Parte legal de una mezcla

Charsd
#1 por Charsd el 06/03/2019
hola
Voy a entregar la mezcla de una canción a una banda, yo realice la grabación, la edición y la mezcla, pero esta va a ser masterizada en otro lugar.
la pregunta es: ¿existe una forma legal de entregar el producto (mezcla) a la banda?, algún contrato u otro tipo de documento que especifique mi trabajo terminado como ingeniero de mezcla?.
tengo entendido que en el master cada audio se entrega con un codigo ISRC.
la mezcla debe llevar algún código?

gracias. quedo atento a cualquier comentario
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Australia mod
#2 por Australia el 06/03/2019
Hola.
Cada canción grabada tiene su ISRC. El código ISRC se usa porque la grabación de una obra musical es una actividad que genera derechos de propiedad intelectual: los del productor fonográfico. Para la LPI, se considera grabación a lo que se vaya a usar para poder hacer copias de una obra dada. Si el productor, que desde el punto de vista de la LPI es quien asume la responsabilidad de una grabación (normalmente quien pone la pasta para pagar las horas de estudio, los músicos de estudio y a los distintos ingenieros como tú), decide que va a hacer las copias desde la mezcla, y que eso va a ser directamente el "master" del que se hagan las copias, pues a esas mezclas se le considerará las grabaciones de las canciones y, si quiere proteger sus derechos como productor, pedirá que lleven sus ISRC.
Como lo normal es que haya masterización para generar un "master", valga la redundancia, los ISRC se colocan asociados a las canciones una vez masterizadas. Y todo lo anterior se consideran pasos anteriores que no tienen por qué identificarse de ninguna forma.
Tú, en principio, tendrás que entregar tus mezclas como hayáis acordado, sin más historias. Si es por tener más seguridad de poder demostrar que has hecho tu trabajo, pues te haces un "recibí", especificando qué les estás entregando y que te lo firme quien sea, en representación del grupo, cuando les pases los ficheros, si lo haces en un soporte físico. Si es todo telemático, pues intenta que te lo firmen viendo en tu estudio que en ese enlace están las mezclas y/o que cuando hayan descargado los ficheros te manden algún correo-e confirmando que lo han podido hacer sin problemas.
Todo lo anterior porque supongo que no estás entregando contra pago de una factura que emitas.
Lo del contrato debería haber sido al inicio de vuestra relación comercial. Podría ser ahora, pero a estas alturas no se va a entender que lo pretendas.
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DAG
#3 por DAG el 09/03/2019
Aunque pongas los codigos ISRC, te los pueden cambiar.
Lo más lógico es hacer documentos especificando el trabajo hecho y que estén firmados por ambas psrtes.
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blkr
#4 por blkr el 09/03/2019
#2 Qué significa LPI?
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blkr
#5 por blkr el 09/03/2019
Vale, supongo que es ley de propiedad intelectual.
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El palanganero del bobo Baneado
#6 por El palanganero del bobo el 10/03/2019
Australia escribió:
Todo lo anterior porque supongo que no estás entregando contra pago de una factura

Lo cual sería un acto ilegal de intrusismo profesional y competencia desleal que cualquiera podría y debería denunciar, incluso el cliente, si tiene un recibo o cualquier justificación de ese pago.
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