El que no tienen algunos, quiero decir.

DjXenivaX @ 26 Oct 2006 - 01:48 AM escribió:
si yo hago una versión de un tema , pero esta versión cambiara muy muy poco, digamos una nota por ejemplo, podría registrarla en la rpi o sgae, y otra... si utilizo la secuencia ármonica de un tema para crear otro a partir de él, sería plagio?
Gracias de antemano
johnmkeane @ 24 Oct 2006 - 10:04 PM escribió:Carlosrubio @ 21 Oct 2006 - 03:13 PM escribió:Yo es que no lo entiendo, este hombre esforzandose en escribir lo que a EL le parece el procedimiento correcto para registrar tus obras, y encima que si caca nene y mierdas pinchadas en palos..es increible.
Carlosrubio si lo tuyo es un exceso de sensibilidad hacia los improperios, apiádate de Pedro Miras, un profesional como la copa de un pino a quien el ciclotímico le ha faltao de la manera más grosera. Lo que pasa es que él es un señor y simplemente le ignora.
ah, y espero no haber hecho llorar desconsoladamente a nadie, ofendido por tan crudas y desgarradoras palabras
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wenfy @ 26 Oct 2006 - 11:39 AM escribió:1.- A eso se le llama plagio, para hacerlo "legalmente", tendrías que cambiar una nota cada 6 compases, creo.
[3:33] @ 26 Oct 2006 - 04:21 PM escribió:Hola, quiero añadir una cosa que considero importante. Voy a lo Práctico!
Para el registro de determinadas obras musicales, como es el caso de la electrónica, no es necesario registrar con partituras. En el RPI es posible registrar presentando la música en formato CD, sin partituras. Esto es posible porque hoy en día con la electrónica puede ser importante no solo la melodía, sino el tipo o textura del sonido.....ruidos etc.....
Esto es posible, se entrega el CD con determinados requisitos,
DjXenivaX @ 26 Oct 2006 - 01:48 AM escribió:si yo hago una versión de un tema , pero esta versión cambiara muy muy poco, digamos una nota por ejemplo, podría registrarla en la rpi o sgae,
DjXenivaX @ 26 Oct 2006 - 01:48 AM escribió:
y otra... si utilizo la secuencia ármonica de un tema para crear otro a partir de él, sería plagio?
Gracias de antemano
undercore @ 26 Oct 2006 - 11:48 AM escribió:cambiando una notacombia un golpe de charles y ya ta
lo que no se si las remexclas pueden ser registradas aunque no tengas la autorizacionpara hacer dicha remezcla
zoolansky @ 26 Oct 2006 - 04:27 PM escribió:wenfy @ 26 Oct 2006 - 11:39 AM escribió:1.- A eso se le llama plagio, para hacerlo "legalmente", tendrías que cambiar una nota cada 6 compases, creo.
Hay una leyenda sobre eso de los 4 compases o 6 compases para considerar algo plagio. En realidad, y según sé de fuentes bien informadas, no existe un standard y la decisión final corresponde al juez. Los juristas podrán corroborar esto.
Alguien escribió:
Connotacion importante 2; si el registrante que revisa las partituras y soportes considera que la musica SI se puede escribir en partitura te indicara que aportes la partitura
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