Estoy estudiando la posibilidad de dar clases de batería, con local alquilado (individuales, tipo clases particulares pero sin ir a casa de los alumnos, más como una academia). Tengo entendido que las clases de música o de instrumento están exentas de cobrar el IVA. Sé que debe de ser una asignatura reglada, pero en el caso concreto de la batería no sé si lo está o no. La batería forma parte de la percusión, que entiendo como tal que sí está reglada, pero no sé si incluye ese instrumento. O quizá sí que se encuentre por la vía de estudio de música moderna, no lo sé.
¿Alguien sabe algo de ese asunto? ¿La batería podría formar parte de unos estudios que me permitan no cobrar el IVA? ¿Si no es así quizá debería registrar el negocio como clases de percusión, sin concretar instrumento (técnicamente no estaría mintiendo)? ¿Podría afectar en algo el que se impartan las clases con batería electrónica en lugar de acústica (por el tema de ruido)? Las clases las impartiría en la provincia de Alicante, por si eso pudiera ser importante.
Muchas gracias, ojalá alguien pueda ayudarme =)