...yo lo sigo viendo algo "difuso" a la hora de aplicarlo y a ver de qué manera....pero creo que son buenas noticias.
...a nosotros nos afecta porque si el empresario y los clientes pagan menos impuestos, beneficia las contrataciones de djs en ciertos locales donde antes no se hacía por considerar hacienda "actuación" y el tributo (al día de hoy) es del 21%. Al ser en estos casos del 10%, un restaurante podría seguir teniendo la misma tributación sin elevarla al 21% y una discoteca al bajar el IVA al 10% siempre tiene más margen para ajustar sus precios y promocionar más la sala con el consiguiente beneficio para todos. (Aunque a ver ahora cómo se aplica....que esa es otra).
...aquí el enlace de la noticia de hoy:
http://economia.elpais.com/economia/2017/06/06/actualidad/1496768289_696601.html
...y aquí el enlace del anuncio en Abril del Gobierno:
http://economia.elpais.com/economia/2017/04/04/actualidad/1491330504_841907.html
...ahora, hay que considerar "actuación en directo" la del dj que pinche en una sala, restaurante o cualquier otro local hostelero, para beneficiarse de dicha reducción....tal como anuncia esa nueva ley...y con particularidades como son "entradas con consumición"...y otros "detalles" recogidos en la ley.