Muy buena pregunta, ahora me encuentro yo con el dilema, y he contactado con la SGAE (arghhhhh!!!!

) para que me digan:
Alguien escribió:
Soy dj de vinilos alemanes y extranjeros, he de solicitar autorizacion para los siguientes casos?:
a) poner musica en un pub que me contrata
b) poner musica en evento deportivo sin animo de lucro
a ver como esta la cosa, ya que no me aclaro con el tema....
he leido art.18;20;31bis; de Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril.
http://www.mcu.es/propiedadInt/docs/RDL ... 1_1996.pdf
y CÓDIGO PENAL con respecto a la Propiedad intelectual
Texto redactado conforme a la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. (BOE 26 noviembre 2003).
http://www.mcu.es/propiedadInt/docs/tex_codpenal.pdf
en el que dice:
Alguien escribió:
Sección 1ª
De los delitos relativos a la propiedad intelectual.
Artículo 270.-
1. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de
12 a 14 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero,
reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte,
una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o
ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través
de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes
derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.
..por lo que entiendo que el punto b) de mi consulta queda contestado no??, al ser sin animo de lucro...

..o existirá sanción administrativa??
a ver que sacamos en conclusion..