#180
Una jueza condena a un hombre a cinco días de arresto domiciliario por escribir por Whatsapp a su pareja la frase “vete a la mierda”
La titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Granada ha condenado a un hombre, M.S.L., a cinco días de arresto domiciliario por escribir por Whatsapp a su pareja la frase “vete a la mierda”. La jueza le imputa un delito leve de injurias/vejaciones en ámbito familiar, previsto y penado en el artículo 173.4 del Código Penal. Ello conlleva una pena de localización permanente en domicilio diferente y alejado de la víctima de cinco días. El fallo también le impone al condenado el pago de las costas procesales de obligatorio devengo en su caso. La sentencia es firme al haber sido dictada con la conformidad de todas las partes.
Los hechos ocurrieron este domingo, cuando la mujer interpuso una denuncia en la Comandancia de la Guardia Civil de Armilla contra su pareja, a la que acusó de diversos delitos. El hombre fue detenido y permaneció en los calabozos desde las once de la mañana hasta que fue trasladado esposado hasta las dependencias judiciales donde, tras prestar declaración, fue puesto en libertad a las seis y media de la tarde.
En la mañana de este lunes, ambos han comparecido en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Granada. Durante el transcurso, el hombre solo reconoció haber enviado por Whatsapp el mensaje “vete a la mierda” a su pareja. Ésta, a su vez, también reconoció ante la jueza haberle contestado “a la mierda te vas tú”, utilizando el escatológico icono que posee la aplicación, que consiste en poner ojos al dibujo del excremento.
Pese a que la vejada había denunciado también otros hechos, la jueza solo ha considerado como probado el mensaje del hombre como constitutivo de delito leve y de ahí que haya dictado sentencia en base al artículo 173.4 del Código Penal, que reza así: “Quien cause injuria o vejación injusta de carácter leve, cuando el ofendido fuera una de las personas a las que se refiere el apartado 2 del artículo 173, será castigado con la pena de localización permanente de cinco a treinta días, siempre en domicilio diferente y alejado del de la víctima, o trabajos en beneficio de la comunidad de cinco a treinta días, o multa de uno a cuatro meses, esta última únicamente en los supuestos en los que concurran las circunstancias expresadas en el apartado 2 del artículo 84.
“Las injurias solamente serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal”.
http://www.granadadigital.es/una-jueza-condena-a-un-hombre-a-cinco-dias-de-arresto-domiciliario-por-escribir-por-whatsapp-a-su-pareja-la-frase-vete-a-la-mierda/
Una jueza condena a un hombre a cinco días de arresto domiciliario por escribir por Whatsapp a su pareja la frase “vete a la mierda”
La titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Granada ha condenado a un hombre, M.S.L., a cinco días de arresto domiciliario por escribir por Whatsapp a su pareja la frase “vete a la mierda”. La jueza le imputa un delito leve de injurias/vejaciones en ámbito familiar, previsto y penado en el artículo 173.4 del Código Penal. Ello conlleva una pena de localización permanente en domicilio diferente y alejado de la víctima de cinco días. El fallo también le impone al condenado el pago de las costas procesales de obligatorio devengo en su caso. La sentencia es firme al haber sido dictada con la conformidad de todas las partes.
Los hechos ocurrieron este domingo, cuando la mujer interpuso una denuncia en la Comandancia de la Guardia Civil de Armilla contra su pareja, a la que acusó de diversos delitos. El hombre fue detenido y permaneció en los calabozos desde las once de la mañana hasta que fue trasladado esposado hasta las dependencias judiciales donde, tras prestar declaración, fue puesto en libertad a las seis y media de la tarde.
En la mañana de este lunes, ambos han comparecido en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 1 de Granada. Durante el transcurso, el hombre solo reconoció haber enviado por Whatsapp el mensaje “vete a la mierda” a su pareja. Ésta, a su vez, también reconoció ante la jueza haberle contestado “a la mierda te vas tú”, utilizando el escatológico icono que posee la aplicación, que consiste en poner ojos al dibujo del excremento.
Pese a que la vejada había denunciado también otros hechos, la jueza solo ha considerado como probado el mensaje del hombre como constitutivo de delito leve y de ahí que haya dictado sentencia en base al artículo 173.4 del Código Penal, que reza así: “Quien cause injuria o vejación injusta de carácter leve, cuando el ofendido fuera una de las personas a las que se refiere el apartado 2 del artículo 173, será castigado con la pena de localización permanente de cinco a treinta días, siempre en domicilio diferente y alejado del de la víctima, o trabajos en beneficio de la comunidad de cinco a treinta días, o multa de uno a cuatro meses, esta última únicamente en los supuestos en los que concurran las circunstancias expresadas en el apartado 2 del artículo 84.
“Las injurias solamente serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal”.
http://www.granadadigital.es/una-jueza-condena-a-un-hombre-a-cinco-dias-de-arresto-domiciliario-por-escribir-por-whatsapp-a-su-pareja-la-frase-vete-a-la-mierda/