Loormelotte escribió:
Yo lo hago . . .
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Pues debes ser el unico...
undercore escribió:
pues no veo la dificultad...el del kill bill es solo una nota...lo demás son efectos percusivos que no se ponen en la partitura
A no ser que lo hagas como dice Undercore... pero entonces? se puede registrar una nota?
puedo entonces denunciarte por usar la misma nota que yo?
Por que si eliminas de la partitura lo que hace al tema unico (en estos casos, la percusión y sus efectos, mayormente) ¿que te queda?
Vamos que basicamente no podeis hacer la partitura por que nadie podria reproducirla al leerla.... y por tanto es tan absurdo hacerla como que te la pidan.... ya que una misma partitura podria servir para muchos temas.....
En cuanto al señor que no desautoriza a nadie.... toni.... permanentemente usas un lenguaje claramente peyorativo siempre por sistema cuando se trata de estos temas y no te bailan el agua.... bien aleccionado por Tedy and company.... sin duda.... ya que decir que los que usan Safecreative son amateurs es por un lado ridiculo, por otro demagogico, y por otro... la risa padre, mister "pro"...
Sin olvidar tu ridiculisimo ejemplo sobre beber y conducir para rebatir que los argumentos de Safe Creative no se sustentan.... (bravo
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, asi si que se sustentan los argumentos, con patochadas)
Pero como parece que no te quieres enterar (como decia Concha Velasco)... te voy a explicar lo que es un registro y cual es su fin.... el fin principal de un registro es poder demostrar que una obra estaba creada antes que la de un tercero, a efectos de probar la originalidad de la misma, y esto se puede hacer simple y llanamente, pagando a un notario que de fe (fe de esa que tu hablas demagogicamente que hacen en el RPI cuando pagas, como si fuese la unica forma de dar fe de algo)
Por otro lado, en derecho hay una cosita llamada presunción 'iuris tantum'... que viene a decir algo como por ejemplo, que la ley entiende que quien tiene la posesión de un bien se presume que es su propietario, y que si alguien quisiera demostrar que la propiedad le pertenece deberá probarlo (con documentos, testigos, etc.).
Y amigo, una prueba, es una prueba, y no creo que a ti ningún juez te de la razón tras robarme un tema, por muy registrado que lo tengas en el RPI si yo puedo presentar un registro anterior en Safecreative (que sirve como prueba de que mi registro es anterior en el tiempo, que es para lo que sirve un registro y un deposito de tal obra registrada) y un archivo donde esté todo el tema por pistas (del que tu carecerias, ya que soy yo el unico que tiene el archivo donde se creó al ser el autor)
Por que aun que te cueste creerlo, los jueces no son tontos y saben distinguir la verdad... si no, tu podrias ser juez, pero afortunadamente no es asi....
Y si quieres hablamos del articulo que habla sobre los documentos privados... que de probarse que son reales (y eso se hace no pudiendo demostrar tu que no lo son) tendrian validez como si fueses un documento publico (en los mismos terminos) y es el juez (repito), el que debe decidir cual es real y cual no.... independientemente de su nombre.... RPI, SGAE, SC, un notario que de fe....
Asi que sigue con tu compaña pro RPI Y SGAE.... pero para mi, hablas sin saber.... diciendo autenticas barrabasadas con malos modos, y no tiene todo hispasonic que guantar tus informes cuando no son correctos.... y sobre todo, cuando lo haces desautorizando a los demás.... por que yo no soy abogado.... pero intento leer y enterarme de las cosas....
(y si hay algún abogado en la sala, y esto que digo no es correcto, encantado estaré de que me corrija... siempre y cuando si sepa de lo que habla jejejeje)
Zoolansky, esto pasa por que algunos se dedican a repetir lo que oyen sin molestarse en entenderlo... sin más....
saludos