#17
A ver,como dije antes:
Manubaixo escribió:
El sistema funciona mediante cooperativas de músicos. El músico se hace cooperativista y a efectos de contratación aparece como contratado por la cooperativa. Esto lo bueno que tiene es que el músico se desentiende de todos los trámites administrativos, laborales y fiscales; y que sigue manteniendo la consideración de músico por cuenta ajena, por lo que no tiene responsabilidad en esas cuestiones relacionadas con la contratación. Además, sólo percibe pagos de un contratador, lo cual está muy bien.
Tienes dos cooperativas para poder trabajar según te interese: Una para que te den de alta el día del bolo y de baja al día siguiente; y otra en la que eres autónomo dentro de la propia cooperativa (para cuando tengas unos ingresos mensuales importantes). Además puedes cambiarte de cooperativa el mes que te interese (en verano, si tocas más, podrías cambiarte a la de autónomos y volver a la otra al acabar la temporada estival).
Lo de pagar autónomos es si te compensa por el volumen de facturación que tengas mensualmente.
Realmente, la cooperativa funciona como una gestoría especializada en músicos...no es una productora ni agencia de management ni cosas de esas.
En el caso de que tengas volumen para ser autónomo, la cooperativa no ofrece más que ventajas:
Por un lado no tienes que hacer declaraciones trimestrales de ningún tipo, se encargan ellos; con lo que la inscripción queda más que amortizada con lo que te ibas a gastar en gestorías para esos menesteres. Mantienes la consideración de "trabajador por cuenta ajena" con lo que no tienes ninguna responsabilidad por cuestiones laborales o fiscales. Además, puedes recuperar los IVAs generados en tus actuaciones presentando facturas de compra a nombre de la cooperativa de todo lo relacionado con la actividad musical (instrumentos, recambios y reparaciones de estos, ropa, material informático...).
Ten en cuenta que en la factura van incluídos automáticamente el quilometraje y las dietas, y que, si es posible, puedes cotizar días anteriores al bolo como días de ensayo cotizados siempre que sea más beneficioso para ti (baja la base imponible sobre la que se calculan el resto de cargas fiscales).
Lo principal es que, según el volumen que vayas a facturar, elijas o te ayuden a elegir correctamente la cooperativa en la que te conviene estar; aunque puedas cambiar el mes que lo estimes oportuno.
En resumen, el tema de las cooperativas está muy bien para olvidarte de trámites administrativos, visitas a Hacienda, cobro de bolos...y siempre estarás cubierto en tus actuaciones y facturando amparado en todos los derechos legalmente establecidos (alta en la S.S., retención del IRPF).
Saludos,