Plagio en Musica Minimal o Electro

White
#1 por White el 12/08/2016
Hola colegas, ultimamente he estado haciendo musica techno o electro, de esa que es simple pero me encanta.

Y escuche una cancion que me parecio muy parecida a uno de mis proyectos, a pesar de que esa canion NUNCA LA HABIA ESCUCHADO, supongo que es uno de los problemas de hacer musica con una bassline simple o con pocas notas.
Como saben para tener un plagio se necesitan un total de 8 notas pero lo que no se, es si por ejemplo mi bassline solo tiene 5 o 6 notas, y suena igual a otra cancion, me pueden acusar de plagio?

Algun experto en el tema que me pueda auydar..?

En fin les dejo la cancion que esta igual a la mia (En notas porque la mia suena mucho mas "oscura" y distorsionada)


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Fran Herráiz
#2 por Fran Herráiz el 12/08/2016
¿Y dónde está el otro tema?
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White
#3 por White el 12/08/2016
#2 Todavia no lo acabo :(
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Dogbert
#4 por Dogbert el 12/08/2016
Y entonces tenemos que imaginarnos tu canción para poder compararla con la otra?
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1
White
#5 por White el 13/08/2016
#4 No estoy pidiendo opinion de las 2 canciones estoy pidiendo la opinion sobre lo que seria legalmente un plagio
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Australia mod
#6 por Australia el 13/08/2016
White escribió:
Como saben para tener un plagio se necesitan un total de 8 notas

Eso no es verdad, es una leyenda falsa muy similar a la de se necesitan Y segundos o Z compases, que, en todos los casos, es mentira. No hay ninguna ley de propiedad intelectual en el mundo que diga algo semejante. Y no hay jurisprudencia al respecto. No he leído ninguna sentencia que diga que un posible plagio "cuela" porque son sólo X notas, Y segundos o Z compases.
Si 4 notas de tu tema recuerdan suficientemente a 4 notas características de otro tema, estás cometiendo plagio (aunque fuera involuntariamente cuando compusiste tu tema). Resalto lo de características. Piensa que si haces mi-re-do-si en negras habrá 7 millones de temas que tengan algún fragmento así. Eso no les caracteriza. No hay plagio. Pero ahora piensa en las 5 primeras notas del "Another one bites the dust". Basta con oír esas 5 notas (con su ritmo adecuado, por supuesto) para recordar ese tema ¿no? Pues entonces eso podría considerarse plagio, los o el dueño de los derechos de propiedad intelectual de ese tema podría(n) demandarte y puede ser que perdieras el juicio.
Que lo sea o no depende de si te demandan y si pierdes la demanda.
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Australia mod
#7 por Australia el 13/08/2016
Presenta el tema a alguien, sin decirle nada. Cuando te de la opinión, le preguntas si le suena a otro. Este tema al que tienes la sospecha de que puedes estar plagiando es muy, muy conocido (lo usaron para un anuncio). Si alguien te dice "me suena conocido", has plagiado sin que fuera tu intención. Corres el peligro de que te demanden y de perder la demanda.
Si además nos lo pones a los hispasónicos, podremos dar nuestra opinión.
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White
#8 por White el 16/08/2016
#6 Vaya muchas gracias por el post, y si tienes razon, si la cancion es muy simple habra 5000 iguales y por tal no me podrian acusar directamente porque es algo facil o generico.

Ahora les pongo un pedazo de la cancion (en primeras etapas) para que me den su opinion, de todas formas tendre que sacarla como descarga gratis o algo por el estilo porque se parecen las notas bastante
Archivos adjuntos ( para descargar)
El problema con hacer simple bass riffs.mp3
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Tabu Playtime
#9 por Tabu Playtime el 16/08/2016
¿¿¿¿ esto es real ?
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Australia mod
#10 por Australia el 16/08/2016
White escribió:
si la cancion es muy simple habra 5000 iguales y por tal no me podrian acusar directamente porque es algo facil o generico

Yo no he querido decir eso, porque lo de simple o complicado no es lo más relevante a la hora de evaluar si hay plagio o no. Así, la melodía que has hecho (que supongo es la que se oye en los primeros 8 segundos del archivo que has adjuntado, y el resto es el tema de "Wonderland") es muy simple...¡y, aún así, estás claramente plagiando!. Lo relevante es siempre si, de algún modo, el fragmento en cuestión es identificativo por sí mismo como parte del tema de otro autor. Y ese fragmento lo es. Por tanto, aunque lo hayas hecho incoscientemente, estás plagiando.
White escribió:
tendre que sacarla como descarga gratis o algo por el estilo porque se parecen las notas bastante

Eso da igual. Es otra leyenda el creer que si uno lo hace sin ánimo de lucro, no se le puede acusar de plagio. El plagio es quitarle al autor o propietario de la obra el derecho que tiene a ser el único que decida cómo y cuando se puede usar (incluendo para versionarla) su obra. Si tú estás usando esa melodía para ponerla como descarga gratis o algo por el estilo, y dado que podemos concluir que esa melodía es un plagio de "Wonderland", le estás robando a su dueño el derecho a decidir si quiere que suene o no un poco diferente (tu versión) y ponerla o no a disposicion pública como descarga gratis o algo por el estilo... Que lo habrás hecho sin intención, pues vale, en el caso de que te demandaran y pudieras demostrarlo (que no ibas a poder, sinceramente, dado que se ha usado para un anuncio que se ha emitido machaconamente, nadie te iba a creer), quizá el juez podría tomarlo en cuenta para reducir la pena...
En resumen, mi consejo es clarísimo: olvídate. Podrías contactar con la SGAE para pedir permiso para hacer una versión, ya que "Wonderland" forma parte del repertorio cuyos derechos de autor gestiona la SGAE. Te lo podrían dar o no, pero está claro que pagando (vayas tú o no a intentar ganar dinero con tu versión). Mejor no empecinarse ](*,) y empezar a componer otros temas ¿no?
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MaaBo
#11 por MaaBo el 16/08/2016
Australia escribió:
Si 4 notas de tu tema recuerdan suficientemente a 4 notas características de otro tema, estás cometiendo plagio (aunque fuera involuntariamente cuando compusiste tu tema).


