SGAE o DAMA (Músicos en el cine)
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Hola Sergio.
Parece que Dama gestiona los derechos de propiedad intelectual en audiovisuales de autores, guionistas, actores, realizadores, productores..........
En cambio sgae gestiona los derechos de compositores, que es lo que nos interesa a los que hacemos música.
Yo empezaría por hacerme socio de sgae, registrar tu composición en sgae y no estaría mal en el registro de la propiedad intelectual.
A partir de ahí se supone que cada vez que alguna entidad o particular se beneficie de tu obra y tenga contrato con la sgae, digamos: Cadenas de televisión, teatros, audiotorios, cines, radios, webs.......... debes recibir el royalty que genere tu música.
En la mayoría de ocasiones quién vela por la correcta gestión de tus royalty son las editoras a cambio de un porcentaje de tus derechos de autor.
También lo puedes hacer tu mismo, una misión complicada pero no imposible.
Espero que te sirva de ayuda.
http://www.creacionmusical.com
Parece que Dama gestiona los derechos de propiedad intelectual en audiovisuales de autores, guionistas, actores, realizadores, productores..........
En cambio sgae gestiona los derechos de compositores, que es lo que nos interesa a los que hacemos música.
Yo empezaría por hacerme socio de sgae, registrar tu composición en sgae y no estaría mal en el registro de la propiedad intelectual.
A partir de ahí se supone que cada vez que alguna entidad o particular se beneficie de tu obra y tenga contrato con la sgae, digamos: Cadenas de televisión, teatros, audiotorios, cines, radios, webs.......... debes recibir el royalty que genere tu música.
En la mayoría de ocasiones quién vela por la correcta gestión de tus royalty son las editoras a cambio de un porcentaje de tus derechos de autor.
También lo puedes hacer tu mismo, una misión complicada pero no imposible.
Espero que te sirva de ayuda.
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Hola compañero.. Bueno antes de nada pedirte mil disculpas por no haberte dado las gracias antes, lo siento.
Muchas gracias por la información, había oído algo similar pero sin tanto detalle así que te agradezco tu tiempo.. Lo que tengo que mirar a fondo es lo que comentas de la gestión de royalties a través de alguna editora, me parece interesante.
Lo dicho, muchas gracias por tu información y disculpa... Un saludo
Muchas gracias por la información, había oído algo similar pero sin tanto detalle así que te agradezco tu tiempo.. Lo que tengo que mirar a fondo es lo que comentas de la gestión de royalties a través de alguna editora, me parece interesante.
Lo dicho, muchas gracias por tu información y disculpa... Un saludo
Disculpas aceptadas aunque tampoco hacía falta.
Yo en tu lugar, si tienes tu repertorio controlado, intentaría autogestionarme los rollalty con la sgae haciéndome socio y registrando las obras.
Bueno.... y también reclamando hasta que te paguen, en caso de que tu obra genere rollalty. De esa manera te corresponde el 100% de tus derechos.
Si lo haces a través de alguna editora, esta te va a pedir de entrada el 50% de tus derechos de autor a cambio de gestionar y velar por el cobro de tus derechos de autor.
En cualquier caso mucha suerte.
http://www.creacionmusical.com
Yo en tu lugar, si tienes tu repertorio controlado, intentaría autogestionarme los rollalty con la sgae haciéndome socio y registrando las obras.
Bueno.... y también reclamando hasta que te paguen, en caso de que tu obra genere rollalty. De esa manera te corresponde el 100% de tus derechos.
Si lo haces a través de alguna editora, esta te va a pedir de entrada el 50% de tus derechos de autor a cambio de gestionar y velar por el cobro de tus derechos de autor.
En cualquier caso mucha suerte.
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Vaya con las editoras... me parece que intentaré gestionarlo por mí mismo.. Supongo que me haré socio de la SGAE para poder ver un duro de mi trabajo, Pero eso de tener que andar reclamándoles ya me huele a dejadez total por su parte. Por cierto, yo siempre registro mis obras en el registro de la propiedad intelectual, pensaba que esto era más que suficiente para figurar como propietario, ¿acaso precisa algún registro extra por ser socio de la SGAE?. Un saludo y gracias..
El registro de la propiedad es aconsejable aunque con registrarlo solo en la SGAE puede valer.
El registro en la sgae es necesario para que esta controle tu repertorio y pueda pagarte en caso de que tu música genere algún tipo de royalty.
Insisto..........reclamando sin piedad hasta que te paguen. Eso pueden ser años.
También hay otras sociedades de gestión de derechos de autor pero no nos engañemos.
SGAE controla prácticamente todo.
Si tu música suena en TVE o en un auditório, teatro, plaza del pueblo...... o incluso youtube, seguro que el contrato o convenio de gestión de derechos lo tiene la Sgae con la autoridad competente, cobrando sustanciosas cantidades de dinero para repartir entre los autores y compositores que corresponda.
Si no estás registrado como socio y no está registrada tu obra, no habrá reparto para tí.
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El registro en la sgae es necesario para que esta controle tu repertorio y pueda pagarte en caso de que tu música genere algún tipo de royalty.
Insisto..........reclamando sin piedad hasta que te paguen. Eso pueden ser años.
También hay otras sociedades de gestión de derechos de autor pero no nos engañemos.
SGAE controla prácticamente todo.
Si tu música suena en TVE o en un auditório, teatro, plaza del pueblo...... o incluso youtube, seguro que el contrato o convenio de gestión de derechos lo tiene la Sgae con la autoridad competente, cobrando sustanciosas cantidades de dinero para repartir entre los autores y compositores que corresponda.
Si no estás registrado como socio y no está registrada tu obra, no habrá reparto para tí.
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