Si en un mes no vas a facturar más del salario mínimo interprofesional (este año es 648,60€ al mes) no tienes obligación de darte de alta en autónomos. Solamente tienes que darte de alta en el Impuesto sobre actividades economicas (IAE), solicitando el modelo 037 en la oficia de hacienda (es un documento simplificado que te da de alta en el IAE). Una vez lo hayas rellenado ya podrás facturar, aplicándo IVA y IRPF correspondientes en cada factura.
De todos modos, cuando vayas a hacienda a solicitar el documento, explicales tu caso particular, ellos te asesorarán mejor.
"que sucede sino ingreso lo suficiente como para cubrir ese gasto, no tendría sentido ser autónomo."
Eso es,ingreses o no ingreses,tendras que pagar si te das de alta como autonomo.
#2
Yo llevo muchos años como autonomo,y esto que comentas lo he oido muchas veces.Pero lo que no me queda claro es una cosa...la ley dice que si trabajas tienes que estar dado de alta en la seguridad social,eso es asi.Segun lo que comentas,y no niego que sea asi,es una pregunta,¿podrias tirare años facturando por debajo del minimo sin estar dado de alta en la seguridad social?.Tengo mis dudas.No se si esto se refiere a gente que ya este dada de alta con contrato en un trabajo y quiera facturar pequeñas cantidades a parte de su trabajo habitual.
O no se si te refieres a algo que uno esta seguro de que va a ser esporadico.
Otro problema es saber lo que vas a facturar en un mes,a veces no es posible...si te pasas del limite....problemas,y estos de la SS no perdonan,te lo aseguro.Hay que mirarlo bien.Si te pillan no hay piedad.
Por eso, lo mejor es que se informe bien a través de las personas de la administración que para eso están (no unos humildes foreros como nosotros). Además, cada año cambian cosas.
Yo en su momento fuí a hacienda a solicitar el modelo, y expliqué mi caso (un funcionario que me atendió muy bien y me dió buenas explicaciones, tuve suerte en mi primera visita a la institución). Pregunté si realmente no estaba obligado a ser autónomo y me dijeron que en principio sí podia hacerlo, pero que esto tenia que preguntarlo en Tesoreria, fuí a tesoreria y allí me lo confirmaron.
Sí, estamos hablando de trabajos esporádicos y sí, hay que llevar las cuentas para no pasarse del tope. Lo que no se puede permitir uno es pagar 50€ al mes (en el mejor de los casos) cuando no llegas a ingresar ni 100€. En el momento que aumente el caudal de facturación, que haga el alta en autónomos.
Eso sí, ir a informarse de esas cosas requiere dedicarle una mañana entera hasta que te toque el turno. Paciencia.
Hola gracias por responder, iré a que me expliquen como va el tema porque es un cristo de narices, la cosa es que lo mismo cobro algo como no cobro nada al mes o lo mismo me compra una composición coca-cola (pocas probabilidades de esto) , entonces al no ser fijo es más lío.
Un saludo.