que te van diciendo en el caso de que creas necesitar ayuda. A veces los de la SGAE dan información muy estándar.
¡Por cierto, supongo que te dirán que registres la obra cuanto antes! Al respecto de qué es registrar en SGAE y qué no es, he escrito en un montón de hilos en Hispasonic.