#15 aaaajajajajja
IRPF 2013
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Me ha llegado una consulta a mi bandeja de privados. La publico aquí con el permiso del compañero que me escribió. No diré quién es, si quiere, que lo diga él mismo.
Mi respuesta:
Gracias por darme la autorización para postearlo aquí.
Saludos.
Alguien escribió:Tengo una duda a ver si me la puedes resolver, verás: En la casa en a que estoy de inquilino desde hace 4 meses pago 900€ x mes de alquiler; y el otro día me llamó el casero diciéndome que no lo declarase por que él sigue teniendo la vivienda como vivienda habitual (creo que está pagando hasta hipoteca y todo) y se podía buscar un lío. ¿Tu serías capaz de decirme que cantidad me devolvería hacienda si yo declarase los 3600€ correspondientes a esos 4 meses contando con la deducción autonómica también
Mi respuesta:
Alguien escribió:
Hola, pues no te se decir un resultado porque el resultado final es una serie de operaciones que implican múltiples factores. Uno de ellos, y el más importante, o de los más importantes es la cantidad que te han retenido. Si no tienes retenciones, te devuelven 0 o incluso te sale a pagar, todo "depende de".
Por otro lado, las deducciones aplicables a la renta de 2013 son aquellas que hayas hecho en 2013. Si en diciembre de 2013 empezaste a vivir en esa casa, y pagaste X dinero por ese mes (o esos días), sólo tendrías derecho a esa cantidad, pero los otros tres meses restantes no. Esos meses entrarían en el próximo año.
Gracias por darme la autorización para postearlo aquí.
Saludos.
A partir de mañana, 8 de abril, se habilita la descarga del programa PADRE, para todos aquellos que no puedan ejecutar sus rentas mediante borrador. Mañana pongo el enlace de descarga.
Mi recomendación antes de presentar una renta hecha con ese programa, es esperar hasta bien entrada en la campaña, porque suelen introducir actualizaciones, que si bien suelen estar relacionadas con el funcionamiento del programa, a veces son de carácter fiscal y cambian por tanto el resultado.
Pero para hacerse una idea de por donde irán los tiros la declaración es interesante descargarlo ya mismo.
Mi recomendación antes de presentar una renta hecha con ese programa, es esperar hasta bien entrada en la campaña, porque suelen introducir actualizaciones, que si bien suelen estar relacionadas con el funcionamiento del programa, a veces son de carácter fiscal y cambian por tanto el resultado.
Pero para hacerse una idea de por donde irán los tiros la declaración es interesante descargarlo ya mismo.
#19
Hola, gracias, es la única oportunidad del año que tengo para contribuir en algo serio.
No, es deducción no es nueva y sí, puedes deducirlo este año, de hecho siempre ha estado junto con la hipoteca. También puedes reclamar esa deducción remontándote 4 años atrás. Recuerda hacienda también puede reclamarte a ti hasta 4 años.
También puedes deducir el seguro de vida que muchos bancos piden con la hipoteca. Si lo tienes, no dudes en ponerlo.
¿Cómpensa pedir los años anteriores? Todo depende de si tenías retenciones suficientes para que surja efecto la deducción, y sobre todo, tus ganas de papeleo. Piensa que esa cantidad supone unos 30-40 Eur más a tu favor. A veces supone la diferencia entre pagar y devolver.
Un saludo.
Hola, gracias, es la única oportunidad del año que tengo para contribuir en algo serio.
No, es deducción no es nueva y sí, puedes deducirlo este año, de hecho siempre ha estado junto con la hipoteca. También puedes reclamar esa deducción remontándote 4 años atrás. Recuerda hacienda también puede reclamarte a ti hasta 4 años.
También puedes deducir el seguro de vida que muchos bancos piden con la hipoteca. Si lo tienes, no dudes en ponerlo.
¿Cómpensa pedir los años anteriores? Todo depende de si tenías retenciones suficientes para que surja efecto la deducción, y sobre todo, tus ganas de papeleo. Piensa que esa cantidad supone unos 30-40 Eur más a tu favor. A veces supone la diferencia entre pagar y devolver.
Un saludo.
Bueno, pues tal y como os decía ayer, hoy han habilitado la descarga del Programa PADRE. Podéis descargarlo desde aquí.
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/renta2013/padre.shtml
Recordad que las presentaciones telemáticas con resultado a pagar, para el modo, domiciliación en cuenta, sólo están disponible hasta el día 24 de Junio. De lo contrario, al banco.
Saludos.
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/renta2013/padre.shtml
Recordad que las presentaciones telemáticas con resultado a pagar, para el modo, domiciliación en cuenta, sólo están disponible hasta el día 24 de Junio. De lo contrario, al banco.
