#779 Por eso he escrito que la coincidencia será parcial. El mapa de Europa no puede reflejar todos los atributos de lo que es Europa, ni lo pretende. Pero para aquellos aspectos que sí pretende representar sí podemos valorar si es "verdadero" o no. Y si no... ¡a la hoguera con los mapas! ¡a la hoguera con la ciencia! Será un gran avance hacia la verdad.
#786 Además la ley (la pena de muerte revisable esa) no estaba en vigor cuando cometió los delitos anteriores, no sé si hubiera gozado de libertad como para haber cometido los otros delitos como este último pero probablemente no ya que por lo menos había un asesinato atroz antes (la de la mujer mayor) y seguramente se le habría aplicado.
No estoy a favor ni en contra de la ley, tendría que estudiar el caso, la ley, solo lo digo para ilustrar porque políticamente se está utilizando el caso para justificar la ley y por otro lado para demostrar su ineficacia, claro que es ineficaz en este caso, no estaba vigente.
En relación a la presunción de inocencia y la livg es correcta tu apreciación, lo que hay es detención preventiva (hasta 72 horas en nuestro OJ)no desestimación de la presunción de inocencia, para que la presunción de inocencia no sea considerada debe haber una condena, por lo tanto una sentencia y un juicio, pero cerca del 70/80% de las denuncias son desestimadas, unas 100.000/120.000 al año de las 150.000 denuncias anuales aprox. para obtener las mismas condenas más o menos que antes de la entrada en vigor de la livg, o sea pa ná. Esto no quiere decir que todas esas desestimaciones sean falsas pero no hay ningún delito ni lo ha habido con esas cifras de desestimación en primera estancia (y en juzgados “especializados” corroboradas/ratificadas después finalmente en las audiencias provinciales). Es evidente que aquí pasa algo raro que muchos no quieren considerar aun siendo un fracaso objetivo para la labor que supuestamente estaba encomendada la livg, reducir el maltrato y los asesinatos de las mujeres, que siguen más o menos igual que antes de la entrada en vigor de la ley, y que encima han ocasionado un problema serio para las libertades individuales y un obstáculo para la legitimidad de la institución de la justicia, de su autoridad y de su funcionalidad. Por muy constitucional que diga el constitucional es un despropósito jurídico, como las reformas laborales, la ley mordaza etc etc etc también ratificadas por este tribunal (político), y un fracaso social.
La estigmatización que se hace a esos hombres, cerca de 1.500.000 en 15 años desde la entrada en vigor de la livg no puede ser reparada, esposados delante de sus hijos, de sus compañeros de trabajo, etc, sin más prueba que la palabra de una de las partes implicadas en el conflicto.
Es de chiste.
Disculpen si alguna apreciación no es objetiva, lo he escrito deprisa, no tengo intención de molestar o enturbiar el debate, si alguien cree que me equivoco en algo, en los datos a granel o lo que sea le agradecería que me lo dijera y más tarde con más tiempo lo analizo y respondo.
Gracias.
#786 #787 No, para ir a la cárcel no hace falta sentencia. Puedes estar tres años en prisión preventiva a la espera de juicio. De nada.
#790
Muchas gracias.
No me refería a la prisión preventiva, de hecho creo que ni la he mentado, me refería a la detención preventiva. Creo que son 72 horas.
Detención preventiva
“La detención preventiva es una medida cautelar de carácter personal que afecta el derecho de libertad personal durante un breve periodo de tiempo. Es la retención que puede efectuar la policía en sus instalaciones antes de la puesta a disposición del detenido ante un juez. El detenido no se halla en este caso preso.”
Muchas gracias y si ves alguna imprecisión más o lo que sea te agradecería que me lo dijeras, de verdad, no quisiera dar por bueno un error, solo quiero aprender.
#792
Ok vale.
Dije “la pena de muerte revisable esa”…
Era una broma tonta, claro que hay bastante distancia, como que la pena de muerte revisable es difícil de revisar y de aplicar, a ver como desentierras a un pobre que lleva diez años enterrado, lo resucitas y le devuelves a la vida para condenarle otra vez, otro pelotón de fusilamiento y a enterrarle otra vez hasta nueva revisión, sería un sin vivir.
No me digas que existe la pena de muerte revisable aunque sea con otra terminología.
¿es una pena de muerte con revisión hasta la ejecución?, ¿dónde?.
Gracias de nuevo.
#793 En Estados Unidos se puede indultar a un condenado a muerte y conmutar la pena por cadena perpetua, o tratar de recurrir la sentencia. Tras ejecutar una pena de muerte, se puede revisar un caso para probar que se cometieron errores procesales, irresponsabilidades, negligencias, corrupción e incluso se puede declarar la inocencia del condenado aunque se le haya ejecutado.