Eso no lo sabía yo.
Pensaba que plagio es cuando de forma intencionada se copia o reproduce parte de una composición ya existente. Claro que ahora que lo estoy escribiendo pienso en la idiotez que digo porque no habría forma de demostrarlo.
¿En cuantos temas puede encajar (y se han inspirado) parte del famoso canon de Johann Pachelbel?
Siempre he pensado que se puede llegar a soluciones parecidas o incluso idénticas cuando se compone un tema; al oído le resultan atractivas ciertas estructuras bien conocidas y en algún momento o característica del tema se pueden encontrar (ritmo, bajo, linea melódica, acordes, arreglos...).
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Australia mod
#12 por Australia el 16/08/2016
Estamos hablando de delitos contra la propiedad intelectual y, como todos los delitos, no basta con argumentar la falta de intención...Evidentemente, si puede demostrarse, puede tenerse en cuenta e incluso llevar a penas muy distintas (homicidio involuntario frente a asesinato, por ejemplo). Pero en propiedad intelectual es realmente complicado poder demostrar que no se conocía la obra plagiada, aunque sea la verdad. Cuando "las soluciones son parecidas o incluso idénticas cuando se compone un tema" lo más normal es que esos fragmentos no caracterizen ningún tema, y se hayan usado ya desde épocas antiguas y no exista realmente nadie que pueda reclamar la propiedad intelectual de los mismos. Yo ponía de ejemplo una secuencia de negras mi-re-do-si (para el caso daría igual si fueran blancas, corcheas, semicorcheas...). Habrá miles de obras, registradas o no, que la contengan ¿Me puede demandar el dueño de una de estas obras por plagio si uso esa secuencia? Puede, pero si se llega a juicio (que lo dudo), yo tendré muy fácil demostrar que ese fragmento no identifica su obra, que está contenido en otras miles y (aunque creo que no necesitaría más argumentos para mi defensa) que se viene usando desde tiempos inmemoriales en obras para las que ya no existen derechos de autor.
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MaaBo
#13 por MaaBo el 16/08/2016
#12

La verdad es que enseguida captas si un tema tiene similitudes excesivas con otro independientes de las opciones estéticas que cada uno tenga; en definitiva, que es un plagio.
Pero muchas veces he "compuesto" un tema y luego me ha recordado a mil cosas que andaban por ahí en mi cabeza fululando desde pequeño. No ya jurídicamente sino moralmente, desde el punto de vista de un compositor (no yo, que soy un aficionado) a veces es una comedura de coco el hecho de continuar con un tema que te recuerda a otro y que sin embargo, al componerlo, no te había surgido esa similitud (a mi me ha pasado en varias ocasiones; algunas lo he tirado a la basura).
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T
#14 por T el 16/08/2016
¿Y un re-mezclador?, ¿es un choro o un ingénuo?.
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Australia mod
#15 por Australia el 16/08/2016
X/Y/Z escribió:
¿Y un re-mezclador?, ¿es un choro o un ingénuo?.

Un choro es un tipo de delicuente ¿no? En cualquier caso, si el re-mezclador ha contactado con la entidad que gestiona los derechos de PI de los temas remezclados, tal como SGAE en España (o con el dueño de esos derechos, si es que no tiene cedida su gestión a una de esas entidades) y ha logrado el permiso (generalmente a cambio de un pago), pues está haciendo algo legal. Si no, se aplica todo lo que he comentado antes: si la obra original es identificable al escuchar la remezcla, está cometiendo un plagio.
Tened en cuenta que mis comentarios se basan en lo más probable, según mis conocimientos. Pero no hay regla inamovible porque los derechos de PI están particularmente sujetos a interpretación. Así, el tema de las remezclas y si constituyen plagio cuando no hay autorización de los dueños de las obras originales, se ha convertido en particular en problemático porque, aunque siempre hayan existido, la facilidad que hay hoy para generar remezclas y difundirlas es enorme. En los EEUU, creo que a veces se ha considerado que si la remezcla representa una transformación significativa y no tiene un efecto negativo en el mercado potencial de los temas originales, no está infringiendo sus derechos y por tanto entra dentro de la excepción del sistema de copyright llamada "uso aceptable" ("fair use"). Ya os podéis imaginar que lo de transformación significativa es complicado (pero esta complicación la tiene la propia base de la PI, que es la originalidad de la obra protegida). Pero lo de que no tenga un efecto negativo en el mercado potencial del tema original es casi aún más lo que puede impedir legalmente considerar las remezclas como "uso apropiado" de la PI de otros. Aquí tenéis un documento que apenas he ojeado... https://www.ntia.doc.gov/files/ntia/publications/white_paper_remixes-first_sale-statutory_damages_jan_2016.pdf
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