Saludos.
#22
Hola. A ver, en el primer espacio de la izquierda, el grande, tienes que poner el número que está a la izquierda de la coma, y en el chiquitito, los dos números que hay después de la coma.
Además, acuérdate de poner tu dni y tu primer apellido. No debería darte problemas. Si aún así tienes problemas, haz como el año pasado, me mandas los datos y te lo miro desde aquí. ¿De acuerdo?
Hola. A ver, en el primer espacio de la izquierda, el grande, tienes que poner el número que está a la izquierda de la coma, y en el chiquitito, los dos números que hay después de la coma.
Además, acuérdate de poner tu dni y tu primer apellido. No debería darte problemas. Si aún así tienes problemas, haz como el año pasado, me mandas los datos y te lo miro desde aquí. ¿De acuerdo?
Born® escribió:Nunca me aprobecho de la buena fe de nadie,se que me lo dices en serio. Lo he echo asi y me da error,mañana lo intentare otra vez. Gracias born.Hola. A ver, en el primer espacio de la izquierda, el grande, tienes que poner el número que está a la izquierda de la coma, y en el chiquitito, los dos números que hay después de la coma.
SE VAN A ENTERAR ESAS PUTAS LASTAS QUIEN ES TORRENTE !!
Otro aplauso para Born, que cada año está aquí dispuesto a iluminar a los profanos (como yo) en todo el tema fiscal y tributario.
Respecto a la duda que nos has trasladado a la Moderación, de momento se me ocurre que me vayas pasando por privado lo que quieras incluir en ese mensaje "reservado" y yo lo actualizo. Así lo hemos hecho en otras ocasiones similares.
Respecto a la duda que nos has trasladado a la Moderación, de momento se me ocurre que me vayas pasando por privado lo que quieras incluir en ese mensaje "reservado" y yo lo actualizo. Así lo hemos hecho en otras ocasiones similares.
#28
Gracias por tus palabras y por ayudarme a editar. A ver si mañana tengo algo de tiempo y redacto algo, que hoy ya no puedo más. Salí a las 8 de casa y llegué hace escasamente una hora. Reventado no, lo siguiente.
Si necesitas algo, ya sabes, pregunta, sin miedo. Puedes/podéis preguntar aquí cuestiones generales, y si queréis algo más personal, con datos y tal, pues por privado.
Una cosa, siempre borro los datos de lo que me mandan por email. Lo digo por si a alguien le preocupa ese tema.
Sí sí, arrégalo, jajajajaja
Sí, ya te digo, lo del seguro de vida y hogar los puedes deducir. Creo que hablé en este hilo algo; de todas formas en las actualizaciones que tengo pendientes, y que zoolansky se ha ofrecido a publicarme, hablaré de ello. Recuerda que puedes modificar rentas hasta 4 años atrás (hacienda también puede reclamarte cosas de años anteriores, ok?). La diferencia no suele ser más allá de 30-60 Eur (depende de la cuantía del seguro), pero oye, como digo siempre, son TUS 30-60 Eur, ¿no?
Ya me contarás que tal-
Gracias por tus palabras y por ayudarme a editar. A ver si mañana tengo algo de tiempo y redacto algo, que hoy ya no puedo más. Salí a las 8 de casa y llegué hace escasamente una hora. Reventado no, lo siguiente.
Si necesitas algo, ya sabes, pregunta, sin miedo. Puedes/podéis preguntar aquí cuestiones generales, y si queréis algo más personal, con datos y tal, pues por privado.
Una cosa, siempre borro los datos de lo que me mandan por email. Lo digo por si a alguien le preocupa ese tema.
kiket escribió:Gracias por retrasado Born (no que seas retrasado, sino que te leo en días retrasados... )
Sí sí, arrégalo, jajajajaja
kiket escribió:
Lo miraré lo del seguro, porque nunca me lo he deducido, y lo tengo desde 2011. A ver si puedo bajar un poco el leñazo que me meten por las ayudas de vpo...
Sí, ya te digo, lo del seguro de vida y hogar los puedes deducir. Creo que hablé en este hilo algo; de todas formas en las actualizaciones que tengo pendientes, y que zoolansky se ha ofrecido a publicarme, hablaré de ello. Recuerda que puedes modificar rentas hasta 4 años atrás (hacienda también puede reclamarte cosas de años anteriores, ok?). La diferencia no suele ser más allá de 30-60 Eur (depende de la cuantía del seguro), pero oye, como digo siempre, son TUS 30-60 Eur, ¿no?
Ya me contarás que tal-
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