no sabía muy bien donde situar este post, así que lo coloco aquí, si no está en el lugar correcto, que me lo muevan .
Tengo una pequeña y quiza absurda duda que me trae un poco de cabeza y es la siguiente:
este verano tengo que hacer unos cuantos trabajos de DJ Movil en varios pueblos de España. He tenido trabajos similares en alguna ocasion, pero ha sido algo puntual y no he profundizado mucho en el tema del pago de impuestos. Pero para esta ocasión, puesto que son bastantes bolos, no me apetece toparme con algún inspector de la SGAE que me multe por utilizar sin permiso la propiedad de otros. Mi duda surge a la hora de tener que pagar dicho impuesto, porque unas personas me comentan que esa tasa debe de pagarla en este caso el pueblo o pueblos encargados de organizar cada uno de los eventos programados; en cambio otros me dicen que ese impuesto debo de pagarlo yo en cada uno de los ayuntamientos de las diferentes localidades a la que acuda. Tengo que elaborar los presupuetos para cada localidad y necesito saber si hace falta incluir esa tasa junto a las demás. Sinceramente y ya que es la primera vez que me enfrento a esto, estoy muy liado, espero que alguien pueda arrojar algo de luz sobre este asunto y aclararmelo todo un poco.
Un saludo a todos.